<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	
	>
<channel>
	<title>
	Comentarios en: Algo más sobre la obligación de los notarios de requerir identificaciones adicionales a la cédula de identidad	</title>
	<atom:link href="https://puntojuridico.com/algo-mas-sobre-la-obligacion-de-los-notarios-de-requerir-otras-identificaciones-adicionales-a-la-cedula-de-identidad/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://puntojuridico.com/algo-mas-sobre-la-obligacion-de-los-notarios-de-requerir-otras-identificaciones-adicionales-a-la-cedula-de-identidad/</link>
	<description>EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA</description>
	<lastBuildDate>Sun, 26 Apr 2015 00:23:47 +0000</lastBuildDate>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	
	<item>
		<title>
		Por: MSc. ALfonso Romero Coto		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/algo-mas-sobre-la-obligacion-de-los-notarios-de-requerir-otras-identificaciones-adicionales-a-la-cedula-de-identidad/#comment-22292</link>

		<dc:creator><![CDATA[MSc. ALfonso Romero Coto]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 03 Jul 2012 20:16:32 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.puntojuridico.com/?p=1993#comment-22292</guid>

					<description><![CDATA[Más allá de las atinadas consideraciones del colega y amigo Herman Mora, de las llamadas de atención sobre la pertinencia de la efectiva identficación de partes, y de la carencia de recursos que el Notario tiene en Costa Rica para cumplir con ese deber, me interesa plasmar un punto de inflexión en este foro. Se trata de que al Notario sancionado se le aplica la sanción, fundamentalmente por haber manifestado él, cuando le dan traslado sobre los hechos denunciados, que tuvo dudas sobre la identidad del sujeto compareciente, y que no se le pareció al que aparecía en la base Datum. Es decir, el Notario hizo una pésima defensa de su accionar, y cayó en lo que conocemos dentro del proceso disciplinario como autoincriminación. Esto se da cuando el propio denunciado introduce nuevos hechos, o profundiza con nuevos elementos sobre los discutidos, haciendo innecesario - como lo ha declarado la Sala Constitucional- un nuevo traslado de cargos, por ser él mismo, quien los proveyó al Juzgado. Luego, cuando quiso desdecirse, por supuesto que era demasiado tarde, ya que estaban acredtados con el resto de la prueba. Concluyo: La alusión a la base de datos es con ocasión de este caso y de las manifestaciones del Notario, sin que pueda extraerse que es una fuente de identificación oficial. El Notario público en Costa Rica no se sabe defender porque desconoce el procedimiento disciplinario notarial, y la autoncriminacion constante, es una prueba de esto. El Notario ante ese desconocimiento debe contratar algún profesional en la materia, que afortundamente ya somos bastantes, para realizar una inteligente defensa de sus casos. No es la primera vez que, en materia disciplinaria, me topo con resoluciones como éstas, donde es el propio Notario quien atenta contra su defensa con argumentos como los que extensamente hemos debatido en este foro.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Más allá de las atinadas consideraciones del colega y amigo Herman Mora, de las llamadas de atención sobre la pertinencia de la efectiva identficación de partes, y de la carencia de recursos que el Notario tiene en Costa Rica para cumplir con ese deber, me interesa plasmar un punto de inflexión en este foro. Se trata de que al Notario sancionado se le aplica la sanción, fundamentalmente por haber manifestado él, cuando le dan traslado sobre los hechos denunciados, que tuvo dudas sobre la identidad del sujeto compareciente, y que no se le pareció al que aparecía en la base Datum. Es decir, el Notario hizo una pésima defensa de su accionar, y cayó en lo que conocemos dentro del proceso disciplinario como autoincriminación. Esto se da cuando el propio denunciado introduce nuevos hechos, o profundiza con nuevos elementos sobre los discutidos, haciendo innecesario &#8211; como lo ha declarado la Sala Constitucional- un nuevo traslado de cargos, por ser él mismo, quien los proveyó al Juzgado. Luego, cuando quiso desdecirse, por supuesto que era demasiado tarde, ya que estaban acredtados con el resto de la prueba. Concluyo: La alusión a la base de datos es con ocasión de este caso y de las manifestaciones del Notario, sin que pueda extraerse que es una fuente de identificación oficial. El Notario público en Costa Rica no se sabe defender porque desconoce el procedimiento disciplinario notarial, y la autoncriminacion constante, es una prueba de esto. El Notario ante ese desconocimiento debe contratar algún profesional en la materia, que afortundamente ya somos bastantes, para realizar una inteligente defensa de sus casos. No es la primera vez que, en materia disciplinaria, me topo con resoluciones como éstas, donde es el propio Notario quien atenta contra su defensa con argumentos como los que extensamente hemos debatido en este foro.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Jose Juan Sanchez Ch		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/algo-mas-sobre-la-obligacion-de-los-notarios-de-requerir-otras-identificaciones-adicionales-a-la-cedula-de-identidad/#comment-22092</link>

