Presentan acción contra omisión de normas que permitan invertir apellidos de menores
La Sala Constitucional admitió tramitar la acción de inconstitucionalidad número 25-039918-0007-CO, contra la omisión legislativa de un marco normativo que permita inscribir el apellido materno en primer lugar para personas menores de edad.
Los accionantes argumentan que la actual práctica del Registro Civil, que prioriza el apellido paterno, es discriminatoria y contraria a los artículos 7, 33, 51 y 52 de la Constitución Política, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención sobre los Derechos del Niño.
Señalan que la Sala Constitucional ya declaró inconstitucional la frase “en ese orden” del artículo 49 del Código Civil por discriminatoria, pero el Registro Civil sigue aplicando el orden tradicional por falta de normativa específica para menores.
Alegan violaciones a los principios de i...
