<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	
	>
<channel>
	<title>
	Comentarios en: Únicas personas autorizadas para accesar expedientes judiciales	</title>
	<atom:link href="https://puntojuridico.com/aclaran-numeros-de-fax-para-recepcion-de-escritos-en-los-despachos-judiciales-del-i-circuito-judicial-de-san-jose/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://puntojuridico.com/aclaran-numeros-de-fax-para-recepcion-de-escritos-en-los-despachos-judiciales-del-i-circuito-judicial-de-san-jose/</link>
	<description>EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA</description>
	<lastBuildDate>Tue, 02 Feb 2021 16:08:05 +0000</lastBuildDate>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	
	<item>
		<title>
		Por: Ignacio García		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/aclaran-numeros-de-fax-para-recepcion-de-escritos-en-los-despachos-judiciales-del-i-circuito-judicial-de-san-jose/#comment-71382</link>

		<dc:creator><![CDATA[Ignacio García]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 02 Feb 2021 16:08:05 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.puntojuridico.com/?p=544#comment-71382</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/aclaran-numeros-de-fax-para-recepcion-de-escritos-en-los-despachos-judiciales-del-i-circuito-judicial-de-san-jose/#comment-2836&quot;&gt;Fabián Volio Echeverría&lt;/a&gt;.

Tiene algún número de voto en especial? Hay otro tema, y es el del dato del expediente existente, no el acceso la expediente en sí. Es decir, si yo quiero que el juzgado me certifique que actualmente se tramita una causa en la que una persona está involucrada, ¿se entiende que el dato sobre la existencia de este dato es confidencial? Porque esto limita las posibilidades de recopilar datos y realizar estadísticas forenses. Es decir, la confidencialidad se refiere al contenido del expediente, pero los datos de ingreso y tramitación del despacho judicial deberían ser de acceso público.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/aclaran-numeros-de-fax-para-recepcion-de-escritos-en-los-despachos-judiciales-del-i-circuito-judicial-de-san-jose/#comment-2836">Fabián Volio Echeverría</a>.</p>
<p>Tiene algún número de voto en especial? Hay otro tema, y es el del dato del expediente existente, no el acceso la expediente en sí. Es decir, si yo quiero que el juzgado me certifique que actualmente se tramita una causa en la que una persona está involucrada, ¿se entiende que el dato sobre la existencia de este dato es confidencial? Porque esto limita las posibilidades de recopilar datos y realizar estadísticas forenses. Es decir, la confidencialidad se refiere al contenido del expediente, pero los datos de ingreso y tramitación del despacho judicial deberían ser de acceso público.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Jonathan Picado		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/aclaran-numeros-de-fax-para-recepcion-de-escritos-en-los-despachos-judiciales-del-i-circuito-judicial-de-san-jose/#comment-49177</link>

		<dc:creator><![CDATA[Jonathan Picado]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 08 Mar 2017 23:17:16 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.puntojuridico.com/?p=544#comment-49177</guid>

					<description><![CDATA[Hola,
Intenté ver el acta de embargo de un caso de remate de un vehículo.  Esto con el fin de conocer el estado general del vehículo antes de ir al remate.  En el acta se incluye información como estado de la carrocería, pintura, llantas, interior, etc.  En el Juzgado de cobro me lo impidieron alegando que solo un abogado puede hacerlo de acuerdo con la circular 91-2010.  No soy abogado, solo un postor interesado en participar en remates, por lo que esto me parece que no tiene ningún sentido e incluso está en contra del artículo 24 de la Ley de Cobro Judicial.  Qué se puede hacer o alegar en este caso para tener acceso al mismo?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Hola,<br />
Intenté ver el acta de embargo de un caso de remate de un vehículo.  Esto con el fin de conocer el estado general del vehículo antes de ir al remate.  En el acta se incluye información como estado de la carrocería, pintura, llantas, interior, etc.  En el Juzgado de cobro me lo impidieron alegando que solo un abogado puede hacerlo de acuerdo con la circular 91-2010.  No soy abogado, solo un postor interesado en participar en remates, por lo que esto me parece que no tiene ningún sentido e incluso está en contra del artículo 24 de la Ley de Cobro Judicial.  Qué se puede hacer o alegar en este caso para tener acceso al mismo?</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: manuel vargas		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/aclaran-numeros-de-fax-para-recepcion-de-escritos-en-los-despachos-judiciales-del-i-circuito-judicial-de-san-jose/#comment-4064</link>

