Nos permitimos copiar a continuación parte resolutiva del acuerdo 2019-012-016 tomado por el Consejo Superior Notarial sobre el tema de la firma a ruego. Se publicó en La Gaceta del pasado 5 de febrero. Puede ver el texto completo en el siguiente link:
http://www.masterlex.com/descargas/PuntoJuridico/2020/Febrero/Comunicado_Otorgamiento_notariales.pdf
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"IV. SOLUCIÓN Y RESPUESTA DEL CASO CONSULTADO
Ha quedado suficientemente demostrado que nuestro ordenamiento jurídico no contempla el caso concreto consultado, a saber:
“… si la persona discapacitada que carece de sus extremidades superiores e inferiores puede otorgar actos notariales en el Protocolo del Notario mediante el uso de la firma a ruego, y, además, indicar si es necesaria la presencia de testigos instrumentales en el acto…”.
Registro Nacional tramita miles de documentos en digital
Nos permitimos transcribir aviso publicado por el Registro Nacional en su página web (http://www.rnpdigital.com/noticias.htm) en relación al servicio de Ventanilla Digital que hace unas semanas se habilitó para la tramitación electrónica de testimonios de escrituras públicas.
Estimados colegas suscriptores que han utilizado la plataforma han manifestado su total complacencia con el sistema. Algunos han expresado la necesidad de apoyo técnico al momento de instalar los programas necesarios para acceder a la Ventanilla Digital, y alguna explicación sobre la firma digital con "marca de hora" indispensable para la gestión digital. Pero, una vez dentro, la presentación de los documentos y su tramitación posterior, incluyendo la subsanación de defectos, resulta amigable y ágil. No se tienen que cubrir cargos por el uso de la Ventanilla Digital, más bien se produce un ahorro importante en tiempo y dinero por la tramitación digital de escrituras...
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Se publicaron la semana pasada en La Gaceta dos acuerdos del Consejo Superior Notarial, además del que ya comentamos en nuestra nota anterior relativa a la objeción de conciencia en el ejercicio notarial.
El acuerdo 2020-002-009, se produjo en respuesta a la pregunta: ¿Qué debe hacer un notario que cesa voluntariamente en sus funciones, con los expedientes de actividad judicial no contenciosa?
El acuerdo 2019-012-016 se refiere más bien al otorgamiento de actos notariales por personas discapacitadas que carecen de sus extremidades superiores e inferiores.
Comentaremos ahora el primero de ellos. Para ver el texto completo, haga clic a continuación: Acuerdo 2020-002-009Nos permitimos un breve comentario.
El CSN inicia resumiendo todas las acciones que ha realizado a partir del año 2011 cuando el Poder Judicial les comunicó que al separarse a la Dirección Nacional de No...
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Se publicó ayer en La Gaceta, el acuerdo 2020-001-006, del Consejo Superior Notarial mediante el cual se reforman los Lineamientos para el Ejercicio y Control del Servicio Notarial, con el objeto de contemplar la objeción de conciencia como causa justificada para la no prestación de servicios notariales. Transcribimos a continuación el nuevo texto del art. 3 así como del art. 3 bis que se adicionó:
“Artículo 3. Obligación de servicio y rogación. A solicitud del interesado, es obligación del notario brindar el servicio, dentro del marco de la legalidad, razonabilidad y proporcionalidad, salvo excusa justa, moral, por principios de conciencia debidamente razonados, o legal.”
"Artículo 3 bis. Objeción de conciencia. El Notario que por razones morales y de conciencia se negare brindar el servicio, lo informará así a la Dirección Nacional de Notariado, mediante comunicación escrita debidamente razonad...
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De conformidad con el art. 25 del Reglamento de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF), Decreto Ejecutivo No. 41040-H :
"Los Notarios Públicos cuando emitan documentos a los sujetos obligados indicados en el artículo 3 de este reglamento, deben verificar la lista de incumplidores y en caso de estar incluido debe consignarlo en el documento. El acceso a la lista de incumplidores se realizará por medio de un certificado válido de firma digital para personas físicas perteneciente a la jerarquía nacional de certificadores registrados."
En virtud de la aprobación la semana pasada de la moratoria en la aplicación de las sanciones a las sociedades que no han cumplido con el Registro de Accionistas (ver al respecto nuestra nota en este mismo blog) , surge la inquietud en cuanto si debe entenderse también "suspendida" la obligación de los Notarios de consignar dicha condición de incumplimiento en los documentos que emita...
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Se publicó en el Diario Oficial La Gaceta, un nuevo borrador de resolución del Ministerio de Hacienda sobre la forma como podría controlarse por parte del Registro Nacional el pago del impuesto a las ganancias de capital en los traspasos de bienes. Se confieren diez días hábiles a los las entidades representativas de carácter general, corporativo o de intereses difusos para que realicen sus observaciones. (Puede ver su texto completo en el siguiente link: VER PROPUESTA)
De acuerdo con el art. 28 ter de la Ley de Impuesto sobre la Renta, cuando los bienes transmitidos pertenezcan a no domiciliados, el comprador deberá retener del precio pagado un 2.5% correspondiente a este tributo. Expresamente se señala que "Si la retención no hubiera ingresado, el Registro Nacional no podrá inscribir el traspaso de los bienes transmitidos,...."
Es a partir de esta disposición que surge la necesidad para el Registro Nac...
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Queremos iniciar hoy con varios comentarios sobre los timbres, especies fiscales e impuestos de traspaso a pagar para la inscripción de ciertos actos y contratos que merecen una especial atención al momento de su tasación.
Con alguna frecuencia, estimados suscriptores nos consultan sobre diferencias que encuentran entre los montos que aparecen al cobro en el sistema de tasaciones del Banco de Costa Rica y los resultados de nuestros programas Master Lex. Lamentablemente muchas veces, nos contactan cuando ya han realizado el pago de los timbres, a veces por sumas mayores a las que por Ley tenían obligación de pagar y en otros casos, por sumas inferiores, con el inconveniente de que los documentos les son devueltos por los registradores con el defecto correspondiente.
Las tarifas a pagar de cada timbre e impuesto se encuentran expresamente reguladas en Leyes de la República. Por lo tanto resultan totalmente injustificados t...
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