Notarios

Empieza a escasear la estampilla de timbre fiscal

En mayo del 2016, el Ministerio de Hacienda publicó el Decreto Ejecutivo No. 39529-H mediante el cual dispuso la eliminación de la estampilla de timbre fiscal y consolidación del cobro electrónico como único medio para su recaudación.  (Ver nota)

Para tal efecto el Ministerio de Hacienda indicó que se formalizarían con los bancos recaudadores de impuestos,  mecanismos electrónicos que permitieran "... el pago de dicho tributo de forma simple y unificada, aceptable y comprensible para todas las instancias obligadas a exigir el pago de timbres fiscales en sus trámites."

Se indicó en aquel momento que la venta física del timbre se mantendría hasta el 31 de diciembre del 2016 o hasta agotar las existencias de especies físicas, en el entendido de que no se elaborarían más timbres físicos.

Finalmente se instruía a la Dirección General de Hacienda para que realizase, en un plazo ...

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Registro emite circulares sobre renuncia de personeros y otros a las sociedades

El Registro de Personas Jurídicas emitió recientemente dos circulares sobre la renuncia que distintos personeros y otros funcionarios pueden presentar a las sociedades mercantiles, sucursales extranjeras y empresas individuales de responsabilidad limitada.  Se trata de las Circulares D.P.J.-011-2017 y D.P.J-012-2017.

La primera de ellas regula las renuncias contempladas en el Transitorio IV de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, N° 9428.  Este transitorio concede un plazo de 24 meses para que los gerentes, miembros de la Junta Directiva o con cargos de administración, así como los fiscales renuncien de manera unilateral a sus puestos.  Expresamente se señala en la Circular 011-2017 que en estos casos,  deberán los registradores verificar que las entidades se encuentren al día en el pago del impuesto regulado por la Ley 9024, es decir el que estuvo al cobro durante el período 2012-2015,  según lo establece el Reglamento a la Ley del Impue...

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Nuevos requisitos para impresión de testimonios y certificaciones notariales.

A solicitud de la Dirección Nacional de Notariado, trascribimos a continuación el siguiente aviso de reforma al artículo 30 de los Lineamientos para el Ejercicio y Control del Servicio Notarial. (En negrita nos permitimos destacar el texto adicionado).----------------"LA DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO COMUNICA: Modificación del artículo 30 de los "Lineamientos para el Ejercicio y Control del Servicio Notarial"En sesión ordinaria No. 025-2017, celebrada el 21 de setiembre de 2017, el Consejo Superior Notarial adoptó el acuerdo firme No. 2017-025-012 por votación unánime, mediante el cual dispuso que, a partir de su publicación en el diario oficial La Gaceta, el artículo supra citado se lea así:  Artículo 30.- Uso de papel de seguridad.- Las actuaciones notariales que reproducen el contenido protocolar -testimonios de escritura- y los emitidos en virtud de la potestad certificadora depositada en el notario, deben plasmarse en papel de seguridad notarial, salvo norma o disposición en contrario. Su...

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Notarios deben indicar en certificaciones si sociedades están morosas en el impuesto Ley 9428

El pasado 1 de setiembre  entró a regir la Ley 9428, Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas.  En su artículo 5 denominado "Sanciones y multas"  se dispone expresamente que el Registro Nacional no podrá emitir certificaciones de personería jurídica, certificaciones literales de sociedad, ni inscribir documentos a favor de los contribuyentes del impuesto que no se encuentren al día en su pago.  En el caso de los notarios públicos, sí podrán emitir dichas certificaciones pero debiendo consignar la condición de morosidad en los documentos respectivos. Por consiguiente,  antes de expedir las respectivas certificaciones deberán los notarios verificar el status de las sociedades.

No encontramos en la página web del Ministerio de Hacienda algún link o aplicación en el que pueda hacerse la consulta sobre este tema.  De momento, nos parece que la única posibilidad es ingresando al sitio web de aquellos bancos que  ofrecen el pago del tributo por ...

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Pretenden reformar norma que autoriza liquidación de sociedades en sede notarial

Tanto mediante la la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas 9024,  que entró en vigencia en el 2012, como con la nueva Ley 9428 vigente a partir este mes de setiembre,  se reformó el texto del art. 129 del Código Notarial para permitirle a los notarios tramitar la liquidación de sociedades.   De hecho el texto reformado en ambas normativas resulta idéntico, lo que en nuestra humilde opinión, se trata de un error del legislador pues no pareciera tener ningún sentido que se reforme por segunda vez una norma para dejarla exactamente con el mismo texto ya modificado por una norma anterior.

Pero lo cierto es que se encuentra actualmente en trámite en la Asamblea Legislativa,  el proyecto de ley No. 20.505 que pretende reformar una vez más el numeral 129 indicado.

Transcribimos de la "Exposición de motivos" del proyecto en cuestión la justificación para ello:

"Dentro de las reformas que se aprobaron con la pro...

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Sí deben cobrarse honorarios en las declaraciones juradas exigidas por la Ley de Estupefacientes

Con la aprobación de la reforma introducida por la Ley 9449 a la Ley de Estupefacientes en mayo del presente año, se estableció la obligación de cumplir con el requisito de las declaraciones juradas en todos los actos o contratos en los que medien pagos entre las partes.

De inmediato surgió la duda en cuanto a si debían los notarios cobrar honorarios por ese acto, tanto en los casos en los que la declaración se otorga como parte del acto principal o bien cuando se otorga en escritura aparte.

El tema fue analizado por la Comisión de  Competencia Leal y Aranceles del Colegio de Abogados.

Nos permitimos copiar aviso que publicó el Colegio sobre el particular:

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COLEGIO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA

INFORMA QUE:

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DNN avala liquidación en sede notarial de sociedades disueltas por morosidad impuesto a las personas jurídicas

Nos permitimos copiar comunicado de la Dirección Nacional de Notariado sobre el tema de la referencia.

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LA DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

COMUNICA:

Que en sesión ordinaria No.022-2017, celebrada el 31 de agosto de 2017, el Consejo Superior Notarial adoptó el acuerdo firme No. 2017-022-009 que dispuso lo siguiente: "Determinar que para llevar a cabo liquidaciones de sociedades disueltas, de conformidad con la ley No. 9428 "Impuesto a las Personas Jurídicas" que reforma el artículo 129 del Código Notarial, en donde se le otorga competencia material al notario público para tramitar liquidación de sociedades mercantiles, se entiende que si los socios optan por este proceso, los notarios públicos están facultados para tramitar la liquidación de sociedades mercantiles en sede notarial."

San José,...

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Circular de la Dirección General del Registro sobre Ley de impuesto a las personas jurídicas

Con fecha del 31 de agosto,  la Dirección General del Registro Nacional emitió la Circular 0007-2017 con el objeto de dar algunos lineamientos sobre la aplicación que deben hacer los distintos Registros: Inmobiliario, Muebles, Personas Jurídicas, Derechos de Autor y conexos, Propiedad Industrial y Servicios Registrales,  de las disposiciones contenidas en la ley Impuesto a las Personas Jurídicas No. 9428 y su Reglamento.

Resumimos a continuación algunos de los aspectos más destacados de la circular:

I. Verificación del pago del Impuesto a las personas jurídicas

En atención de lo que dispone el artículo 5 de la Ley 9428, en cuanto sanciona a las sociedades morosas con la no emisión registral de  certificaciones de personería jurídica, ni de certificaciones literales, ni  la inscripción de documentos otorgados a su favor, se dispone que los funcionarios estarán obligados a consultar una base de datos creada...

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