Trámitación de rebeldías en el Ministerio Público y Juzgados Penales
Mediante Circular No. 14-2024, el Consejo Superior del Poder Judicial hizo del conocimiento de todos los Despachos Judiciales que atienden las etapas preparatorias e intermedias en materia penal, que luego de atender las recomendaciones de la Comisión de la Jurisdicción Penal, ha tomado el acuerdo de que con el dictado de la rebeldía, el expediente penal se mantenga bajo custodia del Juzgado Penal, y que para la continuidad de la investigación, el Ministerio Público mantenga un legajo paralelo con las principales actuaciones que sean de su interés.
Para conocer el texto completo de la Circular 14-2024 descárguelo a continuación: Descargar texto completo de la Circular 14-2023Nos permitimos resumir lo siguiente de la Circular en comentario:Procedimiento que se aplicará a nivel del sistema informático para cada etapa del proceso penal:
1. El Ministerio Público solicita la Rebeldía al Juzgado Penal bajo el escenario ...