		<dc:creator><![CDATA[Jose Juan Sanchez Ch]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 24 Jun 2012 07:53:34 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.puntojuridico.com/?p=1993#comment-22092</guid>

					<description><![CDATA[Lo que se nos viene es una Torre de Babel juridica!]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Lo que se nos viene es una Torre de Babel juridica!</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: E.J. Arias		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/algo-mas-sobre-la-obligacion-de-los-notarios-de-requerir-otras-identificaciones-adicionales-a-la-cedula-de-identidad/#comment-22008</link>

		<dc:creator><![CDATA[E.J. Arias]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 20 Jun 2012 17:51:37 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.puntojuridico.com/?p=1993#comment-22008</guid>

					<description><![CDATA[Me gustaría saber si Punto Jurídico ha realizado alguna consulta a la DNN respecto a este asunto, si han emitido algún criterio porque realmente es preocupante!]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Me gustaría saber si Punto Jurídico ha realizado alguna consulta a la DNN respecto a este asunto, si han emitido algún criterio porque realmente es preocupante!</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: hannia herra azofeifa		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/algo-mas-sobre-la-obligacion-de-los-notarios-de-requerir-otras-identificaciones-adicionales-a-la-cedula-de-identidad/#comment-21910</link>

		<dc:creator><![CDATA[hannia herra azofeifa]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 16 Jun 2012 23:55:50 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.puntojuridico.com/?p=1993#comment-21910</guid>

					<description><![CDATA[Que bueno que existen profesionales como el doctor Herman Mora Vargas, que con su gran experiencia defiende la función Notarial, antes que una profesión es una vocación para el que la ejerce correctamente y sus reflexiones en relación al tema son muy atinadas. Me siento muy orgullosa de ejercer esta profesión, lástima que unos pocos corruptos hacen sombra para aquellos que sí hacemos el trabajo honradamente.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Que bueno que existen profesionales como el doctor Herman Mora Vargas, que con su gran experiencia defiende la función Notarial, antes que una profesión es una vocación para el que la ejerce correctamente y sus reflexiones en relación al tema son muy atinadas. Me siento muy orgullosa de ejercer esta profesión, lástima que unos pocos corruptos hacen sombra para aquellos que sí hacemos el trabajo honradamente.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: 007		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/algo-mas-sobre-la-obligacion-de-los-notarios-de-requerir-otras-identificaciones-adicionales-a-la-cedula-de-identidad/#comment-21901</link>

		<dc:creator><![CDATA[007]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 16 Jun 2012 10:45:21 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.puntojuridico.com/?p=1993#comment-21901</guid>

					<description><![CDATA[FIDEICOMISOS. Ahora lo que siguen son los fideicomisos falsos. Sea que se le endilgue a los notarios por infracción al deber de asesoría y autorización de actuaciones que no corresponden a la realidad jurídica, las respectivas sanciones tributarias y disciplinarias por la MASIVA y USUAL autorización de traspasos bajo la figura de fideicomisos cuando a la verdad quien está traspasando -presunto fideicomitente- lo que está haciendo es una donación, una venta, una dación en pago, etc.  Eso será lo que sigue, que una autoridad judicial se plante sobre el tema, y de paso contribuirá para contribuir con la situación fiscal del país.  Por qué se rasgan las vestiduras. Si la mayoría son los correctos, entonces que saturen al Juzgado Notarial con las denuncias contra los pocos que hacen fideicomisos velados, contra los que autentican sin estar viendo a los que firman, contra los que mandan a recoger firmas al mensajero o al asistente, contra los que certifican sin estar viendo las fuentes o los originales, contra los que certifican lo que no pueden certificar, contra los que no cobran lo que deben cobrar, que todos esa mayoría de notarios correctos y ajustado a la ley hagan la denuncias y saturen al Tribunal contra esos pocos, y entonces desaparecerá lo de &quot;pagan justos por pecadores&quot;???.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>FIDEICOMISOS. Ahora lo que siguen son los fideicomisos falsos. Sea que se le endilgue a los notarios por infracción al deber de asesoría y autorización de actuaciones que no corresponden a la realidad jurídica, las respectivas sanciones tributarias y disciplinarias por la MASIVA y USUAL autorización de traspasos bajo la figura de fideicomisos cuando a la verdad quien está traspasando -presunto fideicomitente- lo que está haciendo es una donación, una venta, una dación en pago, etc.  Eso será lo que sigue, que una autoridad judicial se plante sobre el tema, y de paso contribuirá para contribuir con la situación fiscal del país.  Por qué se rasgan las vestiduras. Si la mayoría son los correctos, entonces que saturen al Juzgado Notarial con las denuncias contra los pocos que hacen fideicomisos velados, contra los que autentican sin estar viendo a los que firman, contra los que mandan a recoger firmas al mensajero o al asistente, contra los que certifican sin estar viendo las fuentes o los originales, contra los que certifican lo que no pueden certificar, contra los que no cobran lo que deben cobrar, que todos esa mayoría de notarios correctos y ajustado a la ley hagan la denuncias y saturen al Tribunal contra esos pocos, y entonces desaparecerá lo de &#8220;pagan justos por pecadores&#8221;???.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Jose Zamora L.		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/algo-mas-sobre-la-obligacion-de-los-notarios-de-requerir-otras-identificaciones-adicionales-a-la-cedula-de-identidad/#comment-21887</link>

