Notarios

Mañana: último día para pago del impuesto en tramitación de solicitudes de cese de disolución de sociedad

Recuerde que  mañana, 15 de diciembre,  es el último día concedido por el  Transitorio II de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas No. 9428 para que los interesados en solicitar el cese de disolución de sus sociedades, realicen el pago de lo  adeudado por durante los períodos 2012-2015.

Propiamente la tramitación de la escritura de solicitud de cese de disolución tendrán oportunidad de presentarla  al Diario del Registro, a más tardar  el 15 de enero de 2018, pero el pago de lo adeudado sí tiene que  haberse realizado a más tardar mañana, 15 de diciembre.

También mañana concluye el plazo de gracia concedido en ese mismo Transitorio para el pago del impuesto sin intereses, ni multas.

Sobre los requisitos para gestionar las solicitudes de cese de disolución puede leer en este mismo blog las siguientes notas:

https://puntojuridico.com/solicitudes-cese-disolucion-s...

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Constituciones de sociedad con aporte de bienes no inscribibles ya se pueden tramitar en CrearEmpresa

Se publicó hoy en La Gaceta, la Directriz No. D.P.J -001-2017 de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas mediante la cual se recuerda, en primer lugar,  que de conformidad con lo estipulado en el Reglamento para el Funcionamiento y la Utilización del Portal “CrearEmpresa”, así como en la Circular Registral D.R.P.J 001-2014, el uso del portal es obligatorio para la inscripción de las sociedades anónimas y de responsabilidad limitada, cuyo capital sea pagado en dinero efectivo o títulos valores.

Se indica además que todo interesado en tramitar la inscripción de sociedades anónimas y sociedades de responsabilidad limitada, en las que se realice el pago del capital social mediante el aporte de bienes no inscribibles, podrán hacerlo mediante la utilización del portal web de “CrearEmpresa”, de forma voluntaria.

Se reitera que será optativo de cada interesado tramitar estas inscripciones a través de CrearE...

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Recuerde que a partir del lunes los testimonios se presentarán engrapados

Según habíamos indicado hace algunos días en nuestra nota : Se pospone hasta el 4 de diciembre cambios en presentación de testimonios , a partir del próximo lunes,  los testimonios que se presenten al Diario del Registro Nacional deberán ir engrapados y no pegados con goma.   Además, los enteros de timbres que se cancelen en físico directamente en el Banco de Costa Rica,  deberán adherirse con goma en forma total y en una hoja aparte, ya sea de seguridad o de papel blanco.

Los testimonios deberán ser de treinta líneas  y la boleta de seguridad deberá adherirse también con goma,  la parte que no se desprende, al lado izquierdo,  en el margen superior del papel de seguridad y en forma horizontal.     La posición de la boleta de seguridad deberá cumplir estos requisitos aún cuando se utilice un folio independiente para imprimir la casilla del testimonio.

Algunos colegas se han preocupado pues al pegar la boleta en la forma indicada,  se obstr...

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Sobre la custodia de los expedientes de actividad judicial no contenciosa

El pasado 12 de octubre, el Consejo Superior Notarial adoptó de manera unánime el acuerdo firme número 2017-027-019 que en lo que interesa dispone lo siguiente:

"LA DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO COMUNICA:

CUSTODIA DE EXPEDIENTES DE ACTIVIDAD JUDICIAL NO CONTENCIOSA

En sesión ordinaria número 027-2017 celebrada el 12 de octubre de 2017, el Consejo Superior Notarial adoptó el acuerdo firme número 2017-027-019 por votación unánime para atender una consulta a la cual respondió lo siguiente:

La competencia para recibir los expedientes tramitados en sede notarial, derivados de la Actividad Judicial no Contenciosa corresponde en forma exclusiva al Poder Judicial, por lo que deberán depositarse en el Archivo Judicial de conformidad con el artículo 131 del Código Notarial. En caso de que el Archivo Judicial no reciba los expedientes relacionados, los notarios los custo...

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Se pospone hasta el 4 de diciembre presentación de testimonios engrapados

El pasado 23 de octubre les avisamos sobre algunos cambios en la presentación de testimonios de escritura pública en el Registro Nacional.

