Notarios

Rectificación de datos de personeros podrá hacerse mediante protocolización de acta

El Registro de Personas Jurídicas estableció en su directriz DPJ-002-2016, el procedimiento para la rectificación de datos de los personeros de entidades jurídicas.  Anteriormente existía el lineamiento en cuanto a que dichas modificaciones solamente podían realizarse mediante la comparecencia directa del personero interesado ante un notario.

En esta nueva directriz, el Registro dispone que según el artículo 152 del Código de Comercio, todas las facultades que la ley o la escritura social no atribuyan a otro órgano de la sociedad, serán de la competencia de la asamblea de accionistas, y conforme con lo estipulado en el artículo 27 de la Ley sobre Inscripción de Documentos en el Registro Público y el artículo 34 del Reglamento del Registro Público, Decreto Ejecutivo N° 26771-J, el registrador no debe cuestionar la validez y eficacia del documento en calificación."... con la finalidad de agilizar el proceso de inscripción de documentos y siendo que...

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DNN emite reglamento sobre inscripción de formularios electrónicos en el Registro

Como informamos hace algunos meses, la Junta Administrativa del Registro Nacional publicó el Reglamento operativo para la tramitación de formularios electrónicos y documentos adjuntos.   (Ver al respecto http://www.puntojuridico.com/registro-emite-reglamento-para-la-tramitacion-digital-de-escrituras/

Por su parte, el Consejo Superior Notarial aprobó en noviembre pasado el Reglamento para el uso de formularios y expedición de documentos electrónicos en sede notarial para la inscripción en el Registro Nacional, cumpliendo de esta forma con lo dispuesto en el art. 122 del Código Notarial:

"El Registro Nacional, en coordinación con la Dirección Nacional de Notariado, podrá autorizar el uso de fórmulas impresas, de acuerdo con el formato que se estime adecuado para cada una de las transacciones legales inscribibles. En tal caso, el Registro suministrará, a costa del notario, las fórmulas, que podrán adecuarse a las ...

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Registro confirma timbre agrario en inscripciones de buques y aeronaves

Gentilmente recibimos el día de ayer, de parte de la Dirección del Registro de Bienes Muebles, las siguientes dos circulares:Ver Circular DRBM-CIR-001-2017Ver Circular DRBM-CIR-002-2017

La primera se refiere al canon que según la Ley 8000 Servicios Nacional de Guardacostas debe pagarse en la inscripción de todo tipo de embarcaciones dependiendo de la longitud de su eslora.  Dicho canon se incrementa anualmente partiendo del salario base que sirve como parámetro para la definición de multas, penas, etc , según lo dispuesto en la Ley 7337 y en la Circular que para este 2017 emitió el Consejo Superior del Poder Judicial y que estableció dicho salario en la suma de ¢426,200.

En la segunda Circular, el Registro de Bienes Muebles confirma el cobro, en lo sucesivo,  de ¢3 colones por cada ¢1000 de timbre agrario, partiendo de la estimación de buques o aeronaves que deban inscribirse o traspasarse. Se acoge de esta forma lo dispuesto en el Dictamen N...

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DNN responde consulta sobre el contrato de fideicomiso testamentario

Se publicó hoy en La Gaceta el acuerdo 2016-014-008 del Consejo Superio Notarial sobre este importante tema que nos permitimos transcribir a continuación en su tenor literal:

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"Que el Consejo Superior Notarial en ejercicio de su labor consultiva dispuesta en el artículo 21 del Código Notarial, ha emitido el acuerdo 2016-014-00, que es de acatamiento obligatorio tanto para los notarios como para los usuarios del servicio notarial, y que en lo conducente dicen:

Acuerdo 2016-014-008:

a) Responder la consulta formulada … sobre el tema “Contrato de fideicomiso testamentario-Art.633 y siguientes del Código de Comercio” como se indica a continuación:

De previo a resolver la consulta planteada, es necesario realizar una serie de precisiones que nos ayudaran a tener una mejor comprensión del tema en anál...