		<dc:creator><![CDATA[Jose Zamora L.]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 15 Jun 2012 23:07:06 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.puntojuridico.com/?p=1993#comment-21887</guid>

					<description><![CDATA[La verdad colegas, es que con resoluciones como la dictada por la Sala Primera, quedamos totalmente indefensos. Pero yo llamo la atención a nuestro Colegio de Abogados y a la misma Dirección, que simple  sencillamente se ha convertido en colaboradores mutuos pero para sancionar a los agremiados y no para asumir su tambien rol de apoyar al gremio y garantizar un mejor ejericio en el Notariado y en la misma Abogacía. Yo pago la colegiatura por mera obligacion, pues ni las instalaciones del colegio utilizo, pues nuestro colegio ni siquiera utiliza los fondos que le damos mes a mes, para tan siquiera mandarnos un feliz cumpleaños, pero si estan atentos para dictar sanciones y muchas de ellas injustas. Que lastima que en este país en lugar de avanzar vamos para atrás. Serpia bueno que los jueces que dictaron la sentencia pudieran por lo menos un día sentarse en nuestras sillas de notarios para ver si lo saben hacer a la perfección que pareciera nos quieren imponer. Extrañamente en las audiencias en Corte no piden más que la cédula, pero a nosotros si quieren ibligarnos a ir más alla de lo de eso, y hasta promocionan a DATUM. Le queda a uno la sensanción de si habra intereses de por medio con esa empresa, No es más razonable que a los Notarios (con firma digital) se nos permita el acceso a la base de datos del TSE. La Sala debio de cuidarse en hacer ese tipo de promoción.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La verdad colegas, es que con resoluciones como la dictada por la Sala Primera, quedamos totalmente indefensos. Pero yo llamo la atención a nuestro Colegio de Abogados y a la misma Dirección, que simple  sencillamente se ha convertido en colaboradores mutuos pero para sancionar a los agremiados y no para asumir su tambien rol de apoyar al gremio y garantizar un mejor ejericio en el Notariado y en la misma Abogacía. Yo pago la colegiatura por mera obligacion, pues ni las instalaciones del colegio utilizo, pues nuestro colegio ni siquiera utiliza los fondos que le damos mes a mes, para tan siquiera mandarnos un feliz cumpleaños, pero si estan atentos para dictar sanciones y muchas de ellas injustas. Que lastima que en este país en lugar de avanzar vamos para atrás. Serpia bueno que los jueces que dictaron la sentencia pudieran por lo menos un día sentarse en nuestras sillas de notarios para ver si lo saben hacer a la perfección que pareciera nos quieren imponer. Extrañamente en las audiencias en Corte no piden más que la cédula, pero a nosotros si quieren ibligarnos a ir más alla de lo de eso, y hasta promocionan a DATUM. Le queda a uno la sensanción de si habra intereses de por medio con esa empresa, No es más razonable que a los Notarios (con firma digital) se nos permita el acceso a la base de datos del TSE. La Sala debio de cuidarse en hacer ese tipo de promoción.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Roberto Umaña Balser		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/algo-mas-sobre-la-obligacion-de-los-notarios-de-requerir-otras-identificaciones-adicionales-a-la-cedula-de-identidad/#comment-21880</link>

		<dc:creator><![CDATA[Roberto Umaña Balser]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 15 Jun 2012 16:57:15 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.puntojuridico.com/?p=1993#comment-21880</guid>

