Notarios

DNN e Imprenta Nacional advierten sobre los avisos de constitución de sociedades

La Dirección Nacional de Notariado, a solicitud de la Imprenta Nacional, recuerda a los notarios públicos que en el texto de los avisos o edictos de constitución de sociedades que se tramiten ante  la segunda, deben indicar necesariamente la forma de pago del capital social,  pues solo así es posible la determinación en cuanto a si la publicación efectivamente procede realizarse ante  la Imprenta o si ésta,  más bien, debe gestionarse directamente en el portal CrearEmpresa.

Es importante recordar que el art. 14 del Reglamento para el funcionamiento y la utilización del Portal "CrearEmpresa" Decreto Ejecutivo No.37593-JP-MINAE-MAG-MEIC-S  dispone que el servicio público de inscripción de toda nueva sociedad anónima o de responsabilidad limitada cuyo capital sea pagado en dinero efectivo o títulos valores, lo brindará el Registro Nacional únicamente mediante la plataforma CrearEmpresa.   De hecho,  están siendo cancelados los  asientos de pres...

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Notarios con índices pendientes no podrán comprar papel de seguridad

La Dirección Nacional de Notariado comunica que a partir del próximo 1 de marzo, los notarios que tengan pendiente la presentación de uno o más índices de instrumentos públicos estarán imposibilitados de comprar papel de seguridad; tampoco les serán atendidas gestiones que requieran realizar ante esa dependencia.

Se fundamenta la medida en el hecho de constituir " lesión grave a la fe pública, la omisión o defectuosa presentación de índices de instrumentos públicos, por cuanto con tal proceder el notario como delegatario estatal de la función pública notarial le está impidiendo al Estado publicitar e informar debidamente sobre las actuaciones que realiza el notario en quien delegó tal función." (Tomado textual de http://consulta.dnn.go.cr/consultapublica/Comunicado.aspx?idArticulo=48)

Para facilitarle al notario la constatación de  su estado de cumplimiento de esta obligación, la DNN informa sobre la posibil...

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Sobre la disolución de sociedades por no pago del impuesto a las personas jurídicas

A pocos días de la conclusión del mes que concede la Ley 9024 para el pago del impuesto a las personas jurídicas, estimados suscriptores nos han estado solicitando información sobre las consecuencias que podrían surgir a partir del próximo 1 de febrero para aquellas sociedades que adeuden tres períodos de esta impuesto.

Para ayudarnos con este tema, agradecemos mucho a  José María Oreamuno, socio del Bufete Facio & Cañas, especialista en Derecho Tributario y distinguido profesor universitario, el siguiente artículo que gentilmente compartió con nosotros y que procedemos a su inmediata divulgación.

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"La ley 9024 de 23 de diciembre del 2011, de Impuesto a las Personas Jurídicas, estableció un impuesto a las sociedades mercantiles, sucursales de sociedades extranjeras o sus representante...

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Desde este lunes, obligatorio uso de Crearempresa para constitución de ciertas sociedades mercantiles

De conformidad con el Decreto Ejecutivo No. 38137-JP-MAG-MEIC-S-MINAE  publicado el pasado 2 de enero en La Gaceta, la constitución de sociedades anónimas o de responsabilidad limitada, cuyo capital social haya sido pagado en dinero efectivo o en títulos valores,  deberá necesariamente tramitarse a través www.crearempresa.go.cr   Expresamente se establece en el texto reformado del art. 14 del Reglamento para el Funcionamiento y Utilización del Portal CrearEmpresa que serán cancelados los asientos de presentación al Diario de todas aquellas escrituras de constitución, que cumpliendo con los requisitos indicados, no se gestionen en forma electrónica.

Esta medida se intentó establecer a partir del 15 de setiembre del año pasado, sin embargo, de acuerdo con lo indicado en el decreto que postergó su entrada en vigencia para el 2 de enero del 2014, se aceptó la prórroga a fin de responder a la solicitud que hicieran los participantes de los cursos de cap...

