De Interés General

Presentan acción contra omisión de normas que permitan invertir apellidos de menores

La Sala Constitucional admitió tramitar la acción de inconstitucionalidad número 25-039918-0007-CO, contra la omisión legislativa de un marco normativo que permita inscribir el apellido materno en primer lugar para personas menores de edad.

Los accionantes argumentan que la actual práctica del Registro Civil, que prioriza el apellido paterno, es discriminatoria y contraria a los artículos 7, 33, 51 y 52 de la Constitución Política, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención sobre los Derechos del Niño.

Señalan que la Sala Constitucional ya declaró inconstitucional la frase “en ese orden” del artículo 49 del Código Civil por discriminatoria, pero el Registro Civil sigue aplicando el orden tradicional por falta de normativa específica para menores.

Alegan violaciones a los principios de i...

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Monto del salario mínimo inembargable debe respetarse en rebajos a pensionados

Recientemente, la Sala Segunda de la Corte emitió una importante resolución, que impacta directamente la protección de los ingresos mínimos de las personas pensionadas frente a deducciones por créditos y otras obligaciones.

La resolución no. 576-2026 dictada el 20 de febrero de 2026, en el expediente 22-001877-1102-LA, resuelve un caso en el que una persona pensionada del Magisterio Nacional solicitó el cese de deducciones a su pensión, argumentando que estas afectaban su derecho a un ingreso mínimo vital y, por ende, su dignidad y subsistencia. La Sala Segunda acogió el recurso presentado, anuló la sentencia anterior y ordenó que, a partir de la firmeza de la resolución, el Estado y las entidades crediticias involucradas respetasen el monto del salario inembargable (mínimo vital) al aplicar cualquier rebajo a la pensión.

ResumenLa actora, pensionada desde el 1 de julio de 2021, percibía una pensión bruta de ₡618.598, que tras deduccione...

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Cadáveres tutelados, vegetativos abandonados: el favor dignitatis post mortem de la Sala Constitucional

Agradecemos al Dr. Edward Cortes, especialista en Derecho y Política Jurisdiccional y en Justicia Constitucional, este interesante artículo que pone a disposición de nuestro foro.

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Hay una paradoja que el derecho constitucional costarricense no puede seguir escondiendo debajo de la alfombra de la «legalidad ordinaria». En el voto N.° 2017-013786, de las 11:50 horas del 29 de agosto de 2017, la Sala Constitucional declaró con lugar un amparo porque los cadáveres retenidos en la Morgue Judicial durante la huelga del Poder Judicial «fueron tratados como objetos». Resolvió que «la protección de la dignidad humana trasciende la vida del sujeto, y se extiende al cuerpo después de la muerte», y que «la persona es digna, lo cual impide que su vida o su integridad, sea sustituida por otro valor social»...

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Pago de impuestos de traspaso se mantiene igual hasta el 31 de diciembre

Una buena noticia para los notarios y partes interesadas en la tramitación de traspasos de vehículos e inmuebles,  es la publicación en La Gaceta, de la Resolución No. MH-DGT-RES-0003-2026 del Ministerio de Hacienda que modifica el Transitorio I de la Resolución General MHDGT-RES-0011-2025  a fin de prorrogar hasta el 31 de diciembre de este 2026, la posibilidad de seguir utilizando los formularios D-120 para el pago del “Impuesto de Traspaso Directo de Bienes Inmuebles” y  el  D-121 para el pago del “Impuesto de Trasferencia Vehículos Automotores, Aeronaves y Embarcaciones” Estos formularios podrán seguirse completando dentro del sistema Eddi-7 de Hacienda o bien directamente en la plataforma electrónica del BCR  (www.bancobcr.com)

Cuando entró en operación la plataforma Tribu-CR, se había prorrogado por primera vez la utilización de estos formularios hasta el 31 de octubre del año pasado.   Luego dicho plazo se había ampliado hasta e...

