De Interés General

Reglamentan huelga en servicios públicos esenciales

Se publicó el jueves pasado en La Gaceta, el Decreto Ejecutivo 38767-MP-MTSS-MJP denominado Reglamento al artículo 375 del Código de Trabajo,  con el objeto de precisar la definición de "servicios públicos esenciales" y la actuación que debe tener la Administración frente a escenarios en donde hayan intentos fácticos de huelga que puedan venir a perjudicar la plena y sana prestación de dichos servicios.

El artículo 375 del Código de Trabajo dispone que:  "No será permitida la huelga en los servicios públicos. Las diferencias que en éstos ocurran entre patronos y trabajadores, así como en todos los demás casos en que se prohíbe la huelga, se someterán obligatoriamente al conocimiento y resolución de los Tribunales de Trabajo".

De esta manera,  se define a los "servicios públicos esenciales" como aquéllos cuya paralización ponga en peligro los derechos a la vida, la salud y la seguridad pública, el transpo...

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Más sobre el voto de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas

Agradecemos al Lic. Edgardo Campos, autor de la acción de inconstitucionalidad que ayer fue declarada parcialmente con lugar,  por hacernos llegar  las siguientes reflexiones:

"Al interponer la acción, sin duda dediqué un largo motivo a los vicios procedimentales en el trámite legislativo de la Ley, en particular consideré que medió un exceso en el derecho de enmienda de los diputados (as) al darse aprobación en el Plenario a un texto muy distinto del que se mandó a publicar por la Comisión de Hacendarios; tal proceder violentó de modo grosero el principio democrático en especial -como se ha dicho ya en este foro- al tratarse de materia tributaria.

No obstante, el Voto 1241-2015 cuyo “Por Tanto” ya conocimos, deja una estela de dudas que deberán provocar una adición y aclaración en la que me encuentro trabajando.

En primer término, es inaceptable que se declare con lugar la...

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Comunicado de prensa sobre inconstitucionalidad del impuesto a las personas jurídicas

Nos permitimos copiar a continuación en su tenor literal, comunicado de prensa que esta tarde emitió la Sala Constitucional sobre el voto que declaró parcialmente inconstitucional la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas:

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Mediante el Voto No. 2015-1241, la Sala Constitucional, por mayoría, declaró inconstitucional artículos fundamentales de la Ley del Impuestos a las Personas Jurídicas No. 9024 de 23 de diciembre de 2011. La inconstitucionalidad deriva de la infracción al principio básico del Estado Constitucional de Derecho, cometida por la Asamblea Legislativa durante la tramitación del proyecto de ley, ya que, se publicó un proyecto y luego, a través de uno sustitutivo que nunca fue publicado, se variaron cuestiones esenciales del impuesto, relativas a los sujetos pasivos (obligados) y tarifa, asimismo, en ese texto sustitutivo, nunca publicado, se introdujeron sanciones no previstas en el proyecto de ley original. La Sal...

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Declaran nulidad parcial de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas

Temprano esta tarde, les  hicimos llegar un comentario sobre la acción de inconstitucionalidad 12-016277-0007-CO y la posibilidad de que fuera sometida a votación, en los próximos días, por los señores Magistrados de la Sala IV.

No nos imaginamos que dicho fallo se había producido esta misma mañana a las 11:31 a.m.   Se trata del voto 1241-2015.

Transcribimos a continuación el POR TANTO de la resolución, que es el único texto disponible al público en este momento:

"Por unanimidad, se rechaza de plano la acción planteada en cuanto se dirige contra los artículos 2, 3 en parte, 4, in fine, 6, 7 y 8 de la citada Ley 9024, así como por la infracción del artículo 190 de la Constitución Política. Por mayoría, se declara parcialmente con lugar la acción planteada y en consecuencia se anulan los artículos 1, 3 y 5 de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas número 9024 ...