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A partir del lunes aumenta costo de inscripción de varios actos registrales

El próximo lunes reinicia labores el Registro Nacional.  Recuerde que la tramitación de escrituras relativas a actos mercantiles (constituciones de sociedad, cambios en el pacto constitutivo, nombramiento de directores o personeros, etc) deberán contemplar el incremento en los Derechos de Registro, así como el pago de la tarifa del impuesto a las personas jurídicas correspondiente al 2014.     Esto en razón de haberse establecido ya el salario base del Oficinista 1 en la relación de puestos del Poder Judicial que regirá durante este primer semestre, el cual sirve de parámetro para la fijación de estos cargos.

Asimismo se publicó hace unos días la actualización en los tramos que sirven para la aplicación del impuesto a las viviendas de lujo.    Estos nuevos tramos afectan las tarifas del timbre agrario que debe pagarse en los traspasos de  inmuebles destinados a vivienda.

Nos encontramos actualizando nuestros s...

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A partir de enero: nuevas tarifas de Derechos de Registro para inscripción de actos societarios

Mediante Directriz No. 003-2013 emitida este lunes por la Dirección del Registro de Personas Jurídicas establecen las tarifas que corresponderá pagar de Derechos de Registro en los documentos que se presenten para inscripción en el Diario del Registro a partir del próximo 6 de enero (constituciones de sociedades, modificaciones de pacto constitutivo, reorganizaciones de Junta Directiva, etc).De la suma de ¢37,940.00 que en Derechos de Registro rigió durante el presente año se pasa ahora a la suma de ¢39,940.00.De esta forma se aplica lo establecido en la Ley No. 7337 de 5 de mayo de 1993 que creó el Concepto de Salario Base para Delitos especiales del Código Penal y que se aplica también como parámetro para el aumento anual que dispone la Ley de Aranceles del Registro Público. El parámetro que se utiliza es el 10% del salario del Auxiliar Administrativo 1 que aparece en la relación de puestos de la Ley de Presupuesto Ordinario de la República, el cual para  se estableció para el 2014 en la suma de tresciento...

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A partir de enero, inscripción de actos mercantiles requerirá pago de nuevas tarifas del impuesto a las personas jurídicas

Al igual que los últimos dos años,  los documentos relativos a sociedades mercantiles que se presenten para inscripción a partir del próximo mes de enero, deberán encontrarse al día en el pago del impuesto a las personas jurídicas regulado por la Ley 9024.Las tarifas que deberán ser pagadas por las  sociedades activas  y las inactivas   aún no se conoce debido a que se encuentra pendiente de definición el salario base del oficinista 1 que aparece en la relación de puestos de la Ley de Presupuesto Ordinario de la República para el próximo año 2014, el cual sirve de parámetro para esta determinación.

Igualmente con la definición de las tarifas de este impuesto para el próximo año,  se podrá conocer el costo que tendrá la constitución de nuevas sociedades, las cuales, deberán pagar, conjuntamente con los demás timbres, la tarifa correspondiente a las sociedades activas en forma proporcional al tiempo que reste entre la fecha de presentación de la escritura ante el Regist...

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Notas de corrección en el Protocolo y firmas de las partes

El 4 de enero del año pasado, se publicó en La Gaceta, la resolución 2011-024-001 del Consejo Superior Notarial que derogó el artículo 62 de los Lineamientos para el Ejercicio y Control del Servicio Notarial.   Dicho numeral establecía la posibilidad de corregir escrituras mediante razón notarial sin necesidad de la firma de las partes cuando se tratase de correcciones comprobables por medio del archivo de referencias o de cualquier otra fuente objetiva y siempre que no constituyera variación de las voluntades consentidas.

Días antes, el Consejo Superior Notarial había hecho del conocimiento de todos los notarios que a pesar de su disconformidad con la interpretación literal realizada por la Procuraduría General de la República del artículo 96 del Código Notarial, al considerarla contraria al principio notarial de fe pública, pero respetuoso del sistema jurídico costarricense, había tomado la decisión de derogar el indicado numeral 62.

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