De Interés General

Promueven proyecto de ley para autorizar publicidad comparativa

Con el número de expediente 19.295, se está gestionando en la Asamblea Legislativa el Proyecto: "Ley Reguladora de la Publicidad Comparativa" que tiene como finalidad autorizar la utilización de este tipo de publicidad en cualesquiera de los diferentes medios de comunicación social.

De acuerdo con la definición prevista en el numeral 2 del Proyecto, se entiende como "publicidad comparativa" cualquiera de las siguientes modalidades:

a) Comparativa directa: Aquella que se fundamenta en la demostración de las calidades o atribuciones técnicas de un determinado bien o servicio en base a una comparación directa con las de otro producto similar plenamente identificado.

b) Comparativa indirecta: Aquella que sin hacer comparaciones técnicas de ningún tipo, muestra características de otro tipo de algún producto similar plenamente identificado.

c) Compar...

SEGUIR LEYENDO

Definen “salario base” que regirá durante el 2015 para la aplicación de penas, multas de impuestos

Mediante Circular del Consejo Superior del Poder Judicial, No. 260-2014, se comunica a todas las autoridades judiciales del país, abogados y público en general que el Consejo Superior del Poder Judicial estableció en la suma de ¢403.400.00 (cuatrocientos tres mil cuatrocientos colones exactos), el salario base que servirá como parámetro durante el 2015 para la determinación de diversas penas establecidas en el Código Penal, así como otras multas e impuestos contenidos en normas que utilizan ese mismo salario como referencia.

El acuerdo se tomó en la sesión 106 el pasado  9 de diciembre y se encuentra pendiente de publicación en La Gaceta.

Tiene como fundamento lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley N° 7337 de 5 de mayo de 1993, que transcribimos a continuación para su mejor conocimiento:

Artículo 2.- La denominación "salario base", contenida en los artículos 209, 212, 2...

SEGUIR LEYENDO

Horario de vacaciones de algunas instituciones del país

Para su conocimiento nos permitimos indicarle a continuación el horario de vacaciones de algunas  instituciones del país para este fin de año:

Nombre de la institución

Último    día     de trabajo

Reinicio  de labores

Archivo Nacional Viernes 19 de diciembre Lunes 5 de enero de 2015Registro Civil Martes  23 de diciembre Lunes 5 de enero de 2015Registro Nacional  (salvo algunas oficinas)(*) Viernes 19 de diciembre Lunes 5 de enero de 2015Poder Judicial  (salvo algunas oficinas)(**) Viernes 19 de diciembre Lunes 5 de enero de 2015Dirección Nacional de Notariado Viernes 19 de diciembre Lunes 5 de enero de 2015Artes Gráficas S.A. (obtención papel de seguridad notarial) (***) Viernes 19 de diciembre Lunes 5 de enero de 2015 (*) En la sede central del Registro Nacional y en la sede Regional de Limón se brindarán servicios de salidas del país, reposición de título de ...

SEGUIR LEYENDO

Actividad o inactividad de sociedades no será establecida por Tributación para efectos del pago del impuesto a la Ley 9024

Mediante  DGT-R-48-2014, publicada hoy en La Gaceta, la Dirección General de Tributación se declara incompetente para manifestarse sobre el estado  activo o inactivo de las personas jurídicas a que se refiere el artículo 3 de la Ley Nº 9024 (de impuesto a las personas jurídicas), por lo que toda consulta o gestión que ingrese a dicha dependencia, solicitando información para efectos de la norma indicada, será declarada inadmisible de conformidad con lo establecido en los artículos 8, 9 y 10 de la Ley Nº 9097, Ley de Regulación del Derecho de Petición.

Asimismo dispone que la única información que podrá remitir al Registro Nacional relacionada con este impuesto, es la que tiene que ver con las personas jurídicas previamente clasificadas como micro y pequeñas empresas e inscritas como tales en el registro que al efecto lleva el Ministerio de Economía, Industria y Comercio, según lo compruebe el Registro Nacional ante esta Dirección.    Lo ante...

