Abogados

Publicación de edictos de remate cuando concurren varios acreedores sobre el mismo bien

Mediante Circular 70-2024 del Consejo Superior del Poder Judicial se establecen los Lineamientos para Homogenizar el Procedimiento de Solicitud y Envío de Constancias de Publicación de Edictos y Señalamientos de Remate del artículo 157.1 del Código Procesal Civil.

La Circular está dirigida a todos los despachos judiciales que tramitan materia civil y cobratoria en primera instancia, así como a los abogados litigantes de dichas materias.  Tiene como finalidad "homogenizar el acceso a la justicia en cuanto al procedimiento para solicitar y emitir las constancias que refiere el artículo 157.1 del Código Procesal Civil y evitar el trato desigual de las personas usuarias en los distintos Juzgados de Cobro Judicial y Civiles."

El numeral 157.1 reza así: Artículo 157.- Actos preparatorios del remate.  157.1 Concurrencia de acreedores sobre el mismo bien. Todos los acreedores embargantes o con garantía real deberán gestionar el pago de sus créditos, en...

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Se reitera importancia de aplicar Guía Práctica de Comunicaciones Judiciales

Mediante Circular  No. 57-2024 del Consejo Superior del Poder Judicial publicada este 10 de abril en el Boletín Judicial se reitera la aplicación de la Circular No. 206-2021 , la cual a su vez fue reiteración de la Circular No.  50-2021 de marzo de 2021, con el objetivo de que las oficinas judiciales:

"... colaboren solicitándole a las partes de los procesos, mayores señas en las direcciones debido a que son muy escuetas y que se analice de manera general si la dirección es lógica, además del plazo de envío de las diligencias con relación a las fechas de audiencias o juicios, ya que muy frecuentemente el plazo para diligenciarlas no es suficiente. Por lo que en caso de considerar necesario llamar a la Oficina de Comunicaciones Judiciales para que les asesore en relación con la dirección recordar y fortalecer su aplicación, así como de mejorar el sistema de control interno."

Importante recordar q...

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Reglas prácticas para efectivizar cumplimiento de regímenes de interrelación familiar

Mediante la CIRCULAR No. 47-2024 del Consejo Superior del Poder Judicial se emitieron nuevas reglas prácticas para efectivizar el cumplimiento del establecimiento de regímenes de interrelación familiar.

De esta manera se hace saber a todos los despachos judiciales del país que conocen procesos de familia, violencia doméstica, o niñez y  adolescencia, lo siguientes:

“Los despachos que conocen procesos donde se ordene un régimen de interrelación familiar, sea este provisional o definitivo, en la resolución que así lo disponga se debe procurar que se cumpla con los siguientes requisitos:

a) Se debe concretar un hacer o no hacer, indicando expresamente las obligaciones de la persona custodia o encargada de entregar a la persona menor de edad, adulta mayor o la persona con discapacidad beneficiaria del régimen, así como las obligaciones de la persona que realiza o solicita el establecimi...

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Trámitación de rebeldías en el Ministerio Público y Juzgados Penales

Mediante Circular No. 14-2024, el Consejo Superior del Poder Judicial hizo del conocimiento de todos los Despachos Judiciales que atienden las etapas preparatorias e intermedias en materia penal, que luego de atender las recomendaciones de la Comisión de la Jurisdicción Penal, ha tomado el acuerdo de que con el dictado de la rebeldía, el expediente penal se mantenga bajo custodia del Juzgado Penal, y que para la continuidad de la investigación, el Ministerio Público mantenga un legajo paralelo con las principales actuaciones que sean de su interés.

