Ampliaciones del plazo social deberá tramitarse antes del vencimiento
A partir de hoy, tanto el acta de las Asambleas de Socios en la que se acuerde la ampliación del plazo social, como la protocolización de dicha acta, y la presentación del testimonio respectivo al Diario del Registro deberán producirse - necesariamente- antes del vencimiento de dicho plazo.
Así se encuentra establecido en la Directriz D.P.J.-001-2018 del Registro de Personas Jurídicas publicada ayer en La Gaceta.
Como justificación de la medida se establece la necesidad de ".... optimizar la calidad y exactitud en la calificación e inscripción de documentos correspondientes a este Registro, así como evitar inconsistencias en la calificación e inscripción de las personas jurídicas, garantizando seguridad jurídica y así lograr que la publicidad brindada sea conforme a la literalidad de los documentos, debidamente ajustados a Derecho,.."
Se citan como respaldo jurídico los ...
