Sobre el proyecto de condonación de deudas ante la CCSS
Según ha salido publicado en varios medios de comunicación, la Comisión de Asuntos Económicos de la Asamblea Legislativa, aprobó por unanimidad, el pasado 8 de junio, el texto sustitutivo del Proyecto de Ley 21.522, «Amnistía para la formalización y recaudación de las cargas sociales» que propone la condonación de deudas con la CCSS de tanto patronos como trabajadores independientes. (Para descargar su contenido haga clic aquí.)
Con la aprobación de este texto sustitutivo, ya resulta posible su estudio y votación por parte del Plenario Legislativo. Estaremos al pendiente para informarles sobre cualquier avance en su tramitación.
Nos permitimos destacar a continuación algunos de los aspectos contemplados en la propuesta:
1.- Se autoriza a la CCSS para que condone deudas tanto a los patronos como a los trabajadores independientes por concepto del Seguro de Enfermedad y Maternidad, así como al Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte.
2.- Se autoriza igualmente al INA, IMAS, FODESAF y al Banco Popular para que condonen el principal, las multas, sanciones e intereses generados por cualquier monto adeudado antes de la vigencia de la presente norma.
3.- Reglas para lograr la condonación:
- Solicitud expresa del patrono o trabajador independiente solicitando la condonación.
- Plazo: 12 meses a partir de la aprobación de la norma
- Cuando existan procesos de investigación administrativa iniciados por el cobro de períodos retroactivos, que aún no se encuentren firmes en sede administrativa, el trabajador independiente o el patrono deberá suscribir con la CCSS un acuerdo de transacción acordando la condonación total de lo adeudado.
- En caso de existir procesos judiciales iniciados, el trabajador independiente o el patrono deberán pagar únicamente los gastos incurridos por la CCSS por concepto de honorarios de abogado, los cuales se tasarán con base en el Arancel de Honorarios por Servicios Profesionales de abogacía y notariado.
- Las cuotas del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte que sean condonadas no generarán derechos, ni beneficios individuales relacionados con éstas.
- Los trabajadores independientes que no se encuentren inscritos, como condición para acogerse a los beneficios de la norma, deberán inscribirse ante la CCSS.
- En el caso de los patronos, la condonación comprende los adeudos pendientes de pago por multas, recargos e intereses que superen un año de antigüedad, contados a partir del momento de entrada en vigencia de la ley.
4.- Finalmente en un único transitorio se confiere el plazo de hasta doce meses para que la CCSS, conforme con su autonomía, realice los ajustes que sean necesarios en sus sistemas de información, así como para que reglamente los condiciones, requisitos y trámites necesarios para la implementación de la ley.
Marianela Fonseca Benavides • 22 julio, 2022
Con respecto a este articulo del año pasado, cuáles son los pasos a seguir ahora para obtener la condonación?, donde debo ir o que hacer ?