De Interés General

Nuevas directrices del Registro de la Propiedad Industrial

Se publicaron en La Gaceta recientemente, dos Directrices del Registro de la Propiedad Industrial.

La primera de ellas, número DPI-001-2016 modifica parcialmente la Directriz 001-2014 relativa a la cancelación de timbre fiscal en trámites varios.

Concretamente, se reduce de seis meses a diez días hábiles el tiempo que se concederá al interesado para que complete la omisión en el pago de timbre fiscal, so pena de abandonarse los trámites relativos a marcas y otros signos distintivos. En el caso de los trámites de patentes, dibujos, modelos industriales y modelos de utilidad, la directriz establece también un plazo de diez días hábiles, en lugar de los tres meses que antes regían, para que se subsane la prevención de falta de timbres.

La medida se toma "... a efecto de garantizar la celeridad procesal permitiendo un proceso registral sin dilaciones indebidas, y en aras de asegurar el mejor cumplimiento posible de l...

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SIETE CONSEJOS PARA INCREMENTAR LAS POSIBILIDADADES DE GANAR UNA LICITACIÓN

Agradecemos al Msc. Juan Carlos Pizarro Corrales, Máster en Derecho Comercial y especialista en contratación administrativa y en regulación de servicios públicos, este interesante artículo sobre un tema de mucho interés para nuestros suscriptores empresarios así como para los colegas que se dedican a la asesoría de procesos licitatorios.

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"No hay fórmulas mágicas para ganar una licitación y tampoco se pueden ganar todas, pero sí es posible presentar ofertas sólidas y competitivas con mayores posibilidades de que su empresa resulte adjudicada del contrato deseado si se prepara a través un proceso bien pensado y eficiente.

¿Se ha puesto a pensar cuántas veces participa en licitaciones y cuántas veces gana? ¿Cuántas veces ha visto que la adjudicación de un contrato importante se le ha ido de las manos por una apelación? ¿Cuántas veces su ofe...

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Propiedad en condominio. Adquisición de bienes comunes.

Agradecemos al Lic. Carlos Cartín Feoli,  este valioso aporte sobre un tema de frecuente consulta dentro del Régimen de la Propiedad en Condominio, que conviene abrir al intercambio de ideas y de posibles soluciones.

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"El artículo 27 de la ley 7933 del 28 de octubre de 1999, conocida como Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio, establece dentro de su numeral 27, el número de votos necesarios para adquirir nuevos bienes comunes. Según el inciso b).3 de dicho artículo, para “adquirir nuevos bienes comunes, variar el destino de los existentes o disponer en cualquier forma el modo en que pueden aprovecharse” se hace necesario contar con los votos que representen al menos dos terceras partes del total del valor del edificio. Dicho de otro modo, se requieren dos terceras partes del valor porcentual de la totalidad del condominio.

Ni la ley 7933 ni su Reglamento, e...

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“Doble cotización” a la CCSS de los notarios pensionados y asalariados

Hace unos meses se comentó mucho en este blog sobre la obligación que tienen los pensionados de cotizar para el seguro de salud cuando realizan actividades remuneradas, ello a pesar de  contar ya con su derecho a gozar de los servicios de salud en virtud, justamente, de su condición de pensionados.  Igualmente muchos colegas,  asegurados como asalariados, se cuestionaban la razón de tenerse que asegurar - otra vez - como trabajadores independientes, y finalmente no faltaron los que cuestionaban en sí misma,  la constitucionalidad de las normas que obligan a todos los trabajadores liberales,  a  asegurarse ante la CCSS.

La discusión surgió con motivo de una directriz de la DNN sobre la obligación de los notarios de asegurarse ante la CCSS  como trabajadores independientes.  http://www.puntojuridico.com/notarios-deben-estar-inscritos-ante-la-ccss-para-ejercer-el-notariado/

Agradecemos a la Lic. Vilma Camacho por re...

