Notarios

Ocho días naturales (no hábiles) para presentación de matrimonios civiles al Registro Civil

A solicitud de la Dirección Nacional de Notariado transcribimos en su tenor literal el siguiente aviso:

"SOBRE LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS ATINENTES A MATRIMONIOS EN EL REGISTRO CIVIL

Se informa a los notarios y notarias públicas que los órganos jurisdiccionales disciplinarios han establecido vía jurisprudencial, que el plazo de presentación incluye los días inhábiles, por lo que la documentación dicha debe presentarse dentro de los OCHO DÍAS NATURALES siguientes a la celebración del matrimonio. Esta posición ha sido recientemente confirmada por el TRIBUNAL DISCIPLINARIO NOTARIAL del Primer Circuito Judicial de San José en el VOTO No. 73-2014, de las quince horas del treinta y uno de marzo del dos mil catorce, en el cual señalan:

“Se sigue, de esta forma, lo sostenido por las anteriores integraciones de este Tribunal, que sobre el particular razonaron: “El plazo de los ocho días para que la documentación atin...

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DNN advierte cuidados en la presentación de índices por correo postal certificado

En relación con este medio que algunos notarios utilizan todavía para remitir sus índices quincenales al Archivo Notarial, la Dirección Nacional de Notariado nos ha solicitado que retransmitamos el siguiente aviso, el cual pueden descargar haciendo clic a continuación:    AVISO DE LA DNN SOBRE INDICES PRESENTADOS VIA CORREO CERTIFICADO

Al respecto nos permitimos algunos breves comentarios.

La posibilidad de presentar índices de instrumentos públicos a través del correo certificado ha existido desde hace muchos años, sin embargo, quienes confían todavía en este mecanismo deben tener presente que la acreditación de los mismos, es decir, el que sean "recibidos conforme" por el Archivo Notarial no siempre se produce.   Causas de ello  son principalmente errores al momento de adjuntar la información que en algunos casos debe aportarse, por ejemplo, cuando se declaran testamentos o modificaciones o revocatorias de otros instrumentos públicos.  También ...

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Rigen a partir del 29 de agosto, nuevas tarifas por servicios del Registro Nacional

Se publicó en la La Gaceta de hoy,  el acuerdo firme J194 de la Junta Administrativa del Registro Nacional, mediante el cual se incrementa el costo de los diferentes servicios que brinda el Registro Nacional en sus instalaciones al público en general.   El incremento en los diversos servicios va desde los ¢100 hasta los ¢500 colones.

Según se señala en este acuerdo, el aumento rige a  los quince días hábiles de su publicación, lo que significa que empezarán a aplicarse las nuevas tarifas el viernes 29 del presente mes de agosto.

Para su mejor conocimiento transcribimos de La Gaceta, cuadro con el detalle de los diversos documentos o servicios y sus nuevos costos:

Tipo de Servicio Nueva tarifa (* incluye timbres de ley)Informes Registrales ¢2.800,00 c/uCertificación Literal ¢3.100,00 c/u *Certificación de Índice ¢2.900,00 c/u *Documentos y planos digitalizados o micr...

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A tomar en cuenta en la inscripción de Asociaciones

Con la finalidad de agilizar la calificación de los documentos que se presentan ante el Departamento de Asociaciones y homologar criterios, la Dirección de Personas Jurídicas emitió la Directriz DRPJ-001-2014 con los siguientes lineamientos:

1. MULTIPLICIDAD DE DIRECTORES EN UN MISMO CARGO: Si en el nombramiento de los miembros de una junta directiva existen varios de un mismo cargo, deberá establecerse, mediante subordinación numérica, la posición que ocupan; por ejemplo: vocal 1, vocal 2, vocal 3. Si por el contrario existe un único cargo con determinada nomenclatura y los asociados deciden numerarlo, no existe fundamento alguno para consignar el defecto, debiendo el registrador a cargo, permitir tal circunstancia (Ejemplo: vocal 1, aunque no existan más).