					<description><![CDATA[Señores y Señoras, el asunto creo que va más allá de lo que se proyecta o comenta. El voto en cuestión no marca ningún hito, es en realidad una seria violación a las garantias mismas de todo ser humano, Lejos de ser o no ser notarios, de lo que en el fondo se trata es que NO DEBEMOS o PODEMOS INVERTIR LA GARANTIA DE INOCENCIA y la presunción de buena fe en el actuar de otros. Con ello justifico, que si un colega actúa con notaria negligencia sea  corregido y/ò sancionado. Pero, no debemos por un hecho como el sucedido presumir que todo aquel que se presenta ante nuestras notarias es un pillo o un estafador. Sepamos como profesionales guardar nuestro debido deber de diligencia en nuestro actuar. Pero, exijamos que si se nos expone a este tipo de sanciones en forma previa el Estado nos facilite los mecanismos necesarios para poder realizar nuestra función sin que ello implique una afrenta al decoro y honor publicos. TODOS SOMOS INOCENTES HASTA QUE SE NOS DEMUESTRE LO CONTRARIO]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Señores y Señoras, el asunto creo que va más allá de lo que se proyecta o comenta. El voto en cuestión no marca ningún hito, es en realidad una seria violación a las garantias mismas de todo ser humano, Lejos de ser o no ser notarios, de lo que en el fondo se trata es que NO DEBEMOS o PODEMOS INVERTIR LA GARANTIA DE INOCENCIA y la presunción de buena fe en el actuar de otros. Con ello justifico, que si un colega actúa con notaria negligencia sea  corregido y/ò sancionado. Pero, no debemos por un hecho como el sucedido presumir que todo aquel que se presenta ante nuestras notarias es un pillo o un estafador. Sepamos como profesionales guardar nuestro debido deber de diligencia en nuestro actuar. Pero, exijamos que si se nos expone a este tipo de sanciones en forma previa el Estado nos facilite los mecanismos necesarios para poder realizar nuestra función sin que ello implique una afrenta al decoro y honor publicos. TODOS SOMOS INOCENTES HASTA QUE SE NOS DEMUESTRE LO CONTRARIO</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Eugenia Pacheco Rojas		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/algo-mas-sobre-la-obligacion-de-los-notarios-de-requerir-otras-identificaciones-adicionales-a-la-cedula-de-identidad/#comment-21878</link>

		<dc:creator><![CDATA[Eugenia Pacheco Rojas]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 15 Jun 2012 15:36:40 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.puntojuridico.com/?p=1993#comment-21878</guid>

					<description><![CDATA[Y si les pedimos prueba de ADN? Y si además le pedimos al compareciente que traiga a la mamá y al papá para que lo identifiquen como que es, el portador de la cédula que dice ser? Que locura. Que nos pasa. Adonde nos quieren llevar. Este fallo pasó  de lo sublime a lo ridículo.  Que gran pena...]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Y si les pedimos prueba de ADN? Y si además le pedimos al compareciente que traiga a la mamá y al papá para que lo identifiquen como que es, el portador de la cédula que dice ser? Que locura. Que nos pasa. Adonde nos quieren llevar. Este fallo pasó  de lo sublime a lo ridículo.  Que gran pena&#8230;</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: VILMA CORDERO BENAVIDES		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/algo-mas-sobre-la-obligacion-de-los-notarios-de-requerir-otras-identificaciones-adicionales-a-la-cedula-de-identidad/#comment-21870</link>

		<dc:creator><![CDATA[VILMA CORDERO BENAVIDES]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 14 Jun 2012 21:54:55 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.puntojuridico.com/?p=1993#comment-21870</guid>

