Facturas electrónicas no constituyen documento idóneo para cobro judicial
En el voto No. 828-1C del Tribunal Primero Civil, de las 13:40 hrs del pasado 6 de julio, se establece que las facturas electrónicas no constituyen documentos idóneos para el reclamo de obligaciones dinerarias a través de procesos monitorios de cobro.
Transcribimos a continuación algunos de los argumentos del Tribunal ad quem en su resolución:
".... la factura electrónica se encuentra regulada para efectos tributarios. De esta manera, lo que se persigue es satisfacer el interés fiscal, pero sin afectar el marco legal que regula la factura en el numeral 460 del Código de Comercio, que es el que en definitiva determina las condiciones y requisitos de validez de la factura de crédito. (...) El que emite la factura electrónica es el obligado tributario frente al Fisco mientras que el beneficiario de la compraventa o prestación del servicio no participa en la emisión de dicha factura, siendo un tercero ajeno a la primera r...