Nueva Guía Práctica de Comunicaciones Judiciales
Con la finalidad de ser distribuido a todo el personal judicial encargado de realizar las notificaciones judiciales, así como a la Escuela de Policías y al Colegio de Abogados, el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión N° 25-19 celebrada el pasado 19 de marzo del 2019, aprobó la Guía Práctica de Comunicaciones Judiciales elaborada por la Comisión de Notificaciones bajo la coordinación del Magistrado Luis Guillermo Rivas Loáiciga.
El documento tiene como fundamento el texto de la Circular N° 184-2013, publicada en el Boletín Judicial N° 231 del 29 de noviembre de 2013, mediante la cual se hizo de conocimiento de todos los despachos judiciales del país, la actualización de la circular N° 30-2008 sobre las Buenas Prácticas, para notificar, citar, localizar y presentar personas. Además sobre señalamiento y realización efectiva de debates, y aprovechamiento de las herramientas tecnológicas de la Institución.
Impacto de la reforma procesal civil a seis meses de su vigencia
" Emmanuel Kant señalaba que el error del hombre es no atreverse a pensar. Con su frase "sapere aude" (atrévete a pensar) convirtió la razón en el centro de su pensamiento. Afirmaba que el ser humano debe atreverse a pensar por sí mismo, de manera autosuficiente, trazándose su propia trayectoria y ateniéndose solo a sus propios imperativos, sin encuadrarse en otros límites que aquellos que le vengan impuestos por su propia naturaleza.
El gran jurista italiano Mario Capelletti señala en 1970 "el proceso no es pura forma. Es el punto de choque de conflictos, de ideales, de filosofías. Es el "cabo de las tempestades", donde la rapidez y la eficiencia deben conflu...
En consulta pública: nuevas regulaciones cumplimiento Ley de estupefacientes
El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF) publicó el pasado 14 de marzo, un proyecto de Reglamento para la prevención del riesgo de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y a la proliferación de armas. También puso en conocimiento los Lineamientos para la aplicación de este mismo reglamento. Se confirieron diez días hábiles para que los gremios y personas interesadas hagan llegar sus observaciones.
Si bien se publicó en abril del año pasado, el Decreto Ejecutivo No. 41016-MP-MH-MSP-MJP denominado Reglamentación de los artículos 15 bis y 15 ter de la Ley 7786, Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, el CONASSIF estimó necesario emitir "... la reglamentación prudencial sobre la materia regulada en las citadas normas, que defina responsabilidades y obligaciones para el sujeto que reali...
Jueces no deben solicitar certificaciones cuando información conste en línea
Agradecemos a las colegas Rita Esquivel y Sara Montero quienes gentilmente nos pusieron en conocimiento del acuerdo tomado por el Consejo Superior del Poder Judicial el pasado 26 de febrero en relación a la Circular No. 67-2017 y su obligado acatamiento por parte de los jueces de la República.
Transcribimos a continuación comentario de doña Rita sobre esta importante decisión.---------------------
"En nuestro país, pareciera que lo dispuesto por ley, queda a criterio e interpretación de quien debe aplicarla. No sólo en las instancias judiciales enfrentamos esta situación, es más frecuente en otras dependencias del Estado y Municipalidades, por mencionar sólo algunas. En este caso, la defensa del despacho judicial es que adolece de personal suficiente, lo que no ponemos en entredicho, pues es una realidad el retraso o "mora judicial" en la administración de justicia, pero de ahí a negar dar curso a un proceso por ...
Medios probatorios en el nuevo Código Procesal Civil
Don Sergio Artavia y don Carlos Picado nos ofrecen el Capítulo XX de su libro sobre el nuevo Código Procesal Civil relativo a los diversos medios probatorios.
Interesados en adquirir la obra completa pueden ingresar al siguiente link :Nuevo Código Procesal Civil – Master Lex Doctrina
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DECLARACIÓN DE PARTE
1.- El paso de la "confesión" al de declaración de parte.El término "confesión de parte" ha sido superado en la doctrina y las legislaciones modernas, por el de "interrogatorio o declaración de parte", lo mismo ha hecho el NCPC en su artículo 42.2 desde la versión original del Proyecto.
El término "interrogatorio de partes" alude al medio de prueba, a través del cual accede al proceso, la declaración de conocimiento de las partes a diferencia de la expres...
Cesión de derechos derivados del remate
Hoy ponemos a su disposición un nuevo comentario del Lic. Javier Madrigal sobre una duda que algunas veces se presenta relativa a la posibilidad legal que tiene el adjudicatario de ceder sus derechos sobre los bienes rematados.
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"El contrato de cesión, es un contrato cuyo objeto son bienes incorporales (Título IV, Capítulo I del Código Civil), en el cual se transmite la titularidad o el dominio sobre de estos, los cuales incluso pueden estar en litigio (Capítulo III del mismo título). Es decir la cesión “es un contrato traslativo de dominio por el cual se transmite la propiedad de bienes incorporales.Dentro de un Proceso Hipotecario y hasta antes de la firmeza de la resolución que lo aprueba y ordena la protocolización de piezas para su inscripción en el Registro Nacional, es dable la presentación de un Contrato de Cesión con la terminología “Contrato de Cesión de Derechos deri...
Elementos básicos de la teoría de la prueba
Los estimados colegas Sergio Artavia y Carlos Picado nos ofrecen el Capítulo XIX de su libro sobre el nuevo Código Procesal Civil relativo a la teoría de la prueba.
Interesados en adquirir la obra completa pueden ingresar al siguiente link :Nuevo Código Procesal Civil – Master Lex Doctrina
1.- ELEMENTOS BASICOS DE TEORIA DE LA PRUEBAEtimológicamente, el vocablo prueba- al igual que probo deriva de la voz latina probus, que significa bueno, honrado; así pues, lo que resulta probado es bueno, es correcto, es auténtico. Podemos concluir en este punto que la concepción de prueba radica en actividad procesal especial, cuyo producto de dicha actividad es, producir el conjunto de motivos o razones que de los medios aportados por las partes, se deducen y que le suministra al juez, el conocimiento de los hechos, para los fines del proceso.
Si bien esto es objeto de la teoría general del proceso, conviene repasa...Facturas electrónicas no constituyen documento idóneo para cobro judicial
En el voto No. 828-1C del Tribunal Primero Civil, de las 13:40 hrs del pasado 6 de julio, se establece que las facturas electrónicas no constituyen documentos idóneos para el reclamo de obligaciones dinerarias a través de procesos monitorios de cobro.
Transcribimos a continuación algunos de los argumentos del Tribunal ad quem en su resolución:
".... la factura electrónica se encuentra regulada para efectos tributarios. De esta manera, lo que se persigue es satisfacer el interés fiscal, pero sin afectar el marco legal que regula la factura en el numeral 460 del Código de Comercio, que es el que en definitiva determina las condiciones y requisitos de validez de la factura de crédito. (...) El que emite la factura electrónica es el obligado tributario frente al Fisco mientras que el beneficiario de la compraventa o prestación del servicio no participa en la emisión de dicha factura, siendo un tercero ajeno a la primera r...