Presentación electrónica de índices será obligatoria dentro de un año
Ha salido publicada en el Alcance No. 158 a La Gaceta, la Ley 10798 que establece la obligatoriedad en la presentación electrónica de los índices de instrumentos públicos. Lo anterior mediante reforma al artículo 27 del Código Notarial.
En el informe técnico de lo que fue el Proyecto que dio origen a esta reforma normativa, leemos lo siguiente:"Lo que se busca, de acuerdo con la exposición de motivos, es generalizar la presentación digital de los índices, con el fin de mejorar la eficiencia y la seguridad del servicio, así como la comunicación interinstitucional con entidades que por diferentes razones trabajan con la información correspondiente, como el Ministerio de Hacienda o el Instituto Costarricense sobre Drogas." (Tomado del Informe técnico del Proyecto de Ley 24.809)
En el Transitorio I se confiere el plazo de un año al Poder Ejecutivo para que emita el reglamento respectivo. En el caso de los c...