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Valores fiscales a utilizar en los traspasos de vehículos las próximas semanas

Nos han estado consultando a partir de cuándo rigen, para efectos de estimar los costos de traspaso de vehículos,  los valores definidos por el Ministerio de Hacienda para el 2017 y que ya aparecen en el sistema https://autogestion.hacienda.go.cr/AutoGestion/Autogestion.aspx

Lamentablemente a muchos estimados colegas les han devuelto sus escrituras con el defecto de falta de pago de timbres e impuestos pues utilizaron dicho valor del 2017 en traspasos otorgados durante el presente mes de noviembre.     La diferencia entre los valores del 2016 que todavía rigen este mes y los que entrarán en vigencia a partir del próximo 1 de diciembre es en algunos casos de más de un millón de colones.

Sobre este particular habíamos comentado algo en nuestra nota  Rigen a partir del 1 de diciembre nuevos valores de vehículos, buques y aeronaves

En resumen,  para calcular los costos de traspasos que sean otorgados en lo que reste...

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Respuesta del Registro sobre revocatoria del Reglamento a la Ley de Impuesto a las sociedades

La semana pasada comentamos la publicación en La Gaceta de la Derogatoria al Reglamento para la aplicación registral de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas.

Ante las consultas de varios estimados colegas sobre los alcances prácticos de dicho acuerdo tomado por la Junta Administrativa del Registro Nacional en sesión ordinaria del 8 de setiembre del año en curso, nos permitimos elevar el asunto a la Dirección de dicha institución.

Transcribimos a continuación la respuesta que atentamente nos brindaron por correo electrónico:

"Saludos cordiales, con instrucciones del Lic. Luis Jiménez Sancho, Director General del Registro Nacional, se remite respuesta a su consulta de la semana pasada, no sin antes disculparnos por el atraso en responderle.

En cuanto a su consulta cabe indicarle que: la derogatoria del Reglamento de aplicación Registral de ...

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Derogan reglamento para la aplicación registral de la ley de impuesto a las sociedades

Se publica hoy en La Gaceta, por segunda vez,  la Derogatoria al Reglamento para la aplicación registral de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas. La primera vez fue en el Alcance 230 a La Gaceta publicada el pasado 25 de octubre.

Para ver el texto de la derogatoria haga clic a continuación:   Ver Derogatoria Reglamento Ley 9024

A partir de la primera publicación,  muchos estimados colegas han estado consultando sobre los alcances prácticos de este acuerdo tomado por la Junta Administrativa del Registro Nacional en sesión ordinaria del 8 de setiembre del año en curso.

Si desea ver el texto completo del Reglamento derogado hace clic a continuación:   Ver Reglamento Aplicación Registral Ley 9024

Algunos consideran que no existiendo ya una norma que sustente legalmente la sanción de no inscripción de documentos provenientes de sociedades m...

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Publican actualización de valores de vehículos, buques y aeronaves

Se publicó ayer en La Gaceta, el Decreto Ejecutivo 39974-H con los valores de vehículos, aeronaves y embarcaciones que regirán a partir del 1 de diciembre del presente año para efectos del pago del impuesto a la propiedad de estos bienes.  Se cumple así con el artículo 9 de la Ley 7088 en cuanto dispone que dicho tributo deberá pagarse cada año sobre el valor fiscal que tengan los bienes en el mercado interno en el mes de enero, según lista que debe emitir el Poder Ejecutivo mediante decreto, y de conformidad con la tabla que establece la Ley respecto al valor y la tasa mínima.

De conformidad con el artículo 18 de la Ley de Tránsito, los valores definidos cada año afectan también el cálculo de los derechos de registro, timbres e impuestos que deben pagarse para la inscripción,  traspaso, cancelación o  modificación de las características de los vehículos.

"Los tributos serán calculados con base en el valor fiscal d...

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