En respuesta al comentario que remitimos ayer sobre la medida cautelar interpuesta por el Colegio de Abogados para evitar el cierre de la actual página www.registronacional.go.cr, don Jaime Weisleder, miembro de la Junta Administrativa y el Msc. Agustín Meléndez, asesor legal de la Dirección del Registro Nacional, participaron en nuestro blog para informar que mediante Acuerdo Firme J355, de la Sesión Ordinaria No.35-2011, tomado desde el día 18 de agosto pasado, los señores miembros de la Junta Administrativa del Registro Nacional, acordaron por unanimidad y en lo conducente:
“b- Comisionar al Director General del Registro Nacional, para que en coordinación con la Presidencia de este Órgano Colegiado, y una vez terminados todos los ajustes que requiera la apertura del nuevo sitio web http://www.rnpdigital.com, definan la fecha que oportunamente deba procederse al cierre de la página http://www.registronacional.go.cr . "
Medida cautelar del Colegio de Abogados para evitar que mañana “bajen” sitio del Registro
El Lic. Arnoldo Segura del Departamento Legal del Colegio de Abogados atentamente nos puso en conocimiento de la medida cautelar que la semana pasada se presentó ante la Sala Constitucional, para tratar de evitar que deje de operar, a partir de mañana, el actual sitio web del Registro Nacional :
"Siendo que la fecha de ejecución del acuerdo que ahora impugnamos en esta vía está próxima a llegar (1 de septiembre), y siendo que de ejecutarse efectivamente ese acuerdo se materializarían las inconstitucionalidades acusadas, solicitamos, de conformidad con el artículo 41 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, que como medida cautelar se ordene no cerrar definitivamente el sitio web www.registronacional.go.cr, a partir del 1 de septiembre de 2011, ni implementar el nuevo sitio web que se denominará www.rnpdigital.go.crhasta tanto no se resuelva por el fondo el presente recurso. PELIGRO EN LA DEMORA: La posible tardanza en la resolución del pres...
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