		<dc:creator><![CDATA[manuel vargas]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 17 Nov 2010 20:50:19 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.puntojuridico.com/?p=544#comment-4064</guid>

					<description><![CDATA[la circular quebranta el artículo 295 CPP, si se aplica en la forma que lo hacen los despachos, porque impiden acceso al expediente a los abogados y precisamente si algún cliente le pide el estudio del mismo no se puede. La norma hace la excepción de que se invoque un interés legítimo, que podría ser estudiar el asunto antes de que se acepte la representación o bien para asesorar al consultante. Me parece que la interpretación que hacen los despachos va más alla de lo que es. Gracias]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>la circular quebranta el artículo 295 CPP, si se aplica en la forma que lo hacen los despachos, porque impiden acceso al expediente a los abogados y precisamente si algún cliente le pide el estudio del mismo no se puede. La norma hace la excepción de que se invoque un interés legítimo, que podría ser estudiar el asunto antes de que se acepte la representación o bien para asesorar al consultante. Me parece que la interpretación que hacen los despachos va más alla de lo que es. Gracias</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Eugenia Pacheco Rojas		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/aclaran-numeros-de-fax-para-recepcion-de-escritos-en-los-despachos-judiciales-del-i-circuito-judicial-de-san-jose/#comment-2860</link>

		<dc:creator><![CDATA[Eugenia Pacheco Rojas]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 01 Sep 2010 04:41:15 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.puntojuridico.com/?p=544#comment-2860</guid>

					<description><![CDATA[Si solo el Abogado Director puede o está ahora facultado para ver el expediente, quiere eso decir que si un ciudadano no está conforme, o tiene dudas sobre su causa y pide  a otro profesional revisar la misma,deberá acaso contar con una autorización escrita de la parte? Entonces, la Secretaría de la Corte parece más bien coartar el derecho del ejercicio de nuestra profesión]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Si solo el Abogado Director puede o está ahora facultado para ver el expediente, quiere eso decir que si un ciudadano no está conforme, o tiene dudas sobre su causa y pide  a otro profesional revisar la misma,deberá acaso contar con una autorización escrita de la parte? Entonces, la Secretaría de la Corte parece más bien coartar el derecho del ejercicio de nuestra profesión</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Fabián Volio Echeverría		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/aclaran-numeros-de-fax-para-recepcion-de-escritos-en-los-despachos-judiciales-del-i-circuito-judicial-de-san-jose/#comment-2836</link>

		<dc:creator><![CDATA[Fabián Volio Echeverría]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 30 Aug 2010 22:29:18 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.puntojuridico.com/?p=544#comment-2836</guid>

					<description><![CDATA[La Sala Constitucional permite el acceso al expediente a cualquier persona con cédula e identidad.

Saludos]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>La Sala Constitucional permite el acceso al expediente a cualquier persona con cédula e identidad.</p>
<p>Saludos</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
	</channel>
</rss>

<!--
Performance optimized by W3 Total Cache. Learn more: https://www.boldgrid.com/w3-total-cache/

Almacenamiento en caché de páginas con Disk: Enhanced 
Red de entrega de contenidos mediante www.puntojuridico.masterlex.cr
Minimizado usando Disk
Caché de base de datos 658/669 consultas en 0.098 segundos usando Disk

Served from: puntojuridico.com @ 2026-06-17 03:43:59 by W3 Total Cache
-->