Inició el pasado 26 de enero, el traslado de oficinas de los 18 despachos que brindarán sus servicios en el nuevo edificio conocido como Torre Judicial, el cual se ubica al costado norte del Edificio de la Corte Suprema de Justicia en San José.
"En materia civil funcionarán los Juzgados Primero, Segundo y Tercero Civil, los Tribunales Primero y Segundo Colegiados de Primera Instancia Civil y los Tribunales Primero y Segundo de Apelación Civil, así como el Juzgado Concursal, los Juzgados Primero, Segundo y Tercero Especializados de Cobro Judicial.
En el caso de la materia laboral, se concentrarán los cuatro despachos que integran la Jurisdicción en el I Circuito Judicial de San José, como lo son la Sección Primera y Segunda del Juzgado de Trabajo, el Tribunal de Apelación Laboral y la Sección Especializada de Asistencia Social de la Defensa Pública, así como el Juzgado de Seguridad Social y la Unidad Médico Legal de Seguridad Social.
Honorarios a cobrar en procesos de divorcio con disputa sobre gananciales
Con la publicación del Arancel de Honorarios el 1 febrero del año pasado, 2019, surgió nuevamente la inquietud sobre la correcta forma de tasar los honorarios de los abogados a cargo de procesos de divorcio con disputa sobre gananciales.
Sabemos que con la publicación del Arancel, que rigió a partir de agosto de 2015, Decreto Ejecutivo No. 39078-JP, se produjo un cambio en la redacción del art. 49 que es el numeral que regula los honorarios en este tipo de procesos. Anteriormente en dicho numeral se establecía la aplicación de las tarifas del artículo 16, es decir, las tarifas generales aplicables a todo tipo de procesos de conocimiento, pero con el Arancel del 2015 , en lugar del art. 16 se estableció el art. 94 destinado más bien a los honorarios que tienen derecho a percibir los Notarios en los convenios de separación o divorcio por mutuo acuerdo.Esto significó que mientras con el Arancel que rigió entre el 2011 y el 2015, los abogados percibían una suma de ¢9,...
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Nos permitimos transcribir a continuación, interesante artículo del Dr. Carlos Camacho, socio director de Grupo Camacho, experto en servicios de auditoría, consultoría contable y asesoría tributaria, publicado en La República.NET
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"Entramos en la recta final de preparación para el próximo cierre de un período fiscal absolutamente sin precedentes. Al cierre 2020 le aplica un nuevo cuerpo normativo en materia de imputabilidad de ingresos y restricciones de gastos, que indudablemente hace que despierte hasta al más trasnochado de los contribuyentes.
En las últimas semanas los contribuyentes han ido cayendo en cuenta también, del peligroso efecto de una imposición que recae concretamente sobre sus patrimonios por años acumulados, so pena de tener que tributar por los mismos a una tarifa del 30%, como tarifa general del impuesto sobre la renta.
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