Abogados

Aumentan honorarios en recursos de casación

En el Decreto Ejecutivo 41930 publicado hoy para corregir la inconsistencia presente en relación al timbre de Colegio de Abogados, según comentamos en nuestra nota anterior,   únicamente se introduce una modificación al monto a cobrar de honorarios por la formalización de recursos de casación, el cual pasa de 550,000 a 605,000.Por consiguiente deberá leerse así el artículo 20 del Arancel de Honorarios vigente, Decreto No. 41457-J publicado el pasado 1 de febrero del año en curso:Artículo 20.- Cobertura de los honorarios.

Todos los honorarios anteriores incluyen las labores profesionales por los recursos ordinarios e incidentes, hasta segunda instancia. Si se formaliza recurso de casación los honorarios serán acordados por las partes y no podrán ser inferiores a seiscientos cinco mil colones.

En todo lo demás se mantiene inalterado el texto del Arancel de Honorarios que entró a regir el pasado 1 de febrero del año en curso....

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Inexistencia de la competencia ambulatoria en materia familia. Salvedad pensiones alimenticias

Agradecemos al Lic. Javier Madrigal este interesante comentario que nos comparte sobre una reciente resolución judicial relativa a la competencia ambulatoria en materia de Familia.

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En días pasados, el Tribunal de Familia de San José, mediante el voto 384-2019, de las 9 horas 21 minutos del 8 de mayo del 2019, dispuso que si bien todo proceso donde esté en medio el interés de una persona menor de edad, debe tramitarse, en el Juzgado cuyo asiento coincida con el del domicilio de éste, justificándose en aras de proteger el interés superior del menor, y el principio de inmediatez,  ello no implica una competencia territorial ambulatoria.

En efecto, y conociendo el Tribunal de una apelación contra la resolución del Juzgado de Familia de San José, que al notar un cambio en la dirección del domicilio del menor decidió declinar su competencia territorial de oficio y env...

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Emiten Circular sobre buenas prácticas en la tramitación de procesos judiciales

Mediante la Circular 47-2019 publicada en el Boletín Judicial el pasado 29 de mayo, el Consejo Superior del Poder Judicial actualizó las Buenas Prácticas, para notificar, citar, localizar y presentar personas,  señalamiento y realización efectiva de debates, y aprovechamiento de las herramientas tecnológicas de la Institución.

De esta forma se establecen pormenorizadamente los cuidados y requisitos que deben observarse en las oficinas y despachos judiciales para la realización de las diversas diligencias con el objeto de evitar la suspensión de audiencias y debates, garantizar que los testigos, imputados, instituciones estatales y demás partes involucradas se presenten puntualmente en las fechas establecidas, evitar el choque de señalamientos y utilizar los medios tecnológicos que puedan facilitar y hacer más expeditos los trámites, como por ejemplo, las videoconferencias.

Finalmente, se señalan algunas buenas prá...

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Proyecto de Ley para regular vacaciones de los abogados

La semana pasada comentamos sobre dos iniciativas de ley que el Colegio de Abogados está impulsando dentro de la corriente legislativa.  Abarcamos ese día lo relacionado al Proyecto No. 21.340 que es “REFORMA A LOS ARTÍCULOS 6, 7, 21, 23, 137, 143, 145 y 166 DEL CÓDIGO NOTARIAL, LEY N.º 7764 DEL DOS ABRIL DE 1998” para combatir la competencia desleal.   (Ver nota en este mismo blog)

Hoy nos referiremos brevemente al Proyecto No. 21.341 " ADICION DE UN ARTICULO 7 BIS DEL CAPITULO SEGUNDO DE LOS DERECHOS DE LOS ABOGADOS DE LA LEY ORGANICA DE DEL COLEGIO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA."

Con mucho gusto les haremos llegar el texto completo  a los estimados suscriptores que nos lo soliciten al correo electrónico legal@masterlex.com

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Luego de una explicación muy completa sobre el derecho al trabajo y a las garantías que dimanan de él, y del derecho a la elección de una profesión y a su libre ejer...

