De Interés General

Importe a pagar del impuesto a las personas jurídicas para el 2021

A partir del próximo 1 de enero,  inicia el cobro del impuesto a las personas jurídicas correspondiente al período 2021. Las sociedades mercantiles obligadas contarán con plazo hasta el 31 de ese mismo mes para cumplir con este pago, sin intereses ni multas.

De acuerdo con la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, Ley No 9428, la tarifa que anualmente deberán pagar las sociedades utilizará como referencia el salario base mensual que se establece en el artículo 2 de la Ley N.º 7337. El Consejo Superior del Poder Judicial fijó dicho salario base en la suma de ¢462,200 (cuatrocientos sesenta y dos mil doscientos colones).

Por consiguiente, el importe anual que deberán pagar las sociedades mercantiles dependiendo de los ingresos brutos declarados en el período fiscal 2019-2020, o según sean o no contribuyentes, será el siguiente:

1.Sociedades no inscritas en el RUT como contribuy...

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Definido salario base que regirá próximo año para definición de penas, multas y otros

El Consejo Superior del Poder Judicial definió este 15 de diciembre que el salario base del Oficinista 1 de la relación de puestos de la Ley de Presupuesto Ordinario de la República será para el próximo 2021 la suma de¢462,200 (cuatrocientos sesenta y dos mil doscientos colones). Se incrementa por lo tanto en ¢12,000 colones este importe que durante el 2020 fue de ¢450,200 (cuatrocientos cincuenta mil doscientos colones)Este salario sirve como parámetro para la determinación de diversas penas establecidas en el Código Penal, así como otras multas e impuestos según lo dispuesto en la Ley 7337 de 5 de mayo de 1993:“Artículo 2.- La denominación “salario base”, contenida en los artículos 209, 212, 216 y 384 del Código Penal, corresponde al monto equivalente al salario base mensual del Oficinista 1 que aparece en la relación de puestos de la Ley de Presupuesto Ordinario de la República, aprobada en el mes de noviembre anterior a la fecha de consumación del delito.”Dicho salario base regirá durante t...

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Disolución de oficio de sociedades morosas en el impuesto a las personas jurídicas

Como ya es conocido, la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, No. 9428  dispone en su artículo 7 que el no pago del impuesto por tres períodos consecutivos será causal de disolución de las sociedades mercantiles obligadas al pago de este tributo.

Muchas sociedades  que han alcanzado dicho nivel de morosidad confían que muy pronto se produzca su disolución de oficio, pues consideran que con ello podrán  librarse de varias obligaciones, empezando evidentemente por el pago de este impuesto a las sociedades,  la presentación de declaraciones al Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales,  de las declaraciones patrimoniales y la actualización de datos en el sistema ATV de Hacienda, etc.

En respuesta de la Administración Tributaria sobre la razón de que no se haya producido al día de hoy este proceso de disolución de oficio, como sí ocurrió con muchas sociedades cuando se encontraba vigente la anterior Le...

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Registro Nacional no cerrará durante festividades de fin de año

Nos permitimos transcribir aviso publicado en las redes sociales del Registro Nacional:  En Navidad y fin de año Servicios se brindarán de forma continua El Registro Nacional le recuerda a la ciudadanía que la sede central y las regionales en todo el país, permanecerán abiertas ofreciendo sus servicios, durante las festividades de Navidad y fin de año. Los únicos dos días en que se cerrará el servicio, son los feriados de ley, a saber, viernes 25 de diciembre y viernes 1 de enero. El portal de servicios digitales rnpdigital.com también funcionará con normalidad, para facilitar el acceso de los usuarios a todos nuestros servicios. A quienes visiten las instalaciones, les recordamos la necesidad de aplicar los protocolos de higiene y distanciamiento; así como portar la mascarilla en todo momento; con la finalidad de prevenir el contagio de Covid-19. Si tiene dudas o consultas, puede llamar al 2202-0888 / 2202-0777 o utilizar el Chat en línea, disponible en el portal web....

