Notarios

Nuevas disposiciones sobre inscripción de actos de fundaciones y asociaciones

Mediante la Circular D.R.P.J.-005-2015 del 30 de abril del año en curso, la Dirección del Registro de Personas Jurídicas aclara aspectos varios sobre inscripción de actos relacionados con asociaciones y fundaciones.

Para descargar el texto completo de la circular haga clic a continuación:  CIRCULAR DRPJ-005-2015.

Nos permitimos destacar a continuación algunos de los temas analizados:1.- IMPROCENDENTE MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS DE UNA FUNDACIÓN

El artículo 3 de la Ley de Fundaciones, N° 5338 dispone expresamente que: “Las fundaciones se constituirán por escritura pública o por testamento. El fundador no podrá cambiar ninguna disposición constitutiva de la fundación, una vez que ésta haya nacido a la vida jurídica”. (El subrayado es propio)

En concordancia con la norma anterior, el artículo 16 del mismo cuerpo legal, dispone:

“Si la Junta Administrativa considera qu...

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Sociedades deberán llenar vacantes de junta directiva para lograr inscripciones

Muchos directores con facultades de representación renunciaron unilateralmente a sus cargos durante el período que confirió el transitorio IV de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, a saber del 1 de abril de 2012 al 1 de abril de 2014.

Esta situación provocó que muchas sociedades quedaran con vacantes en su órgano directivo.

El Registro de Personas Jurídicas emitió el pasado 26 de marzo la Circular D.R.P.J -004-2015 que en su tenor literal establece lo siguiente:

"Con la finalidad de brindar seguridad jurídica ante terceros y ante la gran cantidad de renuncias al cargo que se presentaron en meses anteriores, conforme a lo estipulado en el Transitorio IV de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas, N°9024, esta Dirección establece lo siguiente:

Conforme a lo estipulado en el artículo 182 del Código de Comercio, mismo que dispone:SEGUIR LEYENDO

DNN publica acuerdos sobre Archivo de Referencias y otros

En La Gaceta de ayer se publicaron cuatro acuerdos del Consejo Superior Notarial de la Dirección Nacional de Notariado.

Dos de ellos los habíamos comentado la semana pasada.  Se trata de los lineamientos que deberán cumplir los notarios en relación al Archivo de Referencias, el cual podrán llevar en soporte papel o en formato digital.

Si desea conocer más al respecto ingrese a nuestra nota:http://www.puntojuridico.com/sobre-el-archivo-de-referencias-tanto-en-soporte-papel-como-en-formato-digital/

Mediante el acuerdo 2014-019-008, el Consejo Superior Notarial declara el 22 de noviembre de cada año como Día del Notario Costarricense, autorizándose a la Dirección Nacional de Notariado para realizar y organizar actividades en homenaje y celebración de dicho día.

Finalmente, se publica el acuerdo 2014-022-002 denominado: DIRECTRIZ SOBRE EXIGENCIA DE PERITAJES EN PROCESOS SUC...

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Ordenan inscribir renuncia de apoderado a sociedad morosa ante la CCSS

El Transitorio IV de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas concedió un plazo de 24 meses a los representantes legales de las sociedades mercantiles que quisieran renunciar a sus cargos.  Para ello solamente tenían que notificar su decisión mediante una carta en el domicilio social de la empresa y presentar la respectiva  protocolización ante el Diario del Registro Nacional.

El artículo 12 del Reglamento para la Aplicación de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas expresamente estableció:  "En virtud que la renuncia es un acto personalísimo del representante, se inscribirá independientemente del pago o no del tributo del impuesto a la Ley de Personas Jurídicas."

Acogiéndose a dicho procedimiento extraordinario, y dentro del plazo indicado, el cual venció el 1 de abril del año pasado, muchos apoderados presentaron sus trámites pero les fueron devueltos con el defecto: "ENTIDAD MOROSA POR OBLIGACIONES ...

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Sobre el archivo de referencias tanto en soporte papel como en formato digital

El artículo 47 del Código Notarial establece que los notarios tienen que llevar un archivo de referencias con los documentos o comprobantes referidos en las escrituras matrices.

Por su parte el artículo 21 de los Lineamientos para el Ejercicio y Control del Servicio Notarial establece que los notarios podrán compilar la documentación de referencia tanto en forma física como digital, debiendo cumplir a esos efectos con la normativa que dicte el Consejo Superior Notarial.

En sesión ordinaria de este Consejo fueron aprobados el pasado 14 de mayo los Lineamientos para la Organización de los Archivos de Referencias en Soporte Papel, así como los Lineamientos con las disposición de carácter obligatorio para todos los notarios que opten por llevar sus archivos de referencia en soporte digital.

Se encuentra pendiente de publicación en La Gaceta el texto de ambas normativas, razón por la ...

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COMPETENCIA TRADUCTORA DE LOS NOTARIOS

Aunque es un tema que ya hemos abarcado antes en este foro, nos parece muy clara la forma como el Consejo Superior Notarial de la Dirección Nacional de Notariado atiende varias inquietudes que le formuló una colega.Por consiguiente, trascribimos del acta No. 001-2005 de este Consejo celebrada el pasado 7 de enero del año en curso, el acuerdo número 4 que en lo que interesa establece:

"4) (...) Dimensionamiento: LA COMPETENCIA TRADUCTORA DE LOS NOTARIOS NO PUEDE INVADIR O TRANSGREDIR LA COMPETENCIA DE LOS TRADUCTORES OFICIALES

Las traducciones notariales pueden ser: de idioma extranjero al español o del español a un idioma extranjero. En este último caso solo lo puede hacer de sus propios documentos o actuaciones (artículo 24 de los Lineamientos para el Ejercicio y Control del Servicio Notarial). No debe confundirse la potestad certificadora del notario (artículo 11O del Código Notarial) con la competencia para traducir. En la traducción protocola...

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Desactualización de datos ante la DNN puede costarle caro

Vemos frecuentemente en La Gaceta, avisos de suspensión en el ejercicio notarial por incumplimiento en la presentación de índices o presentación tardía de ellos, o bien notificaciones por edictos de procedimientos de inhabilitación por morosidad en el pago de las cuotas del Fondo de Garantía Notarial.

Según nos indican en la Dirección Nacional de Notariado, muchas de estas inhabilitaciones y suspensiones se evitarían si los notarios mantuvieran actualizados sus datos de contacto ante esa entidad.  Aunque la DNN, no está legalmente obligada a ello, con alguna periodicidad, se procura hacerles comunicados a los notarios sobre su estado de morosidad, los cuales, si fueran eficaz y eficientemente atendidos, evitarían el inicio de los respectivos procesos, o bien, por lo menos les permitiría enterarse del inicio de estos expedientes a fin de que ejerzan la debida defensa, puesto que la notificación la recibirían en la forma y términos que indica la normat...

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Tarifas de uso y pasos para inscripción de personas jurídicas en el Sistema de Garantías Mobiliarias

Se publicaron hoy en la Gaceta las tarifas para la realización de los distintos movimientos dentro del Sistema de Garantías Mobiliarias, por ejemplo, inscripción del formulario de publicidad inicial, modificación de garantías ya inscritas, o bien la cancelación parcial o total de ellas.

La Junta Administrativa del Registro Nacional es la encargada de establecer estas tarifas según lo dispuesto en los artículos 1, 2 y 47 párrafo segundo de la Ley de Garantías Mobiliarias.

Son las siguientes:

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