
Mediante la Directriz DRBM-DIR-002-2022, el Registro de Bienes Muebles emitió algunas regulaciones sobre la aplicación de la Ley 10119, denominada “Condonación de las Deudas Acumuladas Relacionadas al Pago del Marchamo” a actos registrales que involucren vehículos y motocicletas beneficiados con esta norma.
Como ya es conocido, la Ley 10119 adicionó un Transitorio V a la Ley 7088, que en lo que interesa establece lo siguiente:
"Transitorio V.-
Los sujetos pasivos de tributos, timbres, seguros y cánones administrados por el Ministerio de Hacienda, el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal (IFAM), el Consejo de Seguridad Vial (CSV), el Consejo de Transporte Público (CTP) y el Instituto Nacional de Seguros (INS) correspondientes al impuesto sobre la propiedad de vehículos automotores, creado por el artículo 9 de la Ley 7088, Ley de Reajuste Tributario y Resolución 18ª ...
Se publicó la semana pasada la Directriz DRBM- DIR- 001-2022 del Registro de Bienes Muebles la cual reforma la DRBM-DIR-005-2021 de julio del 2021 sobre actos de traspaso o enajenación, en los cuales las personas jurídicas delegan en terceros su representación a través de poderes o autorizaciones. (Sobre la Directriz DRBM-DIR-005-2021 puede ver nuestra nota en este mismo blog.)
Concretamente el aspecto modificado tiene que ver con aquellos casos en los que la disposición o enajenación de los bienes muebles propiedad de la persona jurídica, lo realiza alguien que ya es representante pero que requiere de una autorización específica para el acto.
Copiamos a continuación el texto del punto 2) de la Directriz indicada, incluyendo el nuevo texto reformado del inciso b):2) Autorizaciones: en estos casos el acto de disposición o enajenación sobre el bien mueble propiedad de una persona jurídica, lo realiza alguien que ya...
Se detallan en los Transitorios I y II publicados ayer en La Gaceta como parte del acuerdo de reforma de los Lineamientos para el Ejercicio y Control del Servicio Notarial, los requisitos que deberán cumplir los interesados en la devolución de sus cuotas del Fondo de Garantía Notarial. Se hace la diferenciación entre notarios que actualmente se encuentran habilitados para el ejercicio notarial, notarios inhabilitados y los requisitos que deberán cumplir los beneficiarios en el caso de notarios fallecidos. (Propiamente sobre la reforma a los Lineamientos para el Ejercicio y Control del Servicio Notarial puede ver nuestra nota en este mismo blog.)
A continuación nos permitimos desglosar los requisitos establecidos para cada uno de los casos señalados:1. Devolución de cuotas a Notarios Habilitados:a. Solicitud escrita mediante el Formulario Oficial debidamente lleno. b. Comprobante de la suscripción del seguro de Responsabilidad Civil Profesional.2. Devolución de...Mediante Decreto N.° 3-2022 del Tribunal Supremo de Elecciones, publicada hoy en La Gaceta, se acuerda extender la vigencia de las cédulas de identidad que hubieren vencido o que estén por vencer en el período comprendido entre el 4 de febrero de 2020 y el 30 de abril de 2022, ambas fechas inclusive.
En el Decreto n.° 3-2020 publicado en junio del 2020, se había dispuesto extender hasta este 6 de febrero de 2022, la fecha de vigencia de las cédulas de identidad que hubieren vencido en el período comprendido entre el 4 de febrero de 2020 y el 5 de febrero de 2022, ambas fechas inclusive. Sin embargo, ante la eventualidad de una segunda ronda, se toma el acuerdo de extender la vigencia de estas cédulas de identidad hasta el próximo 1 de mayo.
Asimismo se acuerda modificar el Plan Paulatino de Renovación de Cédulas de Identidad Vencidas, establecido originalmente en el Decreto n.° 3-2020 publicado en La Gaceta n.° 1...
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La DNN informa a la comunidad notarial que:
1.- A partir del 16 de febrero de 2022 se iniciará la recepción de solicitudes de devolución del Fondo de Garantía Notarial (FGN).2.- Los requisitos para la devolución del FGN serán:Solicitud escrita mediante el Formulario Oficial debidamente completado Comprobante de la suscripción del seguro de Responsabilidad Civil Profesional.3.- El formulario oficial estará a disposición en nuestro sitio web, a partir de la fecha anteriormente señalada y podrá ser tramitado en forma totalmente electrónica (con firma digital); o bien de manera presencial en los lugares que oportunamente se indicará.
4.- Una vez aprobado el trámite, la DNN remitirá la resolución final al solici...
En setiembre del año pasado, mediante la Directriz DRI-005-2021 se había eliminado la obligación de los notarios de dar fe del visado municipal en los planos catastrados que se utilizaran en fraccionamientos en distritos urbanos. Asimismo, se les eximía de dar fe en cuanto a que los lotes segregados se ajustaban en un todo a los respectivos planos. (Ver nuestra nota al respecto en este mismo blog.)
Como justificación de esta medida aparecía lo siguiente en los Considerandos de dicha Directriz :
"... actualmente se ha cumplido el requisito del visado municipal previsto y su verificación conforme a los artículos 33 y 34 de la Ley 4240 que es la Ley de Planificación Urbana en el momento que ha ocurrido la registración del asiento catastral que posteriormente será utilizado por el administrado para la realización del instrumento público o documento registrable correspondiente que debe ser presentado ante la Subdirec...