Aeronaves sin ley: el concepto de “seguridad nacional” en la Ley de Aviación Civil
Agradecemos al colega Edward Cortes, especialista en Derecho y Política Jurisdiccional y en Justicia Constitucional, este interesante artículo que ha puesto a disposición de este blog.
------------------------------------------------------------------------------------Aeronaves sin ley: el concepto de "seguridad nacional" como cláusula de excepción en el artículo 26 de la Ley General de Aviación Civil costarricenseEl artículo 26 de la Ley N.° 5150, Ley General de Aviación Civil, contiene una de las cláusulas de excepción menos examinadas del ordenamiento costarricense. Su texto es engañosamente breve: las aeronaves del Estado quedan sujetas a todas las normas de aviación civil, salvo en asuntos relacionados con la seguridad nacional, caso en el cual pueden apartarse de esos preceptos con la sola obligación de comunicarlo "a quien corresponda para la debida coordinación". La norma habilita que aeronaves estatales vuelen fuera de la ley. ¿Baj...
