LA OBSTRUCCIÓN DE VIAS PUBLICAS ¿CONSTITUYE DELITO?
Nos complace ofrecerles esta semana un nuevo artículo del Dr. Pablo Solano, especialista en Derecho Penal y Procesal Penal. Pueden ingresar al de la semana pasada haciendo clic a continuación: ¿Quién se llevo mi dinero del banco?
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"El pasado martes 9 de agosto nuestro país sufrió el cierre en varias de sus principales vías de circulación. Este hecho fue autoría de la llamada “Fuerza Roja” los taxistas, y trasciende más allá de si se realizó de forma pacífica como lo manifestaron los representantes de dicho gremio.
Establece nuestra legislación penal en su artículo 263 bis “Se impondrá pena de diez a treinta días de prisión a quien, sin autorización de las autoridades competentes, impidiere, obstruyere o dificultare, en alguna forma, el tránsito vehicular o el movimiento de transeúntes”. El análisis de dicho tipo penal nos lleva a ...