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Sobre la acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas

A tan solo tres días de que concluya el plazo para efectuar el pago sin multas del impuesto a las personas jurídicas correspondiente al presente año 2015, hemos recibido gran cantidad de llamadas de estimados suscriptores interesados en conocer el status del recurso que se encuentra pendiente de resolución por parte de la Sala Constitucional.  Se trata de la acción de inconstitucionalidad número 12-016277-0007-CO interpuesta por el Lic. Edgardo Campos Espinoza y a la que se dio curso para estudio de fondo en febrero del año 2013.

Esta semana, don Edgardo nos hizo llegar gentilmente, copia de la gestión de inhibitoria que con fecha 14 de enero presentaron los Magistrados Ernesto Jinesta, Luis Fernando Salazar y Nancy Hernández ante el Presidente de la Sala Constitucional, Magistrado Gilbert Armijo.

Los tres señores magistrados plantearon la conveniencia de inhibirse del conocimiento y resolución del proceso por tener pa...

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Creación de Registro de Accionistas sería mediante decreto ejecutivo

En febrero del año pasado se publicó en la página web del Ministerio de Hacienda, un proyecto de reglamentación que pretendía obligar a todas las sociedades inscritas en el Registro Mercantil a suministrar información referente a sus accionistas.   Ver al respecto PROYECTO PRETENDE OBLIGAR A SOCIEDADES A INFORMAR SOBRE SUS ACCIONISTAS.

Ahora encontramos que desde la semana pasada, en el mismo sitio web (www.hacienda.go.cr)  para la consulta pública y opinión de todos los interesados, aparece un Proyecto de Decreto Ejecutivo, denominado:  "Creación del Registro de Accionistas para sociedades"

Comparando ambas propuestas de reglamentación, pareciera que lo que se pretende con el Decreto Ejecutivo es dotar a la Dirección General de Tributación, de un marco jurídico que le permita gestionar la conformación de dicho Registro, con los datos que ella misma considere necesarios.  Algunos de los que se citan en el proye...

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Rigen en cuatro meses, nuevos requisitos de incorporación al Colegio de Abogados

Se publicó ayer en La Gaceta, el Reglamento de Deontología Jurídica, Vigilancia y Excelencia Académica que busca asegurar que los nuevos agremiados tengan el dominio de conocimiento indispensable para el óptimo ejercicio de la profesión.  Lo anterior, a través de un curso de Deontología Jurídica y de un examen escrito, de cuya aprobación dependerá la incorporación de los egresados universitarios al Colegio de Abogados.

De la exposición de motivos que como introducción aparece al inicio de este nuevo Reglamento, nos permitimos destacar lo siguiente:

"La sociedad costarricense necesita y merece no solo expertos con conocimientos propios de la profesión, sino que además brinden esos servicios de forma ética. (Arce I, 2006) 

La complejidad de la sociedad provoca que ante las demandas que reclama, las profesiones se tienen que adaptar a nuevos desafíos sociales y tecnológicos,...

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Detectan inconsistencias en montos a pagar de impuesto a las personas jurídicas

Esta semana, varios estimados suscriptores nos han reportado inconsistencias en los montos que aparecen al cobro en relación con algunas sociedades, en el sistema del Banco de Costa Rica por concepto de impuesto a las personas jurídicas.

Hemos logrado comprobar que mientras en el portal del Registro Nacional (www.rnpdigital.com) los montos reflejados corresponden correctamente al estado de estas sociedades así sean ACTIVAS o INACTIVAS, al momento de intentar realizar el pago en el Banco de Costa Rica, las tarifas a pagar aparecen invertidas.

El MPI. Agustín Meléndez, Subdirector General a.i. del Registro Nacional, atendió nuestra consulta y nos informará lo que logren determinar en relación con estas inconsistencias entre el sistema del Registro Nacional y del BCR.

Gentilmente nos resumió el procedimiento que sigue esta institución para establecer el status de cada sociedad así como ...

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