De Interés General

Rige ya el nuevo Reglamento a la Ley de Trabajadores Independientes

Se publicó en el Alcance #212 a La Gaceta 201 de este 31 de octubre, el nuevo Reglamento para el aseguramiento contributivo de los trabajadores independientes, tan esperado desde el día en que entró a regir la Ley del Trabajador Independiente No 10363 el 8 de mayo del presente 2023.  Puede leer el texto completo de estas nuevas regulaciones en el siguiente enlace.

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Imprenta Nacional no publicará más el Boletín Judicial

Después de más de 180 años a cargo del Boletín Judicial,  la Imprenta Nacional publicó su último ejemplar el pasado lunes 23 de octubre.

En lo sucesivo,  notarios y abogados que requieran divulgar sus avisos y edictos en dicho diario oficial deberán gestionarlo directamente con el Departamento de Artes Gráficas del Poder Judicial.  (Sobre los requisitos para ello puede ver nuestra nota en este mismo blog.)

Importante a partir de ahora saber cuándo se deben contratar las publicaciones con la Imprenta Nacional y cuándo con el Poder Judicial.

Por ejemplo, avisos relacionados con trámites registrales como son las constituciones de sociedad, disoluciones y fusiones, reformas del pacto constitutivo, marcas, etc, las cuales deben producirse en La Gaceta, deberán seguirse contratando con la Imprenta Nacional.

En el caso de edictos que tengan que ver m...

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Juzgados deben diligenciar edictos directamente con oficina encargada

Mediante Circular 268-2023 del Consejo Superior del Poder Judicial se le recuerda a los despachos civiles y de cobro judicial que son ellos mismos los que deben gestionar directamente con la oficina encargada, la publicación de los edictos correspondientes,  de manera que dicha labor  ya no compete ser  asignada a las partes interesadas en el proceso.  Recordar que dichas publicaciones son ahora totalmente gratuitas.  (Sobre este mismo tema puede ver nuestra nota en este blog.)

Transcribimos a continuación circular en comentario: CIRCULAR N° 268-2023 Asunto: “Forma de Diligenciamiento de los Edictos para su publicación en el Boletín Judicial Electrónico”. A TODOS LOS DESPACHOS CIVILES Y DE COBRO JUDICIAL CIVIL, SE LES HACE SABER:

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión 73-2023 celebrada el 5 de setiembre de 2023, artículo LXVIII, a solicitud de la Comisión de la Jurisdicción Civil y de la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, con fu...

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Registro aclara requisitos para condonación de deudas del marchamo

Se publicó esta semana en La Gaceta,   la Directriz DRBM-DIR-003-2023  de la Dirección del Registro de Bienes Muebles dirigida a los notarios y público en general con el objeto de aclarar las implicaciones de la Ley 10389 “Condonación de las Deudas Acumuladas Relacionadas al Pago del Marchamo”   (Ver al respecto nuestra nota en este mismo blog)

Como ya es conocido, esta norma estableció la condonación automática de todos los períodos acumulados de marchamo incluyendo el presente 2023, siempre y cuando el propietario cancele lo correspondiente al 2024 antes del 01 de enero del 2024.  En el caso de desinscripciones de vehículos por motivo de desuso,   la condonación abarca inclusive el período 2024.

Importante tomar en cuenta que la condonación aplica únicamente para el caso de vehículos automotores y motocicletas excluyéndose a las embarcaciones y aeronaves.

Con el obj...

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DGT: declaraciones juradas no tendrían que ser necesariamente ante notario

Aparece hoy en La Gaceta un aviso de la Dirección General de Tributación concediéndole a las entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o de intereses difusos, el plazo de diez días hábiles para que expongan su parecer respecto del Proyecto de Resolución denominado: “Requisitos que debe Cumplir una Declaración Jurada en Trámites ante la Dirección General de Tributación”.  Las observaciones sobre el proyecto de referencia deben remitirse por escrito a la dirección:   tributacioninter@hacienda.go.cr

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Derechos reales de superficie: tratamiento tributario

Mediante la Resolución MH-DGT-RES-0020-2023 de la Dirección General de Tributación publicada este 4 de octubre en La Gaceta,  se emiten por primera vez regulaciones para el tratamiento tributario de los derechos reales de superficie con fundamento en los siguiente CONSIDERANDOS:

XIV.—Que, en nuestro medio no hay normas que regulen y sistematicen el derecho real de superficie toda vez que ni el legislador ni la jurisprudencia lo ha reconocido expresamente. En el ordenamiento jurídico patrio, es inexistente la regulación en cuanto a su naturaleza, caracteres, procedimiento y forma de constitución e inscripción, duración, contenido, causales extintivas, efectos y, en general, los elementos personales, reales y formales. XV.—Que si bien, dentro de la legislación civil de nuestro país, la figura del derecho real de superficie no se encuentra regulada de manera expresa, no puede desconocerse que conforme los principios de autonomía de la voluntad y liberta...

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Cambios en el impuesto a las propiedad de automotores, embarcaciones y aeronaves

Las siguiente dos normas, publicadas en el Alcance 192 a La Gaceta 182 de este 4 de octubre,  introducen cambios sustanciales a las regulaciones del impuesto sobre la propiedad de vehículos automotores, embarcaciones y aeronaves.

Ley 10389, Adición de un transitorio VI a la Ley 7088, Reajuste Tributario y Resolución 18A Consejo Arancelario y Aduanero Centroamericano, de 30 de noviembre de1987, condonación de las deudas acumuladas en el pago del marchamo. Ley 10390, Modificación al impuesto sobre la propiedad de vehículos automotores, embarcaciones y aeronaves.    Nos permitimos a continuación los siguientes comentarios.

I.- Ley 10389:   Condonación de períodos anteriores pendientes de pago

Mediante esta norma se adiciona un Transitorio VI a la Ley 7088, para establecer que todos los vehículos automotores "... que tengan pendiente el pago de períodos anteriores al año 2023, inclusive, tendrán ...

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