SEGUIR LEYENDO

Actualizan listado de valores de vehículos, buques y aeronaves

El artículo 9 de La Ley 7088, que crea el impuesto a la propiedad de vehículos, embarcaciones y aeronaves, establece que  dicho tributo deberá pagarse cada año sobre el valor que tengan los bienes en el mercado interno en el mes de enero, según lista que debe emitir el Poder Ejecutivo mediante decreto, y de conformidad con la tabla que establece la Ley respecto al valor y la tasa mínima.

La última “Lista de Valores” fue publicada en La Gaceta número 239 del 11 de diciembre de 2013.

Según se establece en los CONSIDERANDOS del Decreto en comentario:   "A partir de esa fecha (11 de diciembre de 2013), el mercado interno  de estos bienes ha experimentado  una serie de alteraciones que inciden directamente en el valor consignado en la citada lista, además de que se han realizado tasaciones individuales, modificaciones, actualizaciones e inclusiones de valores, que deben ser en ella comprendidos."

Todos somos Keylor

En marzo del año pasado entró en vigencia el Reglamento a la Ley de Protección de Datos bajo el número de decreto ejecutivo 37554-JP, el cual, junto con la conformación de la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (PRODHAB) dieron el banderazo de salida para la aplicación de este nuevo régimen de responsabilidad, creado mediante la Ley No. 8968, en setiembre de 2011. Así lo comentamos en este mismo blog en nuestra nota:   Nuevo Reglamento a la Ley de Protección de Datos. 

Sobre este tema nos permitiremos retransmitir en las próximas semanas, interesantes comentarios preparados por don Juan Ignacio Zamora Monte de Oca, Máster en Derecho de Tecnologías de la Información y Propiedad Intelectual, quien gentilmente ha accedido a compartirlos para beneficio de toda nuestra estimable comunidad de suscriptores.

Transcribimos a continuación el primero de ellos intitulado:  "Todos somos Keylor" -----------------------------------

SEGUIR LEYENDO

Efecto tributario de no reportar salarios a la C.C.S.S.

El Máster José Miguel García, Supervisor de Impuestos del Grupo Camacho, conocida firma de consultoría internacional, gentilmente nos autorizó a publicar este interesante artículo sobre un tema que atañe a muchos.

-------------------------------------------------

"Recientemente, en los medios de comunicación se nos informó que entre los meses de enero y julio de 2014, la Caja Costarricense de Seguro Social (C.C.S.S.) cerró 78 negocios de patronos morosos por deudas con las cuotas obrero-patronales, las cuales ascendían a un monto de ¢2.395 millones. Por otro lado, la C.C.S.S ha realizado un total de 2.595 procedimientos de cierre a patronos por las deudas que estos presentan; cuyos montos ascienden a la suma de ¢9.719 millones, en el mismo periodo.

La morosidad se puede originar por dos situaciones, la primera por no reportar los salarios a la C.C.S.S, que implica la omisión de las cargas obrero-patronales, y segundo...

SEGUIR LEYENDO

Porcentajes de cotización a la CCSS subirán a partir del 1 de enero de 2015

La Caja Costarricense de Seguridad Social está avisando en varios medios de comunicación, tanto a patronos como trabajadores, sobre el incremento que regirá a partir del próximo 1 de enero de 2015 en los porcentajes de cotización al Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte, según se encuentra establecido en el Transitorio XI del Reglamento de dicho seguro.

El indicado Transitorio contiene el detalle de los incrementos que han sufrido estos porcentajes desde diciembre de 2009, con el objeto de llegar  en el año 2035, a una cotización máxima de 5.75% en lo que a  la cuota patronal se refiere y un 3.50% en lo correspondiente a la cuota obrera.

Los incrementos se han venido produciendo por quinquenios.   Para el  que corre de enero 2015 a diciembre de 2019, el porcentaje patronal a este seguro que actualmente es de 4.92% se incrementa a un 5.08% y el porcentaje obrero pasa de un 2.67% a un 2.84%.

  +506 2280-1370
  +506 2280-1370
  ventas@cr.tirant.com.