Multa por omisión de la Declaración de valor de Bienes Inmuebles
Agradecemos a la Licenciada Silvia González este importante recordatorio que nos hace de una obligación que todos los propietarios de bienes inmuebles deben tener presente, por las serias consecuencias que puede conllevar su incumplimiento.
----------------------------
"El impuesto de propiedad de bienes inmuebles es aquel que se ha encomendado la gestión y la recaudación a la Municipalidad, y grava a las propiedades con una tarifa del 0,25% sobre el valor de la tierra y sus edificaciones fijas y permanentes que allí existan.
Los contribuyentes son propietarios inscritos en el Registro Público, usufructurarios, concesionarios, o aquellos que posean una bien inmueble bajo otras formas no inscribibles como derechos de posesión.
Dicho impuesto toma como base imponible el valor de la propiedad al 1 de enero de cada año ante la Administración Tributaria, ...
