A partir de hoy, las personas que deseen realizar consultas gratuitas de información sobre bienes inmuebles, muebles, personas jurídicas, etc. deberán ingresar a la página web www.rnpdigital.com en lugar del sitio www.registronacional.go.cr
Para realizar estas consultas gratuitas, el interesado debe registrarse previamente en el sistema, a fin de obtener un nombre de usuario y una clave de acceso que deberá digitar cada vez que requiera ingresar a esta página web. Expresamente se aclara que dicha inscripción no conlleva ningún costo económico. Para lograrlo, debe completar el formulario que se presenta en el siguiente link https://www.rnpdigital.com/shopping/registro.jspx
Después de llenar los datos requeridos, el interesado recibe en forma automática un mensaje en su cuenta de correo electrónico, desde la cual debe hacer clic en un link de activación para su inmediato ingreso al sistema.
Importante reformas que introducirá la Ley de Fortalecimiento Tributario
Por: Lic. Silvia Pacheco A.»Legalización de libros de actas estará a cargo del Registro Nacional»Eliminan legalización de libros contables»Nuevas regulaciones sobre traspasos exentos de bienes en fideicomiso»Traspasos "indirectos" de bienes inmuebles pagarán impuesto de traspaso» Compradores de bienes inmuebles deberán informar valor de la transacción a la Municipalidad respectiva--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
El Proyecto de Ley No. 18.041 denominado: Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria se aprobó en segundo debate y se encuentra en recolección de firmas del Directorio de la Asamblea Legislativa para su envío a Casa Presidencial, donde será sancionado por la señora Presidenta de la República como último paso antes de su publicación en La Gaceta y entrada en vigencia. Se le asignó como número de Decreto Legislativo el 9069, ...
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Por Lic. Silvia Pacheco A. (spacheco@masterlex.com)»Disposiciones especiales para contribuyentes que hayan realizado trámite de legalización antes del 1 de noviembre de 2011.»Administraciones tributarias no atenderán más consultas sobre legalización de libros___________________________________________________________________________________________________________________
Mediante DGT-R-016-2012 publicada hoy en La Gaceta, la Dirección General de Tributación aclara varios puntos relativos al trámite de legalización de libros a fin de simplificar aún más la obligación que tienen los comerciantes y corredores jurados de llevar esta documentación en debida forma.
Entre los objetivos principales de esta nueva Directriz, la Administración Tributaria se propone facilitarle a los contribuyentes la posibilidad de contar con el número de legalización en el momento mismo de inscripción en sus bases de datos.
Sobre la obligación de los profesionales de facturar electrónicamente
» Deberán contar para ello con firma digital
Varios Colegios Profesionales se encuentran estudiando un proyecto de resolución que la Dirección General de Tributación (DGT) les remitió en consulta y que tiene por objeto obligar a los profesionales liberales y las sociedades mercantiles y empresas individuales de responsabilidad limitada utilizadas por estos para la prestación de sus servicios profesionales, a emitir comprobantes de ingresos en forma electrónica. Para este propósito, los profesionales liberales deberán emitir factura electrónica, nota de crédito electrónica y nota de débito electrónica, en forma exclusiva como comprobantes para el respaldo de sus ingresos.
Si desea conocer el texto completo de este proyecto de resolución, descárguelo al final de esta nota.A continuación un breve resumen:
DEFINICION DE PROFESIONAL LIBERAL Se conceptualiza dentro del proyecto al profesional liberal como la persona que ejerce una profesión agrem...
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A la fecha, entre amparos y acciones de inconstitucionalidad, aproximadamente sesenta recursos se han presentado contra la Ley 9024 de Impuesto a las Personas Jurídicas publicada en diciembre del 2011 y vigente desde el 1 de abril del año en curso. La mayoría han sido rechazados de plano; otros se encuentran aún en estudio de admisiblidad. Por primera vez, el pasado 8 de agosto, la Sala Constitucional dio curso para resolver por el fondo uno de los dos alegatos planteados en la acción de inconstitucionalidad que se tramita bajo el número 12-008295-0007-CO. (Descargue al final de esta nota, el texto completo de dicha resolución.)
Fueron los argumentos base de la acción los siguientes: 1) Violación de los artículos 184 y 185 de la Constitución Política por parte de los numerales 10 y 11 de la Ley 9024 en cuanto infringen el principio de caja única del Estado, y 2) Violación del artículo 45 de la Constitución Política por la interpretaci...
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