Abogados

Poder Judicial fortalece políticas de seguridad para ingreso a Gestión en Línea

Nos permitimos retransmitir del Poder Judicial.

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AVISO IMPORTANTE

La Dirección de Tecnología de Información y Comunicaciones informa que se activaron nuevas políticas de seguridad en el acceso al Sitio Web del Poder Judicial.

Por lo anterior, si se presentan problemas de acceso o inconvenientes en algún servicio, puede reportar al teléfono:2284-2062 y al correo electrónico: Consultas_gl_av@porder-judicial.go.cr

 Las medidas anteriores se toman en cumplimiento de las políticas y regulaciones establecidas para el uso adecuado de los sistemas institucionales según lo regulado en la Circular 102-2022 del Consejo Superior en sesión No. 48-2022 celebrada el 07 de junio de 2022.   Para descargar el texto de la Circular indicada haga clic a c...

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Unifican en un mismo Tribunal de Trabajo, conocimiento de la segunda instancia en San José

Mediante Circular N° 128-2024 publicada hoy en el Boletín Judicial se hace del conocimiento de los despachos judiciales, abogados y público en general el acuerdo tomado por la Corte Plena a fin de unificar el conocimiento de la segunda instancia en materia de trabajo del Primer, Segundo y Tercer Circuito Judicial de San José en el Tribunal de Apelación de Trabajo del Primer Circuito de San José.    La medida rige a partir del próximo 1 de julio.

Competencia territorialCantón Central de San José:  Carmen, Merced, Hospital, Catedral, Zapote, San Francisco de Dos Ríos, Uruca, Mata Redonda y Pavas. Cantones de Escazú, Desamparados, Puriscal, Aserrí, Mora, Santa Ana, Acosta y Turrubares (excepto el distrito de Carara), distritos de Hatillo y San Sebastián. Cantones de Goicoechea, Alajuelita, Vázquez de Coronado, Tibás, Moravia, Montes de Oca y Curridabat. En materia de arbitrajes de procesos colectivos de carácter económico social, abarcará todo el país. En atenci...

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Teletrabajo en el Poder Judicial: emisión de certificaciones, mandamientos y embargos

Mediante Circular No. 104-2024 del Consejo Superior del Poder Judicial se reitera que en los roles de teletrabajo que diseñe cada despacho, no puede afectarse la continuidad del servicio para la expedición de certificaciones, mandamientos, embargos con boletas de seguridad y en general, actuaciones en los procesos que requieran la firma o intervención presencial de la persona juzgadora.

Independientemente de quien sea el juez o jueza informante del proceso, dichos trámites deben de ser realizados por la persona juzgadora que por rol se encuentre de forma presencial en el despacho al momento en que la persona usuaria lo requiera, sin posibilidad de negarse a emitir el documento bajo la justificación de que el juez o jueza informante se encuentra en teletrabajo.

Y EN LO QUE RESPECTA A LA ATENCIÓN AL PUBLICO 

Asimismo se estableció que en la atención al público no será impedimento, ni forma de respuesta para la atenció...

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Ministerio Público no puede ordenar levantamiento de anotaciones sobre bienes muebles

De conformidad con la Circular  No. 90-2024  publicada hoy en el Boletín Judicial, el Consejo Superior del Poder Judicial acogió la propuesta  sugerida por la Comisión de la Jurisdicción Penal sobre las competencias legales para el levantamiento de gravámenes y anotaciones sobre bienes muebles en los procesos en que interviene.  Al efecto se establece lo siguiente:

"El Ministerio Público no ostenta la competencia asignada por ley para ordenar el levantamiento de gravámenes y anotaciones sobre bienes muebles, ya que dicha función es de índole jurisdiccional, lo anterior, partiendo de que incluso los actos conclusivos del Ministerio Público requieren pronunciamiento jurisdiccional, en concreto, del Juzgado Penal correspondiente. Por ende, solamente las autoridades judiciales deberán tener acceso al sistema del Registro Público.