Como principal modificación se estableció en la Directriz DSE-001-2017 de la Dirección de Servicios que los testimonios tendrían que presentarse engrapados en lugar de pegados con goma. Asimismo, las personas que cancelen los timbres e impuestos presencialmente en el Banco de Costa Rica, deberán adherir el entero original con goma en una hoja aparte y en forma completa, sin doblarlo, pudiendo ser tal hoja de papel bond o de seguridad. Ver al respecto: Testimonios se presentaran engrapados

Pese a que la fecha de vigencia de la directriz indicada se había establecido para el 15 del mes en curso,  muchos colegas ya han empezado a presentar sus testimonios cumpliendo con los requisitos dichos, sin ningún problema por parte del Diario al momento de recibirlos.

Agradecemos a la Dirección de Servicios del Registro Nacion...

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Nuevas medidas para la presentación de testimonios serán obligatorias el 15 de noviembre

Se publicó este martes en La Gaceta,  la Directriz DSE-001-2017 de la Junta Administrativa del Registro Nacional mediante la cual se establecen  nuevas medidas para la presentación de testimonios.

A partir del próximo 15 de noviembre, los testimonios deberán presentarse engrapados, y cuando los enteros de timbres sean pagados en las ventanillas del Banco de Costa Rica, deberán adherirse con goma en una hoja blanca independiente.

Algunos notarios han expresado su temor de que las hojas del testimonio puedan desprenderse y extraviarse.  Para su tranquilidad, se permite enumerar cada página en la parte inferior del lado derecho. En dicha numeración deberán incluirse las hojas con los enteros de timbres.    Por ejemplo, un documento de cinco hojas se enumeraría de la siguiente forma: 1/5, 2/5. 3/5 y así sucesivamente.   La mayoría de procesadores de palabras admiten este tipo de numeración.

Trascribimos a conti...

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Nuevo acuerdo sobre impresión de testimonios y certificaciones en papel de seguridad

Hace unos días comentamos el acuerdo 2017-025-012 del Consejo Superior Notarial mediante el cual se reformaba el art. 30 de los Lineamientos para el Ejercicio y Control de Servicio Notarial. Con la reforma se establecían ciertos requisitos para la impresión de testimonios y certificaciones en papel de seguridad; entre ellos, el tamaño de los márgenes, tipos y tamaño de letra a utilizar, cantidad de líneas por folio. (Ver nota)El pasado 12 de octubre, el Consejo Superior Notarial emitió un nuevo acuerdo 2017-027-016 dejando sin efecto el acuerdo anterior, de manera que ahora deberá leerse así el texto reformado del art. 30 (en negrita destacamos la línea adicionada)"Artículo 30.- Uso de papel de seguridad.– Las actuaciones notariales que reproducen el contenido protocolar -testimonios de escritura- y los emitidos en virtud de la potestad certificadora depositada en el notario, deben plasmarse en papel de seguridad notarial, salvo norma o disposición en contrario. Su uso es personalísimo y obligatorio. Solo se le...

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Testimonios se presentarán engrapados

Mediante la Directriz DSE-001-2017 de la Dirección de Servicios se dispone que los testimonios que se presenten al Diario del Registro Nacional, deberán ser  engrapados en lugar de pegados con goma.Esta disposición será obligatoria después de quince días de su publicación en La Gaceta, lo cual todavía no ha ocurrido. Sin embargo, nos señalan en la Dirección General del Registro Nacional, que los notarios que lo deseen podrán presentar a partir de este momento sus testimonios con una sola grapa en el extremo superior izquierdo.La razón de este cambio obedece al funcionamiento de los equipos de digitalización masiva de imágenes, los cuales dan la posibilidad de digitalizar varias hojas de una sola vez,  "permitiendo una mayor automatización del servicio que tiende a mejorar los tiempos de respuesta y la correcta administración del recurso humano competente."Actualmente, antes de ser sometidos a este proceso de digitalización, los documentos deben ser despegados,  con la consiguiente pérdida de tiempo y ...

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