De Interés General

¿Conocía usted estas infracciones a la Ley de Tránsito?

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Salario base a aplicar en las nuevas multas de tránsito

Han salido publicadas en varios medios de comunicación, las  multas que con la entrada en vigencia de las reformas a la Ley de Tránsito están siendo aplicadas desde el lunes pasado.   Sin embargo, los montos de las multas que se establecen en dichas publicaciones no son uniformes, generando confusión.

Al respecto es importante tomar nota que en el Boletín Judicial del 21 de enero del año en curso, la Corte Suprema de Justicia publicó la Circular No. 007-10, en la que expresamente estableció que el salario base a aplicar para la definición de las multas por infracciones a la Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres, N° 7331 según las reformas introducidas por la Ley 8696, es de ¢ 293.400,00 (doscientos noventa y tres mil cuatrocientos colones exactos). Este monto corresponde al salario base mensual  que devenga el "Auxiliar Administrativo l" según la relación de puestos del Poder Judicial y que fuera así acordado en la Ley de Presupuesto Ordi...

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Definen valor de bienes únicos que no estarán afectos al impuesto sobre bienes inmuebles

El artículo 4, inciso e) de la Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles No. 7509 dispone que estarán exentos del pago de este impuesto,  los inmuebles que constituyan bien único de los sujetos pasivos (personas físicas) y tengan un valor máximo equivalente a cuarenta y cinco salarios base.  Asimismo, aquellos inmuebles que no obstante constituir bien único, su valor exceda del monto indicado, pagarán el impuesto sobre el exceso de la suma correspondiente.

Habiéndose definido para el presente 2010, el salario base del Oficinista I, reasignado en el Poder Judicial al Auxiliar Administrativo I, en la suma de ¢293,400.00 , la Dirección General de Tributación acordó en resolución 01-2010 que para todos aquellos bienes inmuebles únicos a que se refiere el artículo 4, inciso e) el monto no afecto será la suma  ¢13,203,000.00 (TRECE MILLONES DOSCIENTOS TRES MIL COLONES) .

Especialmente se ordena comunicar la presente res...

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Modifican mecanismo para la declaración y pago del impuesto solidario a las casas de lujo

El transitorio único de la resolución DGT-029-2009 establecía que todos aquellos sujetos pasivos del impuesto solidario para el fortalecimiento de programas de vivienda, creado mediante Ley No. 8683,  que tuvieran domiciliada  una cuenta cliente en el sistema conocido como Tribunet debían realizar el pago en forma electrónica a través de ese medio.

Sin embargo, aclara la Dirección General de Tributación que habiéndose presentado en los últimos días, situaciones de fuerza mayor que demoran y en algunos casos impiden el acceso  de los interesados a este mecanismo de pago, se establece que hasta tanto no se comunique una forma única de presentación de declaraciones y de pago, los contribuyentes de este impuesto podrán declarar y cancelar su importe utilizando los formularios en documento físico, D179 y D-110.   Ambos documentos estarán disponibles en todas las administraciones tributarias territoriales y en todas las entidades recaudadoras autorizad...

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Aumentan en un 0.17% aportes al Régimen del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte

Rige a partir del mes de enero de 2010

Según ha venido apareciendo impreso, desde hace algunos meses, en las propias órdenes patronales que mensualmente reciben los trabajadores,  se incrementa a partir del presente mes de enero,  en un 0.17%, el aporte que tanto patronos, como trabajadores y Estado deben realizar mensualmente al Régimen del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte.

Esta medida tiene como fundamento legal, el acuerdo que tomara  la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social, en el artículo 2º de la sesión Nº 8167, celebrada el 10 de julio del 2007,  plasmado en el  Transitorio XI del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte, que transcribimos más abajo para su mejor conocimiento.

Como puede observarse, el aumento que se establece en este transitorio es de medio punto porcentual por quinquenio; siendo que la distribución del mismo se efectúa entre las tres partes intervinientes, ...

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Aumentan salario base de los servidores públicos

Mediante Decreto Ejecutivo No. 35710-MTSS-H publico ayer jueves en el Diario Oficial La Gaceta, se autorizó un aumento general de un 2,80% en el salario base de todos los servidores públicos.  Dicho incremento aplicará sobre el salario base de las clases de puestos de los servidores públicos, según la determinación que para cada una de estas categorías realice la Dirección General de Servicio Civil. Aquellos componentes salariales que no estén en función del salario base de las diferentes modalidades de empleo, serán incrementados en el mismo porcentaje del aumento general aquí acordado, mediante resolución que, a dichos efectos emita la Dirección General de Servicio Civil.  Asimismo, se mantiene un el 8.19% sobre el salario total por concepto de salario escolar, el cual será cancelado siguiendo las regulaciones existentes.

El presente incremento se aplicará a los pensionados con cargo al Presupuesto Nacional, de acuerdo con lo que establezcan las l...

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Horario de vacaciones de algunas instituciones públicas

Para su conocimiento nos permitimos suministrarle a continuación el horario de vacaciones de algunas de las principales oficinas públicas del país:

Nombre de la instituciónÚltimo    día     de trabajoReinicio  de laboresArchivo Nacional18/diciembre/20094/enero/2010Registro Civil23, 29 y 30 de diciembre se laboran normalmente4/enero/2010Registro Nacional18/diciembre/20094/enero/2010Imprenta Nacional18/diciembre/20094/enero/2010Contraloría General de la República18/diciembre/20094/enero/2010Poder Judicial18/diciembre/20094/enero/2010Dirección Nacional de Notariado (**)18/diciembre/2009   ———Ministerios, Instituciones Autónomas y semi autónomas18/diciembre/20094 de enero/201...

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Declaración sobre clientes y proveedores deberá presentarse cada tres meses

El formulario D-151 que antes debían presentar los contribuyentes una vez al año para informar el nombre de aquellos proveedores y clientes con quienes se hubieran intercambiado bienes o servicios por sumas iguales o superiores a  dos millones quinientos mil colones fue sustituido por los siguientes dos formularios:

a- El D-153 Declaración trimestral de compras  y gastos específicos (alquileres, comisiones, servicios profesionales e intereses).

b- El D-154 Declaración trimestral de ventas y demás ingresos.

Ahora la presentación de estos formularios deberá hacerse en forma electrónica y cada tres meses, únicamente cuando el acumulado trimestral sea mayor o igual a un salario base vigente, en este momento establecido en la suma de doscientos veintiséis mil colones, y siempre que dicho importe no haya sido objeto de retención.   Se aclara además que cuando se trate de compras y ga...

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