En razón de lo anterior, se dispone:

1. La autoridad...

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Publicación de edictos de remate cuando concurren varios acreedores sobre el mismo bien

Mediante Circular 70-2024 del Consejo Superior del Poder Judicial se establecen los Lineamientos para Homogenizar el Procedimiento de Solicitud y Envío de Constancias de Publicación de Edictos y Señalamientos de Remate del artículo 157.1 del Código Procesal Civil.

La Circular está dirigida a todos los despachos judiciales que tramitan materia civil y cobratoria en primera instancia, así como a los abogados litigantes de dichas materias.  Tiene como finalidad "homogenizar el acceso a la justicia en cuanto al procedimiento para solicitar y emitir las constancias que refiere el artículo 157.1 del Código Procesal Civil y evitar el trato desigual de las personas usuarias en los distintos Juzgados de Cobro Judicial y Civiles."

El numeral 157.1 reza así: Artículo 157.- Actos preparatorios del remate.  157.1 Concurrencia de acreedores sobre el mismo bien. Todos los acreedores embargantes o con garantía real deberán gestionar el pago de sus créditos, en...

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Se reitera importancia de aplicar Guía Práctica de Comunicaciones Judiciales

Mediante Circular  No. 57-2024 del Consejo Superior del Poder Judicial publicada este 10 de abril en el Boletín Judicial se reitera la aplicación de la Circular No. 206-2021 , la cual a su vez fue reiteración de la Circular No.  50-2021 de marzo de 2021, con el objetivo de que las oficinas judiciales:

"... colaboren solicitándole a las partes de los procesos, mayores señas en las direcciones debido a que son muy escuetas y que se analice de manera general si la dirección es lógica, además del plazo de envío de las diligencias con relación a las fechas de audiencias o juicios, ya que muy frecuentemente el plazo para diligenciarlas no es suficiente. Por lo que en caso de considerar necesario llamar a la Oficina de Comunicaciones Judiciales para que les asesore en relación con la dirección recordar y fortalecer su aplicación, así como de mejorar el sistema de control interno."

Importante recordar q...

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Reglas prácticas para efectivizar cumplimiento de regímenes de interrelación familiar

Mediante la CIRCULAR No. 47-2024 del Consejo Superior del Poder Judicial se emitieron nuevas reglas prácticas para efectivizar el cumplimiento del establecimiento de regímenes de interrelación familiar.

De esta manera se hace saber a todos los despachos judiciales del país que conocen procesos de familia, violencia doméstica, o niñez y  adolescencia, lo siguientes:

“Los despachos que conocen procesos donde se ordene un régimen de interrelación familiar, sea este provisional o definitivo, en la resolución que así lo disponga se debe procurar que se cumpla con los siguientes requisitos:

a) Se debe concretar un hacer o no hacer, indicando expresamente las obligaciones de la persona custodia o encargada de entregar a la persona menor de edad, adulta mayor o la persona con discapacidad beneficiaria del régimen, así como las obligaciones de la persona que realiza o solicita el establecimi...

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Trámitación de rebeldías en el Ministerio Público y Juzgados Penales

Mediante Circular No. 14-2024, el Consejo Superior del Poder Judicial hizo del conocimiento de todos los Despachos Judiciales que atienden las etapas preparatorias e intermedias en materia penal, que luego de atender las recomendaciones de la Comisión de la Jurisdicción Penal, ha tomado el acuerdo de que con el dictado de la rebeldía, el expediente penal se mantenga bajo custodia del Juzgado Penal, y que para la continuidad de la investigación, el Ministerio Público mantenga un legajo paralelo con las principales actuaciones que sean de su interés.

Para conocer el texto completo de la Circular 14-2024 descárguelo a continuación:  Descargar texto completo de la Circular 14-2023Nos permitimos resumir lo siguiente de la Circular en comentario:

Procedimiento que se aplicará a nivel del sistema informático para cada etapa del proceso penal:

1. El Ministerio Público solicita la Rebeldía al Juzgado Penal bajo el escenario ...

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