De Interés General

Admiten para estudio, acción contra normas que eliminaron denominaciones sociales de las SRL

La Sala Constitucional comunica la admisión de la acción de inconstitucionalidad número 26-004536-0007-CO, contra la Ley 10729 del 13 de mayo de 2025 y la Circular del Registro de Personas Jurídicas DPJ-003-2025 del 2 de junio de 2025.  La primera eliminó del Código de Comercio la posibilidad de asignar una denominación social a las Sociedades de Responsabilidad Limitada (S.R.L.), obligando a identificarlas solo por número de cédula jurídica.

La acción alega violación al artículo 28 de la Constitución Política y al principio de libertad individual, al restringir injustificadamente el derecho de elegir una razón social, sin que medie justificación basada en moral, orden público o derechos de terceros. Se cita jurisprudencia nacional y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos para sustentar que la denominación social es un derecho fundamental ligado a la libertad de asociación.

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Migración emite nueva circular sobre documentos de identificación de extranjeros

Ha sido publicada esta semana en La Gaceta, la Circular DG-0011-03-2026 de la Dirección General de Migración y Extranjería con el asunto: Actualización de los Documentos de Identificación de Personas Extranjeras emitidos por la Dirección General de Migración y Extranjería, que actualmente se encuentran vigentes.     Esta nueva Circular deroga la emitida en julio del año pasado  (Circular DG-12-05-2025)    (Para ver nuestra nota del año pasado haga clic aquí. )En su página web, la Dirección Nacional de Notariado comunica la existencia de estas nuevas disposiciones  recomendándole a los notarios revisarlas detenidamente, " en razón de su incidencia en la verificación de identidad en actuaciones notariales".  Para ver el aviso de la DNN haga clic aquí.  

De una revisión comparativa entre la Circular del año pasado y la vigente a partir de esta semana, nos permitimos destacar los siguientes aspectos:

1.- Se adiciona al listado de categor...

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Presentan acción contra omisión de normas que permitan invertir apellidos de menores

La Sala Constitucional admitió tramitar la acción de inconstitucionalidad número 25-039918-0007-CO, contra la omisión legislativa de un marco normativo que permita inscribir el apellido materno en primer lugar para personas menores de edad.

Los accionantes argumentan que la actual práctica del Registro Civil, que prioriza el apellido paterno, es discriminatoria y contraria a los artículos 7, 33, 51 y 52 de la Constitución Política, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención sobre los Derechos del Niño.

Señalan que la Sala Constitucional ya declaró inconstitucional la frase “en ese orden” del artículo 49 del Código Civil por discriminatoria, pero el Registro Civil sigue aplicando el orden tradicional por falta de normativa específica para menores.

Alegan violaciones a los principios de i...

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Monto del salario mínimo inembargable debe respetarse en rebajos a pensionados

Recientemente, la Sala Segunda de la Corte emitió una importante resolución, que impacta directamente la protección de los ingresos mínimos de las personas pensionadas frente a deducciones por créditos y otras obligaciones.

La resolución no. 576-2026 dictada el 20 de febrero de 2026, en el expediente 22-001877-1102-LA, resuelve un caso en el que una persona pensionada del Magisterio Nacional solicitó el cese de deducciones a su pensión, argumentando que estas afectaban su derecho a un ingreso mínimo vital y, por ende, su dignidad y subsistencia. La Sala Segunda acogió el recurso presentado, anuló la sentencia anterior y ordenó que, a partir de la firmeza de la resolución, el Estado y las entidades crediticias involucradas respetasen el monto del salario inembargable (mínimo vital) al aplicar cualquier rebajo a la pensión.

ResumenLa actora, pensionada desde el 1 de julio de 2021, percibía una pensión bruta de ₡618.598, que tras deduccione...

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Cadáveres tutelados, vegetativos abandonados: el favor dignitatis post mortem de la Sala Constitucional

Agradecemos al Dr. Edward Cortes, especialista en Derecho y Política Jurisdiccional y en Justicia Constitucional, este interesante artículo que pone a disposición de nuestro foro.