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Fijan límite que regirá en el 2016 para la exoneración del impuesto a la propiedad sobre bienes inmuebles

Mediante resolución RES-DGH-ONT-001-2016, publicada el pasado 29 de enero en La Gaceta, la Dirección General de Hacienda definió para el período 2016 que todos aquellos inmuebles que constituyan bien único de los sujetos pasivos – personas físicas – y cuyo valor, registrado en la respectiva Municipalidad, no exceda de ¢19,089,000 (diecinueve millones ochenta y nueve mil colones ) estarán exentos del pago del impuesto a la propiedad sobre bienes inmuebles. Asimismo, aquellos bienes que no obstante constituir bien único, su valor exceda del monto indicado, deberán, pagar el impuesto pero calculado sobre el exceso de la suma indicada.

Esta disposición encuentra su fundamento legal en el artículo 4, inciso e) de la Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles, No. 7509 de 9 de mayo de 1995:

“Artículo 4.- Inmuebles no afectos al impuesto

No están afectos a este impuesto: (…)

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Regulan función de los notarios como registradores auxiliares

Copiamos a continuación el siguiente comunicado de la Dirección Nacional de Notariado:

"AVISO 

DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

A solicitud del Registro Civil, les informamos a todos los notarios, que mediante el acuerdo adoptado en el artículo quinto de la sesión ordinaria N° 103-2015 del 24 de noviembre de 2015, del Tribunal Supremo de Elecciones y el Registro Civil, fue aprobado el Decreto 25-2015 Reglamento para Personas Registradoras Auxiliares. Lo anterior con el fin de dar cumplimiento con la disposición emitida por la Contraloría General de la República,  publicada en La Gaceta N°232 del 30 de noviembre del 2015.

Este reglamento se emite con el fin de que las personas registradoras auxiliares realicen sus actividades, tales como completar formularios para declaración de matrimonio, bajo procedimientos de control estandarizados y definidos."<...

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Publican proyecto de nueva Ley de impuesto a las Personas Jurídicas

En diciembre pasado comentamos sobre el Proyecto de Ley No 19818 presentado por el Presidente Luis Guillermo Solís a la corriente legislativa, el cual derogaría por completo los artículos todavía vigentes de la Ley 9024 de Impuesto a las Personas Jurídicas y establecería nuevamente la obligación de pago de este impuesto.

Se publica hoy en La Gaceta el texto completo del proyecto de ley.  Si desea conocerlo haga clic a continuación:  VER PROYECTO DE LEY 19818

Como justificación de este intento por revivir el tributo, nos permitimos copiar de su exposición de motivos lo siguiente:

"(...) Una de las medidas que se ha considerado oportuna dentro de ese conjunto de acciones legales que está proponiendo el Poder Ejecutivo, tendientes a coadyuvar en la mejora y depuramiento de la estructura tributaria para conseguir un esquema justo y solidario es la creación de un impuesto anual (....

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Conozca sobre la nueva Ley de Reforma Laboral Procesal

Se publicó esta semana la Ley de Reforma Procesal Laboral.   A partir del lunes podrá consultarla en nuestras bases de datos.

Si desea descargar su texto ahora puede hacer clic a continuación:  LEY REFORMA PROCESAL LABORAL

Agradecemos al M. Sc. Ronald Gutiérrez, asociado de BDS ASESORES, reconocida firma de expertos laboralistas,  quien gentilmente nos brindó el siguiente comentario sobre esta importante norma.

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"El pasado lunes 25 de enero en el Diario Oficial La Gaceta N° 16, Alcance N° 6, se publicó la Ley número 9343 denominada “Reforma Procesal Laboral”. Esta normativa es la modificación legislativa de mayor relevancia al Código de Trabajo que data del año 1943. Esta Reforma comprende cambios de importancia en tres ejes: a) Derecho Laboral Individual, b) Derecho Laboral Colectivo y c) Derecho Labor...

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