Empleadores con más de 10 colaboradores deben registrarse ante el Consejo de Salud Ocupacional
Todas las personas empleadoras, sean de Derecho Público o Derecho Privado, dependiendo del número de trabajadores en sus centros de trabajo, quedan obligadas a constituir y a mantener, ya sea Comisiones o bien, Departamentos de Salud Ocupacional.
Resumimos a continuación algunos de los aspectos más relevantes:Aplicación: Centros de trabajo con 10 y hasta 50 trabajadores deben conformar Comisiones de Salud Ocupacional, mientras que los que tienen 51 trabajadores o más, conformarán Departamentos de Salud Ocupacional. Empresas o instituciones con más de un centro de trabajo, deben crear comisiones independientes para cada uno de sus centros, siempre que se superen las cantidades mínimas de trabajadores indicadas. Inscripción digita...