De Interés General

Habilitan pagos de períodos morosos por orden de antigüedad del impuesto a las personas jurídicas

En la plataforma del Banco de Costa Rica (www.bancobcr.com), único ente autorizado para recaudar el impuesto a las personas jurídicas,  resulta posible ahora realizar el pago , en forma independiente,  de cada período adeudado por orden de antigüedad.    Anteriormente los contribuyentes estaban obligados a cancelar el total de este tributo, así fuera un solo período o los cuatro períodos al cobro desde su creación en el año 2012.

Dicha restricción del sistema había sido muy cuestionada por contravenir lo dispuesto en el art. 39 del Código Tributario que obliga a la Administratación Tributaria a recibir pagos parciales.

De esta forma, se facilita a las sociedades morosas la posibilidad de ir cancelando los períodos adeudados conforme su capacidad de pago de les permita, evitando así que por lo menos en esos períodos, se sigan acumulando las multas correspondientes.

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Sistema de Garantías Mobiliarias violentaría principios de igualdad y neutralidad tecnológica

Mediante resolución de las 10:02 hrs del pasado 13 de noviembre, la Sala Constitucional confirió audiencia al Ministerio de Ciencia y Tecnología y Telecomunicaciones así como al Registro Nacional para que se refieran al recurso de amparo formulado por el Lic. Jaime Amador Hasbun contra el Sistema de Garantías Mobiliarias, creado al amparo de la Ley 9246 y en operación desde mayo de este año.

Alega el recurrente que el acceso a dicha plataforma mediante firma digital, está vedado a los usuarios del sistema operativo Macintosh lo cual es violatorio del Principio de Igualdad consagrado en el art. 33 de la Constitución Política.  Se contravienen además los Principios de Neutralidad Tecnológica y de Interoperatividad al imponerse exigencias técnicas que limitan injustificadamente la utilización del sistema solo a los usarios de Windows.

El Registro Nacional contestó que siendo el MICITT el órgano administrador, cer...

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Sobre el caso reciente del matrimonio de dos mujeres

Se ha comentado mucho en estos  días sobre el otorgamiento notarial de un matrimonio entre dos muchachas.  Del Tribunal Supremo de Elecciones nos hicieron llegar la resolución que corrigió el error en la inscripción del nacimiento de una de ellas, para que se lea correctamente que es de sexo femenino y no masculino.  (VER RESOLUCIÓN)

Aunque también lo solicitamos, no hemos obtenido copia del acuerdo o la directriz que sirvió de base para eliminar, de la base de datos del Registro Civil, la indicación propiamente del matrimonio, pues tenemos entendido que la anulación del mismo correspondería ser ordenada por un juez de familia.

Igualmente estaremos atentos a cualquier resolución por parte de la Dirección Nacional de Notariado relativa al actuar del Lic. Marco Castillo, como nos ha sido solicitado por varios estimados suscriptores interesados en conocer sobre la eventual responsabilidad notarial por el otorgamiento...

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Consejo Superior Notarial resuelve tres consultas de interés

¿Pueden los notarios suscribir razones de certificación notarial con firma digital?

Mediante acuerdo 2015-008-006, el Consejo Superior Notarial responde las siguientes inquietudes:

"a. Primera consulta: Se puede utilizar la firma digital en lugar de la firma manuscrita para que la razón de certificación notarial conste por medios electrónicos y así prescindir de su impresión en papel. Respuesta: No se puede aún, por las razones siguientes: En este momento no existen a nivel de la Dirección Nacional de Notariado los desarrollos tecnológicos adecuados para el uso de la firma digital y de la certificación de información en dispositivos electrónicos.

b. Segunda pregunta: En caso de que se presente para certificar información en dispositivos electrónicos tales como CD o llave maya, se podría agregar en físico la razón de certificación sin necesidad de imprimir la información contenido en el dispositivo. Respuesa: N...

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Hacienda lanza nuevo portal para presentación de declaraciones de renta y otros

Entró en funcionamiento este 4 de octubre, el nuevo sitio del Ministerio de Hacienda denominado: Administración Tributaria Virtual (ATV) con el objeto de facilitarle a los obligados tributarios el cumplimiento de los deberes formales y materiales establecidos en la normativa tributaria.

La  Administración Tributaria podrá además realizar, válida y legalmente, a través de ATV, notificaciones a los contribuyentes,  según lo dispone el  inciso b) del artículo 137 del Código Tributario.   Para ello, se reserva el derecho de publicar avisos o cualquier otro tipo de comunicados en el buzón electrónico que el sistema le genera a cada usuario.

Para la utilización de la plataforma no se requiere la instalación de programas (software) ni de actualizaciones de los mismos como sucedía con el anterior sistema Eddy-7   El interesado solamente debe ingresar a la dirección https://www.hacienda.go.cr/ATV/Login.aspx y crea...

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Nuevos tramos de renta para el período 2015-2016

Se publicaron en La Gaceta  del viernes pasado, los nuevos tramos de la renta establecidos en los numerales 15, 33 y 34 de la Ley de Impuesto sobre la Renta los cuales regirán para el período fiscal 2015-2016.  Igualmente se modifican los créditos fiscales que podrán aplicar los contribuyentes al monto del impuesto que les corresponda cancelar.

 

A continuación, cuadros comparativos entre los montos de los tramos y de los créditos que rigieron para el período fiscal 2014-2015 y los que deberán aplicarse a partir del mes de octubre de 2015.

 

A.- Impuesto único de rentas percibidas por trabajo personal o remunerado por s...

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Colegio de Abogados se opone a directriz del Consejo Superior Notarial

En su tenor literal, transcribimos  AVISO que esta mañana nos remitió el Colegio de Abogados y que se encuentra también publicado en el siguiente link en su página web:https://gallery.mailchimp.com/aa8e24208e2283a57b7b9ab0f/images/303aedba-41be-4746-a4b8-d9191402a850.png

COLEGIO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA  se opone a la directriz de la Dirección Nacional de Notariado que incluye un nuevo requisito para ejercer el notariado.

El Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica respeta y apoya el régimen de seguridad social costarricense.  La institución considera que es deber de todas las personas que trabajan de forma remunerada contribuir con el sostenimiento del régimen.

Sin embargo,el Colegio se opone al acuerdo número 2015-022-003 del Consejo Superior Notarial y  a la Directriz CSN-0012015 de la Dirección Nacional de Notariado, en las cuales se establece que para ser Notario Público en ejercicio es nec...

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Examen de excelencia verificará idoneidad académica de candidatos a abogados

Agradecemos al Lic. Eduardo Calderón Odio, Presidente del Colegio de Abogados y Abogadas, su artículo sobre un tema que ha generado mucho interés no solo entre los profesionales en Derecho sino a nivel nacional.    Lo transcribimos a continuación para su mejor conocimiento:

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"Setiembre, 2015. Desde su creación, el Colegio ha estado legal y éticamente comprometido con la sociedad costarricense en la promoción de la idoneidad del ejercicio profesional de los abogados. La sociedad costarricense requiere un ejercicio de las ciencias jurídicas de calidad, tanto en la función pública como en el campo liberal.

Nuestra profesión está llamada a contribuir en el fortalecimiento del Estado de derecho, en la búsqueda de la equidad y la justicia y a coadyuvar en la realización del derecho de acceso a la justicia.

El fortalec...

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