De Interés General

Pasaportes de emergencia. Tramitación en casos excepcionales

Mediante Decreto Ejecutivo No. 44312-MGP de abril del 2023 publicado en La Gaceta en diciembre pasado se introdujo un nuevo  artículo 302 bis al Reglamento de Control Migratorio No. 36769-G para establecer la posibilidad de que en casos excepcionales, las personas urgidas de salir del país puedan tramitar pasaportes de emergencia.

Trancribimos a continuación, para su mejor conocimiento,  el texto completo de dicho numeral:

Artículo 302-BIS

Se establece la posibilidad de que la Dirección General expida un pasaporte de emergencia para aquellos casos excepcionales en que el solicitante requiera viajar y no pueda proveerse de un pasaporte ordinario por tener una imposibilidad para cumplir con el procedimiento de toma de datos biométricos establecido para la emisión del pasaporte ordinario, o bien cuando el titular del pasaporte requiere salir de manera urgente del país y su...

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Conozca el voto que anuló Decreto que pretendía eliminar tarifas mínimas

El viernes pasado se declaró la nulidad absoluta por exceso de potestad reglamentaria del Decreto Ejecutivo No. 43704-JP-MEIC que pretendió eliminar la obligatoriedad de las tarifas mínimas establecidas en el Arancel de honorarios por servicios profesionales de abogacía y notariado.   Se trata del voto número 2024-000958 del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda del Segundo Circuito Judicial de San José dictado dentro del proceso de conocimiento interpuesto por la Lic. Ana Lía Umaña Salazar.

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ASUNTOS PRIORITARIOS DE ATENDER EN LOS DESPACHOS COBRATORIOS

Aparece publicada hoy en el Boletín Judicial, la Circular No. 21-2024 del Consejo Superior del Poder Judicial denominada: Asuntos que se deben atender con prioridad en Despachos Cobratorios

Se indica que a solicitud de la Magistrada Damaris Vargas Vásquez, en su condición de Coordinadora de la Comisión de la Jurisdicción Civil, se acordó acoger los siguientes supuestos en materia cobratoria para establecer posibles planes de trabajo que permitan combatir el rezago judicial con el apoyo de herramientas tecnológicas asistenciales.

Nos permitimos resumir a continuación de la Circular indicada lo siguiente:

I. Los despachos judiciales que tramitan procesos cobratorios darán prioridad de trámite a:

solicitudes de decreto o modificación de embargos posteriores a los concedidos en la resolución intimatoria, al cumplimiento de prevenciones de admisibilidad de demandas, solicitudes de levantamiento de embargo sin tercería, solicitudes de ter...

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Comentarios a la reforma constitucional sobre el orden de apellidos de las personas

De la Licenciada Adelita Olivares, abogada litigante con veinte años de experiencia en materia de litigio civil, arbitral, administrativo penal, nos complace mucho transcribir el siguiente artículo que gentilmente ha puesto a disposición de este foro sobre un tema que en los últimos días ha dado mucho de qué hablar.

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"Recientemente trascendió a la opinión pública un relevante voto de la Sala Constitucional mediante el cual se declaró inconstitucional la frase del artículo 49 del Código Civil que obligaba a componer el nombre de una persona por su “nombre de pila”, el apellido del padre y el apellido de la madre, en ese orden y sin excepción. Es necesario aún contar con el voto en su integralidad, para conocer al detalle los argumentos y motivos, pero, sobre todo, sus alcances. En términos generales, una norma -o parte de ella-que sea declarada inconstitucional de...

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Mañana vence plazo para pago del impuesto a las personas jurídicas sin recargos

Mañana 31 de enero vence el plazo para el pago, sin recargos, ni multas, del impuesto a las personas jurídicas correspondiente al presente año 2024.

Para aquellas sociedades que adeuden los períodos 2022 y 2023,   surgirá también a partir del 1 de febrero la causal de disolución según lo dispone el art. 7 de la Ley 9428:

“El no pago del impuesto establecido en la presente ley por tres períodos consecutivos será causal de disolución de la sociedad mercantil, la empresa individual de responsabilidad limitada o la sucursal de una sociedad extranjera o su representante.”

En el caso de sociedades que tengan documentos en trámite ante el Registro de Personas Jurídicas, en caso de serles devueltos con algún defecto, deben tomar en consideración que la próxima vez que los reingresen a la corriente registral deberán tener cumplido el pago de este tributo, el cual es condición par...

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Iura novit curia: ¿vientos de cambio en la jurisprudencia de la Sala Primera?

Agradecemos al colega Luis Mariano Argüello, Doctor en Derecho y Máster en Derecho Constitucional,  profesor universitario y Juez de la República,  este interesante artículo sobre un voto reciente que conviene mucho que los litigantes, principalmente en el campo del Derecho Civil, tengan presente.   Se trata de la  sentencia 01724 - 2023 de la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, dictada el 12 de octubre del año pasado.   (Para ver el texto completo de la resolución,  descárguelo aquí. ) 

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Iura novit curia: ¿vientos de cambio en la jurisprudencia de la Sala Primera de la Corte Suprema de justicia? *

    Dr. Luis Mariano Arguello Rojas **

A lo largo del tiempo, el repetido y poco examinado brocardo iura novit curia ha tenido ingentes repercus...

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EXENCIÓN DEL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES PERSONAS FÍSICAS CON ÚNICO BIEN

Como ya es conocido,  se mantuvo para este año en la suma de ¢462,200.00, el salario base del Oficinista 1 según la relación de puestos del Poder Judicial, que sirve de parámetro para la determinación del valor que cada año le permite a las personas físicas que tienen solamente un inmueble inscrito a su nombre en el Registro Inmobiliario, gestionar ante las Municipalidades respectivas la exoneración del impuesto sobre bienes inmuebles que les corresponde pagar de conformidad con la Ley 7509, Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles.

Así reza el artículo 4 de dicha norma:

“Artículo 4.- Inmuebles no afectos al impuestoNo están afectos a este impuesto: (…) e) Los inmuebles que constituyan  bien único de los sujetos pasivos (personas físicas) y tengan un valor máximo equivalente a cuarenta y cinco salarios base; no obstante, el impuesto deberá pagarse sobre el exceso de esa suma. El concepto de “salario base” usado en esta Ley es el establecido e...

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Novedades en la propuesta del nuevo Reglamento del Registro de Personas Jurídicas

En relación a la propuesta de un nuevo Reglamento del Registro de Personas Jurídicas, que se encuentra en Consulta Pública (ver nuestra Nota anterior) nos permitimos comentar a continuación algunos aspectos que con varios colegas hemos estado analizando y que resultan novedosos.   Entre paréntesis indicamos el numeral de la propuesta de Reglamento a que se hace referencia en cada caso.  Para descargar el texto completo de todo el Reglamento haga clic aquí. 

La propuesta resulta verdaderamente novedosa en varios temas. Conviene revisarla y en caso de considerarlo conveniente remitir sus observaciones a través de la plataforma dispuesta para estos efectos:  https://tramitescr.meic.go.cr/controlPrevio/BuscarFormulario.aspx Según nuestros cálculos, el plazo de 10 días concedido al efecto estaría venciendo este viernes 26 de enero.

Adicionalmente los que deseen reproducir sus observaciones y comentarios en este foro, l...

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