Para conocer el texto completo de la Circular 14-2024 descárguelo a continuación:  Descargar texto completo de la Circular 14-2023Nos permitimos resumir lo siguiente de la Circular en comentario:

Procedimiento que se aplicará a nivel del sistema informático para cada etapa del proceso penal:

1. El Ministerio Público solicita la Rebeldía al Juzgado Penal bajo el escenario ...

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Modifican Circular sobre préstamo de expedientes judiciales

Mediante Circular No. 20-2024 del Consejo Superior del Poder Judicial se acordó modificar el protocolo de préstamo y copia de expedientes físicos o electrónicos a los abogados en los despachos sin estar apersonados a los procesos ni contar con poder alguno.

La Comisión de la Jurisdicción Civil había recomendado eliminar la “Propuesta de formulario de solicitud de expedientes por persona abogada en el despacho” contenida dentro del Protocolo de protección de datos aplicable a materia civil y de cobro judicial, con el objetivo de uniformar el abordaje a nivel institucional sin distingo de materia y aprovechar las plantillas que ya existen para tal efecto, contribuyendo a las políticas cero papeles, a los objetivos mundiales de sostenibilidad y finalmente abogar por la simplificación y celeridad de trámites judiciales”.

Por consiguiente se dispuso dejar sin efecto la Circular 188-2022 y en su lugar emitir la siguient...

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Ley estadounidense de Prevención de Extorsión en el Extranjero (FEPA)

Nuestro querido colega Casimiro Vargas,  especialista en el mercado de Bienes Raíces, Derecho Corporativo, Debida Diligencia y Anti-Lavado de Dinero, nos comparte un nuevo artículo muy interesante sobre una norma aprobada hace pocas semanas, que aunque no pertenece a nuestro ordenamiento jurídico, podría tener repercusiones en asesores legales y empresarios costarricenses que realizan negocios con empresas y organizaciones en Estados Unidos.

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             El pasado 14 de diciembre del 2023 el Congreso de Estados Unidos aprobó la Ley de Prevención de Extorsión en el Extranjero (en inglés: “Foreign Extorsion Prevention Act”. FEPA). Con dicha norma se pretende llenar un vacío en la ya existente Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero (en inglés: “Foreign Corrupt Practices Act” o FCPA).

            No pretendo con esta noticia tra...

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Tribunales: ingreso preferente para personas con audiencias programadas 8 a.m o 1:30 p.m.

De conformidad con la Circular No. 322-2023 del Consejo Superior del Poder Judicial, aquéllos que acrediten por medio de la presentación de un documento impreso, que tienen un señalamiento programado antes de las 8 a.m. ó antes de 1:30 p.m., tendrán prioridad de ingreso a los edificios de Tribunales de Justicia del país, tomando en cuenta el tiempo que le toma a las personas convocadas llegar hasta el despacho  en razón de los controles de seguridad existentes para la entrada a los Edificios del Poder Judicial.

Para ello,  los despachos judiciales deberán entregar a las partes y/o intervinientes,  las citaciones o comprobantes correspondientes sea en formato físico o digital, a efecto de que los oficiales de seguridad puedan dar el ingreso prioritario a las personas usuarias que así lo requieran.

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Circular No....

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Estudiantes deberán firmar compromiso de confidencialidad para ver expedientes

Mediante la Circular N° 251-2023 del Consejo Superior del Poder Judicial se dispuso concentrar en un solo acuerdo lo comunicado mediante las circulares de la Secretaría de la Corte números 91-2010, 08-2016, 89- 2022 y 38-2023, relativas todas a este tema de la autorización a los estudiantes de Derecho para ver expedientes judiciales.  Nos permitimos transcribir a continuación la circular indicada:

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CIRCULAR N° 251-2023

Asunto: “Acceso al Expediente Judicial según el Artículo 243 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y uso obligatorio del Formulario “Compromiso de Confidencialidad y Privacidad de la Información del Expediente Judicial” conforme a la Ley 8968”

A TODOS LOS DESPACHOS JUDICIALES DEL PAÍS, INSTITUCIONES EDUCATIVAS, COLEGIO DE ABOGADAS Y ABOGADOS Y PÚBLICO ENGENERAL SE LES HACE SABER QUE:

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