Notarios

Personas Jurídicas elimina firma del registrador en testimonios inscritos en soporte papel

Tal vez le ha llamado la atención estos días que en sus testimonios tramitados en formato papel ante el Registro de Personas Jurídicas no aparece ya la firma del registrador  a cargo de la calificación e inscripción del documento.  La explicación la encontramos en la Circular DPJ-002-2024 publicada la semana pasada en La Gaceta que literalmente establece lo siguiente:

----------------

1. En razón de los numerales 1 y 32 de la Ley 3883, así como de los artículos 46 y 47 del Reglamento del Registro Público, esta Dirección determina que a partir de la fecha de rige de esta circular y por plazo indeterminado, los documentos en formato papel presentados para su registración con estado de inscrito o cancelado no deberán firmarse de manera ológrafa por parte del Registrador encargado, siendo que la autenticidad y autoría del acto registral así como su identificación surge al momento de actualizar el sistema -autorizado-...

SEGUIR LEYENDO

También proponen nuevos reglamentos para los demás Registros

Comentamos la semana pasada sobre la existencia de una propuesta de Reglamento del Registro de Personas Jurídicas que se encontraba en consulta pública para todos los interesados en aportar observaciones o comentarios (Ver nota).  En una segunda nota, destacamos algunos de los aspectos que nos parecían novedosos en dicha propuesta  (Ver nota).

Esta semana nos percatamos que aparecen publicadas en la página web del Registro Nacional, los siguientes borradores de Reglamentos del Registro Inmobiliario, de Bienes Muebles,  Propiedad Industrial y de la Dirección de Servicios,  también con la invitación a los interesados para que formulen observaciones y comentarios en un plazo de diez días:

Propuesta - Reglamento General del Registro Inmobiliario

Propuesta - Reglamento del Registro de Bienes Muebles

Propuesta - Reglamento Operativo del Registro de Pro...

SEGUIR LEYENDO

En consulta pública: nuevo Reglamento del Registro de Personas Jurídicas

El Registro Nacional publicó en su página web el pasado 15 de enero,  el borrador de un nuevo Reglamento del Registro de Personas Jurídicas concediéndole a todos los interesados,  el plazo de 10 días para que hagan llegar sus observaciones y comentarios a través de la plataforma de Sistema de Control Previo (SICOPRE)

Para conocer el texto de esta propuesta descárguela a continuación:  Descargar Reglamento del Registro de Personas Jurídicas

En una primera sección de CONSIDERANDOS se establecen de manera muy completa,  las razones que justifican la emisión de este nuevo Reglamento, y se esbozan algunos temas específicos que por primera vez serían objeto de regulación.

Nos permitimos a continuación el siguiente resumen de algunos de ellos:La existencia de una gran dispersión normativa en materia de regulación de la actividad de la registración de actos y contratos mercantiles, civiles y personas físicas tendientes a la constitución, m...

SEGUIR LEYENDO

A partir del próximo lunes: nuevas tarifas por servicios del Registro Nacional

Mediante Acuerdo Firme J406-2023 de la Sesión N° 33-2023, celebrada el pasado 20 de noviembre, la Junta Administrativa del Registro Nacional aprobó las tarifas de los servicios que brinda la institución y que entrarán a regir el próximo lunes 15 de enero.

Puede ver el listado completo en el siguiente enlace:   Ver tarifas 2024

En algunos casos, los montos a cancelar se mantuvieron iguales a los del 2023.  En otros, más bien disminuyeron.  Curiosamente se estableció, por primera vez,  el mismo costo para la confección de placas de vehículos y motocicletas.   Es así que en el caso de los vehículos,  a partir del próximo lunes deberán pagar ¢14,600 en lugar de los ¢18,800 que correspondía el año pasado.   Por el contrario, en el caso de las motocicletas, de ¢12,900 deberán pagar a partir del lunes  ¢18,800

Otro monto que disminuyó fue el de la legalización de libros pasando de ¢15,910 en timbres de...

SEGUIR LEYENDO

Sobre el aporte de bienes en la constitución de sociedades y aumentos de capital

Mediante Criterio Registral N° 0001-2023,  la Dirección General del Registro Nacional estableció el pasado 19 de octubre que a partir de ahora la calificación e inscripción de los documentos de constitución de sociedades o de aumento de capital, cuando se aportan como pago del capital, bienes muebles o inmuebles, serán tramitados de forma integral por la Dirección del Registro de Personas Jurídicas.

Por esta razón, dicha Dirección emitió la Directriz DP-005-2023  a fin de unificar los criterios de calificación e inscripción registral de este tipo de actos.    (Puede descargar su texto completo aquí.)

Luego de un completo análisis sobre las normas del Código de Comercio que regulan este tema con especial referencia a los aportes de bienes inmuebles, se toman las siguientes tres disposiciones:  (se transcribe textualmente)

"1. Será la persona registradora del Registro de Personas Jurídicas a quién de manera...

SEGUIR LEYENDO

Emiten directrices ante imposibilidad de uso CrearEmpresa – Trámite ya

En atención de los problemas técnicos que ha imposibilitado el uso durante la presente semana de la plataforma “CrearEmpresa” actualmente conocida como “Tramite Ya” para la constitución de sociedades anónimas y de responsabilidad limitada, el Registro Nacional ha habilitado la recepción de estos documentos ya sea en formato papel en el Diario Unico de cualesquiera de sus sedes o bien a través de la Ventanilla Digital en formato electrónico.

(más…)...

SEGUIR LEYENDO

Calificación formal de documentos en el Registro de Personas Jurídicas

Con el objetivo de unificar criterios, aparece hoy en La Gaceta,  la Directriz DPJ-002-2023 de la Dirección del Registro del Personas Jurídicas sobre la Tramitación de Calificaciones Formales.

En primer lugar se distingue entre lo que es la "Calificación Registral" y el "Recurso de Calificación Formal".

La primera se define como: " ... la valoración jurídica que realiza un Registrador de forma autónoma, respecto de los requisitos dispuestos en el ordenamiento jurídico, de forma y fondo, que debe contener una rogación de inscripción que consta en un documento público o auténtico presentado al Registro Nacional; de manera que tengan acceso a la publicidad registral únicamente los títulos válidos y perfectos; tal y como lo indica el artículo 34 del Reglamento del Registro Público Decreto Ejecutivo 26771-J y sus reformas, vigente desde el 18 de marzo de 1998.   De los artículos 3, 6, y 6 bis de la de la Ley N° 3883 citada, se desprende que la cali...

SEGUIR LEYENDO