Continuamos con la transcripción del artículo que el Msc. Bernal Eduardo Alfaro Solano gentilmente compartió con nosotros. (Si desea leer la Parte 1 ingrese aquí.)
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Una vez explicado lo anterior sobre la elusión fiscal, desarrollamos el primer beneficio que los ciudadanos pueden lograr obtener incluso tres años de exoneración del pago del impuesto sobre la Renta en Costa Rica, y esto es que la persona jurídica: Cuente con la condición de PYME al inicio de operaciones.
En este apartado, se establece un beneficio fiscal que en la mayoría de ocasiones que lo explicamos, en nuestras asesorías, nos manifiestan que “no lo sabían”, dado que el Gobierno no ha hecho una propaganda para hacer llegar esta información a la ciudadanía y como se indicaba en el apartado anterior, la ciudadanía no puede manifestar desconocimiento de la Ley, para bien o para mal.
Dos beneficios fiscales en Costa Rica que no todos “conocen”
Agradecemos al colega Bernal Eduardo Alfaro Solano, abogado y notario, Máster en Asesoría Fiscal de Empresas, socio de la firma costarricense Leus Legal, este interesante artículo que pone a disposición de este foro. Nos permitimos transcribir a continuación la primera de las tres partes que componen su ponencia.
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HABLEMOS DE LA MORALIDAD DE LA NORMA Y EL CONOCIMIENTO O “DESCONOCIMIENTO” APLICACIÓN PRÁCTICA DE LA ELUSIÓN FISCAL.-
DOS BENEFICIOS FISCALES EN COSTA RICA QUE NO TODOS “CONOCEN”
I PARTE
En el título se encuentran unas comillas indicando que no todos “conocen” ciertos beneficios fiscales, dado que en nuestro país (Costa Rica) -y en la mayoría de legislaciones-, ningún ciudadano puede alegar desconocimiento a la Ley y en el tanto este principi...
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