					<description><![CDATA[Los señores de la Sala con esas resoluciones nos dejan un sinsabor bien amargo, otro cuerno que le sale al venado, otra preocupación más, y ahora resulta que hasta perito debemos ser para gastar el dinero de los honorarios con ilusión y no con susto. Me pregunto y donde queda lo que indica el artículo 95 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones: &quot;...Actos en que es obligatoria la presentación de la cédula Artículo 95.- La presentación de la cédula de identidad es indispensable para:
Emitir el voto;
Todo acto o contrato notarial;...&quot; relacionado con el 39 del Código Notarial  debiera resultar más que suficiente el documento de identificación expedido por el Estado. Ahora bien como no tenemos que invertir en una notaría para brindar un servicio ágil, eficiente y digno todavía ahora según las palabras de los señores de la Sala debemos comprar los servicios de una empresa privada y para qué pregunto? acaso en esa información  sale ni fotografías,  lugares de trabajo, y otra información personal, ya esas empresas en virtud de votos de la Sala Constitucional casi no pueden dar mucha de la información personal, y que será que tendremos que preguntarle al usuario del servicio para corroborar el documento de identidad todas las personales?
SOLO NOS QUEDA EL DERECHO AL BERREO.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Los señores de la Sala con esas resoluciones nos dejan un sinsabor bien amargo, otro cuerno que le sale al venado, otra preocupación más, y ahora resulta que hasta perito debemos ser para gastar el dinero de los honorarios con ilusión y no con susto. Me pregunto y donde queda lo que indica el artículo 95 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Elecciones: &#8220;&#8230;Actos en que es obligatoria la presentación de la cédula Artículo 95.- La presentación de la cédula de identidad es indispensable para:<br />
Emitir el voto;<br />
Todo acto o contrato notarial;&#8230;&#8221; relacionado con el 39 del Código Notarial  debiera resultar más que suficiente el documento de identificación expedido por el Estado. Ahora bien como no tenemos que invertir en una notaría para brindar un servicio ágil, eficiente y digno todavía ahora según las palabras de los señores de la Sala debemos comprar los servicios de una empresa privada y para qué pregunto? acaso en esa información  sale ni fotografías,  lugares de trabajo, y otra información personal, ya esas empresas en virtud de votos de la Sala Constitucional casi no pueden dar mucha de la información personal, y que será que tendremos que preguntarle al usuario del servicio para corroborar el documento de identidad todas las personales?<br />
SOLO NOS QUEDA EL DERECHO AL BERREO.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: diana chaves araya		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/algo-mas-sobre-la-obligacion-de-los-notarios-de-requerir-otras-identificaciones-adicionales-a-la-cedula-de-identidad/#comment-21869</link>

		<dc:creator><![CDATA[diana chaves araya]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 14 Jun 2012 21:54:50 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.puntojuridico.com/?p=1993#comment-21869</guid>

					<description><![CDATA[interesantes muchisimos de sus comentarios. YO SOY UNA DE LAS MIL NOTARIAS INDUCIDAS AL ERROR POR LAS BANDAS DE DELINCUENTES.  y creo que adelante ya que nada nos ampara la opcion mas viable y razonable es la huella digital. asi nos evitamos problemas a futuro. Me parece tan ridiculo que si en este pais nos identificamos con la cedula tengamos en adelante que exigir documentos que pueden ser mas facilmente falsificados porque no cuentan con foto. a MENOS QUE TENGAMOS CADA QUIEN SU PROPIO LABORATORIO DE ADN !!!
Por otra parte la funcion notarial deberia ser vista con respeto Y admiracion pero debido a la proliferacion de seudo profesionales que desvirtuan la profesion se convirtio esto en una ocupacion sin clase y sin principios y extraño es que quienes queremos ser honestos en cuanto a los cobros y a nuestra labor, terminamos siendo señalados pues detras de nosotros hay una generacion que no admira ni valora esta importante profesion. 
es doloroso ver como el colegio de abogados no hace  nada por detener esto. y mas doloroso aun como la dnn nos desampara y nos señala.!!!!]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>interesantes muchisimos de sus comentarios. YO SOY UNA DE LAS MIL NOTARIAS INDUCIDAS AL ERROR POR LAS BANDAS DE DELINCUENTES.  y creo que adelante ya que nada nos ampara la opcion mas viable y razonable es la huella digital. asi nos evitamos problemas a futuro. Me parece tan ridiculo que si en este pais nos identificamos con la cedula tengamos en adelante que exigir documentos que pueden ser mas facilmente falsificados porque no cuentan con foto. a MENOS QUE TENGAMOS CADA QUIEN SU PROPIO LABORATORIO DE ADN !!!<br />
Por otra parte la funcion notarial deberia ser vista con respeto Y admiracion pero debido a la proliferacion de seudo profesionales que desvirtuan la profesion se convirtio esto en una ocupacion sin clase y sin principios y extraño es que quienes queremos ser honestos en cuanto a los cobros y a nuestra labor, terminamos siendo señalados pues detras de nosotros hay una generacion que no admira ni valora esta importante profesion.<br />
es doloroso ver como el colegio de abogados no hace  nada por detener esto. y mas doloroso aun como la dnn nos desampara y nos señala.!!!!</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
	</channel>
</rss>

<!--
Performance optimized by W3 Total Cache. Learn more: https://www.boldgrid.com/w3-total-cache/

Almacenamiento en caché de páginas con Disk: Enhanced 
Red de entrega de contenidos mediante www.puntojuridico.masterlex.cr
Minimizado usando Disk
Caché de base de datos 645/653 consultas en 0.086 segundos usando Disk

Served from: puntojuridico.com @ 2026-05-30 13:59:29 by W3 Total Cache
-->