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Hacienda responde dudas sobre cumplimiento tributario de las sociedades inactivas

Nos permitimos transcribir respuestas a consultas planteadas durante el Facebook Live “Cumplimiento tributario de las sociedad inactivas”  que realizaron funcionarios del Ministerio de Hacienda el día 23 de noviembre 2020.     Publicación original de las mismas en la página web :

https://www.hacienda.go.cr/contenido/16150-respuestas-a-consultas-planteadas-durante-el--facebook-live-cumplimiento-tributario-de-las-sociedad-inactivas---realizado-el-23-de-noviembre-2020

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1. Las sociedades que no tienen actividad deben presentar la D-135 denominado “Declaración Patrimonial para Personas Jurídicas Inactivas”. Con el monto de activos, pasivo y patrimonio.

Respuesta:  El formulario D-135 fue eliminado, ahora deben presentar el D-101, Impuesto sobre la Renta.

2. ¿Si la sociedad inactiva tiene un portafolio de fondos de i...

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A partir de diciembre deberá indicar código Cabys en sus facturas

A partir del próximo martes 1 de diciembre,  en cualquier factura electrónica que usted requiera confeccionar, tendrá que indicar el código Cabys que corresponda al servicio brindado.   Deberá tener cuidado de brindar el código correcto pues de lo contrario se expone a sanciones o peor,  a la presunción  por parte de la Administración Tributaria de actividades ajenas a su giro comercial.

El Catálogo de bienes y servicios (Cabys) se utiliza para la codificación de bienes y servicios que se comercializan en el mercado nacional.  El Cabys constituye un catálogo que agrupa los bienes y servicios en categorías jerarquizadas, el cual deberá utilizarse obligatoriamente al momento de emitir los comprobantes electrónicos.

El colega Eduardo Rodríguez Bolaños de Grupo Camacho nos brinda una clara explicación en su artículo en este mismo blog:   !El diablo está en los detalles! 

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No se relaje, el riesgo sigue ahí

Nuevamente don Carlos Camacho nos brinda sus oportunos comentarios sobre un tema que ha generado mucha preocupación, especialmente a las sociedades inactivas que en pocas semanas deberán declarar por primera vez en el formulario D.101  Declaración de Impuesto sobre la Renta.

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Muchos contribuyentes se confundieron, quizá en acción refleja a sus deseos, y creyeron que sus problemas del incremento patrimonial no justificado y la respectiva tributación al 30% de impuesto de renta habían desaparecido con la publicación de la resolución 30-2020 de hace una semana.

Sí, la resolución 30-2020 deroga la, en extremo conflictiva, resolución DGT – 75-2019, pero le traigo un balde de agua fría: ¡El riesgo sigue ahí!

Recomiendo, para una mejor comprensión del tema en sus profundas consecuencias, leer el presente artículo e...

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¿Cómo pautar con influencers y no ser demandado en el intento?

Los influencers se han convertido en una pieza fundamental de la industria publicitaria. Se estima que representan US$8000 millones de facturación anual, y muchos de ellos han de su actividad en redes sociales su principal fuente de ingresos, y llegan a constituir verdaderas empresas entorno a su imagen. En Costa Rica, cada día más empresas pautan por medio de influencers. La interacción entre los influencers y su público, y entre las marcas y los influencers está sujeta a una serie de regulaciones legales, que son abordadas en el nuevo episodio del podcast LEXtalk, en el que Mauricio París conversa con Ana Cristina Mora, experta en Derecho del Consumo sobre este novedoso y actual tema.

Los invitamos a escuchar el episodio en los siguientes enlaces:Spotify: https://open.spotify.com/episode/3A8SDXmJS9FHZhkF15cuWj?si=B1yQlAL7SamCPjiC7c45QQApple Podcast: https://podcasts.apple.com/cr/podcast/lextalk/id1467478668#episodeGuid=tag%3Asoundcloud%2C2010%3Atracks%2F925433518Soundcloud: htt...

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