De Interés General

DGT establece requisitos para autenticaciones de firma por abogado y por notario

Con el número DGT-R-08-2018 se publicó en La Gaceta, la resolución denominada: Requisitos para realizar todo tipo de trámites ante la Dirección General de Tributación relacionado con la acreditación, representación y el mandato, y con la autenticación de firmas.

Sobre el contenido de esta directriz, ya nos habíamos referido en este mismo blog hace algunas semanas, cuando la DGT hiciera del conocimiento público el proyecto de resolución, a fin de que los interesados pudieran sugerir mejoras o cambios. ( VER NOTA)

Clientes de Master Lex pueden solicitarnos el texto finalmente aprobado a la dirección de correo electrónico: legal@masterlex.com   También lo encontrarán disponible en sus bases de datos de Resoluciones Administrativas en pocos días.

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Nos parece interesante destacar hoy los requisitos que específicamente...

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COSEVI habilita nuevamente consulta pública de infracciones

Muchos estimados colegas celebran que a partir de hoy,  el COSEVI habilitara nuevamente la consulta pública de infracciones.

Solamente se requiere digitar el número de placa del automotor para conocer las infracciones  registradas bajo esa matrícula.

El COSEVI cumple de esta manera con la orden que le diera la Sala Constitucional en respuesta a los recursos de amparo interpuestos contra la decisión de restringir esta consulta solamente  a los titulares de los vehículos.

“POR TANTO: Se declara con lugar el recurso. Se ordena a Cindy Coto Calvo, en su condición de Directora Ejecutiva del Consejo de Seguridad Vial, o a quien ocupe ese cargo, que restablezca la consulta de infracciones en los términos y dentro del plazo determinado en la sentencia de esta Sala Nº 2017-20726 de las 9:15 horas de 22 de diciembre de 2017. Se advierte a la autoridad recurrida, que de no acatar la orden dicha, incurrirá en el delito de desob...

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Reanudó este mes de febrero obligación de sociedades de presentar D-140

Como ya es conocido, con la entrada en vigencia de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas No. 9428 en setiembre del año pasado, surgió para todas las sociedades vigentes a ese momento, y que no se encontraban inscritas ante Tributación, el deber de presentar el formulario D-140 denominado: Declaración de Modificación de Datos del Registro de Contribuyentes.

Esta obligación surgió en virtud de que todas las sociedades existentes, a pesar de no tener actividad comercial, ni tributaria,  debieron ser registradas de oficio en el sistema de la Dirección General de Tributación a fin de que pudiera serles cobrado dicho impuesto a las personas jurídicas.  Se hizo necesario, por lo tanto, que aportasen ciertos datos mínimos para completar, dentro del sistema tributario, su condición de contribuyentes en lo que a este tributo específico se refiere  (nombre del representante legal, correo electrónico, domicilio fiscal).

Hacienda habilita herramienta para consulta de omisos y morosos

En diciembre pasado, el Ministerio de Hacienda puso a disposición del público, una nueva herramienta para que los contribuyentes puedan verificar su condición tributaria, conocer quiénes están en situación de incumplimiento con el Fisco y para impedir, que quienes estén en esa condición, puedan realizar negocios con el Estado u obtener autorización de otros trámites en instituciones públicas.

"Morosidad Tributaria" es el nombre que recibe este nuevo servicio de consulta pública.Puede ingresar a él haciendo clic a continuación:

  https://www.hacienda.go.cr/ATV/frmConsultaSituTributaria.aspx

Para los notarios es especialmente importante contar con esta herramienta a fin de cumplir con lo dispuesto en la Ley 9428 de Impuesto a las Personas Jurídicas,  que los obliga a consignar en las certificaciones literales o de personería,  la morosidad de las sociedades en el pago de dicho tributo.

En consulta pública proyecto sobre inscripción ante la SUGEF de abogados que realicen actividades controladas por la Ley de Estupefacientes

Rigen desde hace ya más de diez años, regulaciones que obligan a las personas, tanto físicas como jurídicas que realizan ciertas actividades descritas en el artículo 15 de la Ley de Estupefacientes No. 7786, a inscribirse ante la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF) al considerarse que deben ser supervisadas por dicha entidad a fin de prevenir delitos relacionados con la legitimación de capitales y el financiamiento al terrorismo.

Entre esas actividades están por ejemplo, operaciones sistemáticas o sustanciales de canje de dinero y transferencias mediante instrumentos, tales como cheques, giros bancarios, letras de cambio o similares; transferencia de cheques de viajero o giros postales; transferencias sistemáticas sustanciales de fondos realizadas por cualquier medio; administración de recursos por medio de fideicomisos o de cualquier tipo de administración de recursos, efectuada por personas jurídicas, que no sean intermediarios fin...

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Jurisprudencia de la Sala IV y eficacia Autoaplicativa de los fallos y opiniones consultivas de la CIDH

Agradecemos a don Javier Madrigal Acosta,  Licenciado en Derecho, abogado litigante, académico y profesor universitario, esta interesante reflexión sobre un tema de tanta actualidad.

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El Derecho Internacional de Derechos Humanos ( DIDH ), jerarquiza, la fuerza y resistencia constitucional para que los tribunales comunes, incluyendo a la propia Sala Constitucional resuelvan los casos concretos presentados ante dichos despachos judiciales. Así el DIDH puede invocarse directamente ante los tribunales comunes y la Sala Constitucional.

La Ley de la Jurisdicción Constitucional, expresamente dispone en su artículo 73, la procedencia de la acción de Inconstitucional, como remedio jurídicamente viable, contra una norma o disposición general contrarias a un tratado de derecho Público o convenio internacional.

La propia Sala, siguiendo la interpretación de la Corte Inte...

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Tributación propone resolución sobre mandatos y autenticación de firmas

Se publicó en La Gaceta, un aviso de la Dirección General de Tributación concediendo diez días hábiles a las entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o de intereses difusos con el objeto de que expongan su parecer respecto del proyecto de resolución denominada “Resolución de requisitos para realizar todo tipo de trámite ante la Dirección General de Tributación relacionado con la acreditación representación y el mandato, y con la autenticación de firmas”

El texto de este proyecto de resolución se encuentra disponible en el sitio Web: http://www.hacienda.go.cr en la sección “Propuestas en consulta pública”, opción “Proyectos Reglamentarios Tributarios”.

Suscriptores de Master Lex  lo pueden solicitar por correo electrónico a la dirección legal@masterlex.com

Con esta resolución, la DGT se propone agilizar los trámites que realiza...

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Valor límite para la exoneración del impuesto territorial a personas físicas con un único bien

Como es conocido, se estableció en la suma de ¢431.000.00, el salario base del Oficinista 1 según la referencia de puestos del Poder Judicial, el cual sirve de parámetro para la determinación del valor que cada año le permite a las personas físicas que tienen solamente un inmueble inscrito a su nombre en el Registro Inmobiliario, gestionar ante las Municipalidades respectivas la exoneración del impuesto territorial que les corresponde pagar de conformidad con la Ley 7509.

Así reza el artículo 4 de dicha norma:“Artículo 4.- Inmuebles no afectos al impuesto

No están afectos a este impuesto: (…)    e) Los inmuebles que constituyan bien único de los sujetos pasivos (personas físicas) y tengan un valor máximo equivalente a cuarenta y cinco salarios base; no obstante, el impuesto deberá pagarse sobre el exceso de esa suma. El concepto de “salario base” usado en esta Ley es el establecido en el artículo 2o. de la ley No. 7337 del 5 de mayo de...

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