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Para la declaración y pago de los impuestos de traspaso de vehículos e inmuebles

En octubre pasado, el Ministerio de Hacienda emitió la Resolución MH-DGT-RES-0050-2025 que reformó el Transitorio I de la  Resolución  MH-DGT-RES-0011-2025 a fin de establecer que se mantendría en funcionamiento hasta el 31 de marzo de este 2026, el sistema de “Elaboración Digital de Declaración de Impuestos (EDDI -7)” para la confección de las declaraciones de impuesto de traspaso de vehículos e inmuebles.  También seguiría en funcionamiento, la alternativa de completar los formularios directamente en la plataforma electrónica del Banco de Costa Rica:  www.bancobcr.com Ver al respecto nuestro NOTA en este mismo blog.

Al día de hoy, los notarios y partes interesadas en la inscripción de traspasos, efectivamente han podido utilizar cualquiera de estos dos mecanismos sin problema.

Varios colegas nos han estado consultando si tenemos información sobre el procedimiento para la declaración y pago de estos tributos a partir del próximo 1 de abril...

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¿Cómo pueden las sociedades inactivas pagar el timbre de Educación y Cultura ?

En estos días, muchos se han estado haciendo esta pregunta, sobre todo al vencer este 30 de marzo,  el plazo para el pago del timbre de Educación y Cultura.

Como ya es conocido,  todas las sociedades mercantiles, activas e inactivas,  y las sucursales de sociedades extranjeras deben cumplir anualmente, durante los meses de febrero y marzo, con el pago del importe correspondiente al Timbre de Educación y Cultura regulado en el artículo 8 de la Ley de Creación del Timbre de Educación y Cultura, Ley No. 5923. El no pago o el pago tardío de este tributo es causal de aplicación de las sanciones que al efecto establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

El importe a pagar del timbre de Educación y Cultura varió sustancialmente a partir del año 2019 con la reforma introducida a la Ley 5923 por la Ley 9643 para el Fortalecimiento del Sistema Nacional de Educación Musical (SINEM)

 

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Ceguera voluntaria e inteligencia artificial generativa: estándar de diligencia agravado del profesional en derecho

Del Dr. Edward Cortes, especialista en Derecho y Política Jurisdiccional y en Justicia Constitucional, otro interesante artículo sobre un tema muy actual y que refleja la responsabilidad de que el operador jurídico valide siempre directamente en las fuentes, la información obtenida a través de las herramientas de inteligencia artificial.

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Ceguera voluntaria e inteligencia artificial generativa: estándar de diligencia agravado del profesional en derecho costarricense

Hay un problema que los estrados judiciales latinoamericanos están comenzando a nominar con precisión, y que el ejercicio jurídico costarricense no puede seguir eludiendo. La inteligencia artificial generativa produce textos que parecen derecho pero no lo son. Fuentes que cita con exactitud de radicado y fecha no existen. Jurisprudencia que reproduce con apariencia de autoridad jamás fue dictada. Normativa que invoca con número de ar...

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Importante reforma sobre representación de socios en las Asambleas

Eliminadas las cartas-poder.  Aquellas emitidas con anterioridad a la publicación de esta ley, se aceptarán como válidas hasta que se consumen los actos para los  cuales fueron otorgadas y surtan todos los efectos jurídicos correspondientes.

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Se ha publicado en el Diario Oficial del pasado viernes 6 de marzo, la Ley 10840 denominada: LEY PARA LA ARMONIZACIÓN DEL CÓDIGO DE COMERCIO Y EL FORTALECIMIENTO DEL PODER ESPECIAL.  La norma consiste es un único numeral que reforma los artículos 98 y 146 del Código de Comercio, referidos a la participación de los cuotistas y a los accionistas, respectivamente,  en las Asambleas de Socios.

Así deberán leerse a partir de ahora ambos numerales:

Artículo 98-

Los socios tendrán derecho a un número de votos igual al de cuotas que le pertenezcan.

Par...

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