Cumplimiento del RTBF a través de apoderados
En los últimos días, se han recibido numerosas consultas acerca de la posibilidad de que las entidades obligadas a cumplir con el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales puedan hacerlo a través de apoderados distintos a sus representantes legales. Esta inquietud surge debido a que tanto el artículo 5 del Reglamento del Registro de Transparencia, contenido en el Decreto Ejecutivo No. 44390-H publicado en marzo de 2024, como el artículo 7 de la Resolución Conjunta de Alcance General No. MH-DGT-RES-0020-2024, emitida el 19 de septiembre, establecen que, en casos excepcionales y debidamente justificados, el representante legal o una figura similar podrá otorgar poderes generalísimos para la presentación de las declaraciones ante el RTBF.
En la Resolución Conjunta se indica prácticamente como única justificación válida para que el representante pueda excusarse de cumplir con esta obligación, la falta de firma digital. Transcribimos textualmente...