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Hay una paradoja que el derecho constitucional costarricense no puede seguir escondiendo debajo de la alfombra de la «legalidad ordinaria». En el voto N.° 2017-013786, de las 11:50 horas del 29 de agosto de 2017, la Sala Constitucional declaró con lugar un amparo porque los cadáveres retenidos en la Morgue Judicial durante la huelga del Poder Judicial «fueron tratados como objetos». Resolvió que «la protección de la dignidad humana trasciende la vida del sujeto, y se extiende al cuerpo después de la muerte», y que «la persona es digna, lo cual impide que su vida o su integridad, sea sustituida por otro valor social»...

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Pago de impuestos de traspaso se mantiene igual hasta el 31 de diciembre

Una buena noticia para los notarios y partes interesadas en la tramitación de traspasos de vehículos e inmuebles,  es la publicación en La Gaceta, de la Resolución No. MH-DGT-RES-0003-2026 del Ministerio de Hacienda que modifica el Transitorio I de la Resolución General MHDGT-RES-0011-2025  a fin de prorrogar hasta el 31 de diciembre de este 2026, la posibilidad de seguir utilizando los formularios D-120 para el pago del “Impuesto de Traspaso Directo de Bienes Inmuebles” y  el  D-121 para el pago del “Impuesto de Trasferencia Vehículos Automotores, Aeronaves y Embarcaciones” Estos formularios podrán seguirse completando dentro del sistema Eddi-7 de Hacienda o bien directamente en la plataforma electrónica del BCR  (www.bancobcr.com)

Cuando entró en operación la plataforma Tribu-CR, se había prorrogado por primera vez la utilización de estos formularios hasta el 31 de octubre del año pasado.   Luego dicho plazo se había ampliado hasta e...

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Para la declaración y pago de los impuestos de traspaso de vehículos e inmuebles

En octubre pasado, el Ministerio de Hacienda emitió la Resolución MH-DGT-RES-0050-2025 que reformó el Transitorio I de la  Resolución  MH-DGT-RES-0011-2025 a fin de establecer que se mantendría en funcionamiento hasta el 31 de marzo de este 2026, el sistema de “Elaboración Digital de Declaración de Impuestos (EDDI -7)” para la confección de las declaraciones de impuesto de traspaso de vehículos e inmuebles.  También seguiría en funcionamiento, la alternativa de completar los formularios directamente en la plataforma electrónica del Banco de Costa Rica:  www.bancobcr.com Ver al respecto nuestro NOTA en este mismo blog.

Al día de hoy, los notarios y partes interesadas en la inscripción de traspasos, efectivamente han podido utilizar cualquiera de estos dos mecanismos sin problema.

Varios colegas nos han estado consultando si tenemos información sobre el procedimiento para la declaración y pago de estos tributos a partir del próximo 1 de abril...

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¿Cómo pueden las sociedades inactivas pagar el timbre de Educación y Cultura ?

En estos días, muchos se han estado haciendo esta pregunta, sobre todo al vencer este 30 de marzo,  el plazo para el pago del timbre de Educación y Cultura.

Como ya es conocido,  todas las sociedades mercantiles, activas e inactivas,  y las sucursales de sociedades extranjeras deben cumplir anualmente, durante los meses de febrero y marzo, con el pago del importe correspondiente al Timbre de Educación y Cultura regulado en el artículo 8 de la Ley de Creación del Timbre de Educación y Cultura, Ley No. 5923. El no pago o el pago tardío de este tributo es causal de aplicación de las sanciones que al efecto establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

El importe a pagar del timbre de Educación y Cultura varió sustancialmente a partir del año 2019 con la reforma introducida a la Ley 5923 por la Ley 9643 para el Fortalecimiento del Sistema Nacional de Educación Musical (SINEM)

 

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