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Nueva Guía Práctica de Comunicaciones Judiciales

Con la finalidad de ser distribuido a todo el personal judicial encargado de realizar las notificaciones judiciales, así como a la Escuela de Policías y al Colegio de Abogados, el Consejo Superior del Poder Judicial, en sesión N° 25-19 celebrada el pasado 19 de marzo del 2019, aprobó  la Guía Práctica de Comunicaciones Judiciales elaborada por la Comisión de Notificaciones bajo la coordinación del Magistrado Luis Guillermo Rivas Loáiciga.

El documento tiene como fundamento el texto de la Circular  N° 184-2013, publicada en el Boletín Judicial N° 231 del 29 de noviembre de 2013, mediante la cual se hizo de conocimiento de todos los despachos judiciales del país, la actualización de la circular N° 30-2008 sobre las Buenas Prácticas, para notificar, citar, localizar y presentar personas. Además sobre señalamiento y realización efectiva de debates, y aprovechamiento de las herramientas tecnológicas de la Institución.

Impacto de la reforma procesal civil a seis meses de su vigencia

Agradecemos al Dr. Sergio Artavia por poner a disposición de este foro su interesante artículo sobre el nuevo Código Procesal Civil, el cual empezó a regir el 8 de octubre del año pasado, norma que como afirma don Sergio, "rompió con paradigmas históricos y jurídicos."  

" Emmanuel Kant señalaba que el error del hombre es no atreverse a pensar.   Con su frase "sapere aude" (atrévete a pensar) convirtió la razón en el centro de su pensamiento. Afirmaba que el ser humano debe atreverse a pensar por sí mismo, de manera autosuficiente, trazándose su propia trayectoria y ateniéndose solo a sus propios imperativos, sin encuadrarse en otros límites que aquellos que le vengan impuestos por su propia naturaleza.

El gran jurista italiano Mario Capelletti señala en 1970 "el proceso no es pura forma.  Es el punto de choque de conflictos, de ideales, de filosofías.  Es el "cabo de las tempestades", donde la rapidez y la eficiencia deben conflu...

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En consulta pública: nuevas regulaciones cumplimiento Ley de estupefacientes

El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF) publicó el pasado 14 de marzo, un proyecto de Reglamento para la prevención del riesgo de legitimación de capitales, financiamiento al terrorismo y a la proliferación de armas. También puso en conocimiento los Lineamientos para la aplicación de este mismo reglamento.  Se confirieron diez días hábiles para que los gremios y personas interesadas hagan llegar sus observaciones.

Si bien se publicó en abril del año pasado,  el Decreto Ejecutivo No. 41016-MP-MH-MSP-MJP denominado Reglamentación de los artículos 15 bis y 15 ter de la Ley 7786, Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo,  el CONASSIF estimó necesario emitir "... la reglamentación prudencial sobre la materia regulada en las citadas normas, que defina responsabilidades y obligaciones para el sujeto que reali...

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Jueces no deben solicitar certificaciones cuando información conste en línea

Agradecemos a las colegas Rita Esquivel  y Sara Montero quienes gentilmente nos pusieron en conocimiento del acuerdo tomado por el Consejo Superior del Poder Judicial el pasado 26 de febrero en relación a la Circular No. 67-2017  y su obligado acatamiento por parte de los jueces de la República.

Transcribimos a continuación comentario de doña Rita sobre esta importante decisión.

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"En nuestro país, pareciera que lo dispuesto por ley, queda a criterio e interpretación de quien debe aplicarla. No sólo en las instancias judiciales enfrentamos esta situación, es más frecuente en otras dependencias del Estado y Municipalidades, por mencionar sólo algunas. En este caso, la defensa del despacho judicial es que adolece de personal suficiente, lo que no ponemos en entredicho, pues es una realidad el retraso o "mora judicial" en la administración de justicia, pero de ahí a negar dar curso a un proceso por ...

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