2. AUTENTICACION DE FIRMAS POR ABOGADO O POR NOTARIO Expresamente se autoriza que la autenticación de firmas sea realizada por un abogado, bastando en ese caso, c...

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Algo más sobre el “valor fiscal” que aparece en los estudios registrales de muebles e inmuebles

En primer lugar, a quienes nos han estado consultando si el Registro Inmobiliario suprimirá también de los estudios de bienes inmuebles, el dato del valor fiscal, nos complace indicarles que según respuesta de su Director,  Msc. Oscar Rodríguez:

"El valor fiscal que publica el Registro Inmobiliario en cada una de la propiedades, es  actualizado por el  Ministerio de Hacienda  a través  de la Dirección de Valoraciones Administrativas y Tributarias  de la Dirección General de Tributación Directa.  De manera tal que esa información si es consistente y por lo tanto no se ha valorado su eliminación."

En relación con la posibilidad de utilizar la herramienta de búsqueda que aparece en la página web del Ministerio de Hacienda para obtener el "valor fiscal" de los automotores, denominada AUTOCONSULTA (http://www.hacienda.go.cr/autohacienda/AutoConsulta.aspx    nos confirmaron en el Departamento de Valoraciones de ...

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Eliminan “valor fiscal” de estudios de vehículos en portal del Registro

En respuesta a  llamadas varias de estimados suscriptores que desde temprano nos  pusieron al tanto de la eliminación del dato del "valor fiscal" en los estudios de vehículos que se obtienen en el portal www.rnpdigital.com, hicimos varias consultas tanto en el Registro Nacional como en departamentos varios de la Dirección General de Tributación.

Hasta el momento lo que hemos podido validar es que efectivamente el Registro de Muebles giró la instrucción al Departamento de Tecnología para que suprimiera este campo del "valor fiscal" de  los estudios de vehículos.  Según nos indicaron, la decisión se tomó en virtud de que en muchos casos, dicho valor fiscal no coincidía con el valor registrado en el Ministerio de Hacienda. Por lo que, no correspondiéndole al Registro de Muebles  suministrar dicho dato fiscal, optaron por eliminarlo para que los interesados lo obtengan directamente en Tributación o en otras fuentes más fidedignas, evitando así...

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Errores más frecuentes y documentación que se deje adjuntar a los índices notariales

El Archivo Nacional envió por correo electrónico la semana pasada varios comunicados relativos a los errores más frecuentes que cometen los notarios en la confección de sus índices de instrumentos públicos, así como la forma en que, dependiendo del tipo de error,  deben ser corregidos.   Igualmente se aclaran cuáles son los documentos que obligatoriamente deben adjuntarse al índice en casos específicos.

Haciendo clic en los siguientes links puede descargar las tablas que el Archivo Nacional preparó con la información correspondiente:http://www.archivonacional.go.cr/pdf/documentos_adjuntos_indices.pdfhttp://www.archivonacional.go.cr/pdf/tabla_correccion_errores.pdf

Es importante tomar en cuenta que si la presentación del índice notarial se realiza en formato electrónico a través del sistema INDEX, único autorizado para proveer el servicio,  igualmente las correcciones de los errores  debe realizarse utilizando dicho programa, el cual ya t...

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Suspensión temporal de TASABAN en portal del BCR

A quienes nos han estado consultando sobre la eliminación desde el viernes pasado del acceso dentro del portal www.bancobcr.com  al sistema TASABAN para la realización de cálculos y pago de enteros de timbres, nos permitimos indicarles que según conversación que acabamos de tener con el Lic. Sergio Arce, encargado de la oficina del Banco de Costa Rica en el Registro Nacional, nos aclara que por un problema técnico experimentado el jueves por la tarde fue necesario suprimir este acceso de manera temporal.

Sin embargo, ya el problema ha sido solucionado y se están realizando las pruebas pertinentes a fin de procurrar que  hoy mismo quede nuevamente habilitado este acceso a TASABAN.

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