Muchas sociedades disueltas por incumplimiento del impuesto a las personas jurídicas, así como aquellas a las que se les había vencido el plazo social, han logrado su reinscripción en las últimas semanas.
Es importante recordar que una vez que han "vuelto a la vida", estas sociedades deben ponerse al día en varias obligaciones. Entre ellas:1.- Pago del impuesto a las personas jurídicas período 20222.- Actualización de datos en el sistema ATV del Ministerio de Hacienda3. Presentación de declaraciones en el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales4. Autoliquidación y pago de las sanciones administrativas por morosidad en el pago del impuesto a las personas jurídicas.
Sobre esta cuarta obligación nos enteramos la semana pasada que a varios colegas, después de elevar al Ministerio de Hacienda alguna consulta sobre el proceso de reinscripción de sociedades, les llegó un correo electrónico en el que se les informaba que no solam...
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