<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	
	>
<channel>
	<title>
	Comentarios en: Aclaran números de fax para recepción de escritos en los despachos judiciales del I circuito judicial de San José	</title>
	<atom:link href="https://puntojuridico.com/aclaran-numeros-de-fax-para-recepcion-de-escritos-en-los-despachos-judiciales-del-i-circuito-judicial-de-san-jose-2/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://puntojuridico.com/aclaran-numeros-de-fax-para-recepcion-de-escritos-en-los-despachos-judiciales-del-i-circuito-judicial-de-san-jose-2/</link>
	<description>EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA</description>
	<lastBuildDate>Mon, 27 Apr 2015 17:53:41 +0000</lastBuildDate>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	
	<item>
		<title>
		Por: Patricia Nuñez		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/aclaran-numeros-de-fax-para-recepcion-de-escritos-en-los-despachos-judiciales-del-i-circuito-judicial-de-san-jose-2/#comment-2868</link>

		<dc:creator><![CDATA[Patricia Nuñez]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 01 Sep 2010 20:42:36 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.puntojuridico.com/?p=555#comment-2868</guid>

					<description><![CDATA[Pueden indicarme por favor, a que número de telefóno confirmo el recibo del fax presentando el escrito o sólamente con el reporte emitido por el fax con el OK de enviado es suficiente.

Gracias]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Pueden indicarme por favor, a que número de telefóno confirmo el recibo del fax presentando el escrito o sólamente con el reporte emitido por el fax con el OK de enviado es suficiente.</p>
<p>Gracias</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: JONATHAN GARCIA QUESADA		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/aclaran-numeros-de-fax-para-recepcion-de-escritos-en-los-despachos-judiciales-del-i-circuito-judicial-de-san-jose-2/#comment-2846</link>

		<dc:creator><![CDATA[JONATHAN GARCIA QUESADA]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 31 Aug 2010 14:30:51 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.puntojuridico.com/?p=555#comment-2846</guid>

					<description><![CDATA[Buenos días. Considero muy acertada la Circular del Poder Judicial, sobre la posibilidad que tenemos los litigantes de presentar documentos vía fax, sin la necesidad de presentar el original dentro de los tres días posteriores, en aplicación del principio de buena fe procesal.

Esta medida viene a dar agilidad a un sistema judicial que en los últimos diez años ha venido ideando formas de dar seguridad y eficiencia, a un muy deteriorado sistema judicial que venía en abandono por las autoridades correspondientes. Sin embargo, considero que se puede hacer aun más, y quisiera se hiciera la consulta sobre los alcances que tiene la Circular No. 57-2010, ya que desde mi punto de vista la presentación de los documentos podría ser dimensionado al envío por correo electrónico, ya que este ha sido un medio habilitado por la Ley de Notificaciones Judiciales, precisamente en busca de la eficiencia, celeridad, y agilidad del proceso judicial. Considero, que así como se tiene un documento enviado por fax, como válidamente presentado (si se dio en el plazo legal) también, y con más razón si se transmite por medio del correo electrónico a la dirección del Juzgado correspondiente, o aun casillero habilitado especialmente para recibir documentación, como funciona para los fax. Recordemos que el documento puede ser firmado por el interesado, escaneado y en formato PDF u otro trasmitirse al Juzgado que corresponda, y con base en el mismo principio de buena fe, tenerse como válidamente presentado. Es discriminatorio que los despachos judiciales sí puedan notificar por e-mail, pero las partes del proceso lo tengan vedado. Agradezco la consulta que sobre el particular se pueda hacer y mantener informada a la comunidad jurídica sobre los alcances de dicha circular. Muchas Gracias.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Buenos días. Considero muy acertada la Circular del Poder Judicial, sobre la posibilidad que tenemos los litigantes de presentar documentos vía fax, sin la necesidad de presentar el original dentro de los tres días posteriores, en aplicación del principio de buena fe procesal.</p>
<p>Esta medida viene a dar agilidad a un sistema judicial que en los últimos diez años ha venido ideando formas de dar seguridad y eficiencia, a un muy deteriorado sistema judicial que venía en abandono por las autoridades correspondientes. Sin embargo, considero que se puede hacer aun más, y quisiera se hiciera la consulta sobre los alcances que tiene la Circular No. 57-2010, ya que desde mi punto de vista la presentación de los documentos podría ser dimensionado al envío por correo electrónico, ya que este ha sido un medio habilitado por la Ley de Notificaciones Judiciales, precisamente en busca de la eficiencia, celeridad, y agilidad del proceso judicial. Considero, que así como se tiene un documento enviado por fax, como válidamente presentado (si se dio en el plazo legal) también, y con más razón si se transmite por medio del correo electrónico a la dirección del Juzgado correspondiente, o aun casillero habilitado especialmente para recibir documentación, como funciona para los fax. Recordemos que el documento puede ser firmado por el interesado, escaneado y en formato PDF u otro trasmitirse al Juzgado que corresponda, y con base en el mismo principio de buena fe, tenerse como válidamente presentado. Es discriminatorio que los despachos judiciales sí puedan notificar por e-mail, pero las partes del proceso lo tengan vedado. Agradezco la consulta que sobre el particular se pueda hacer y mantener informada a la comunidad jurídica sobre los alcances de dicha circular. Muchas Gracias.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Mario Solorzano Sandoval		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/aclaran-numeros-de-fax-para-recepcion-de-escritos-en-los-despachos-judiciales-del-i-circuito-judicial-de-san-jose-2/#comment-2837</link>

		<dc:creator><![CDATA[Mario Solorzano Sandoval]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 30 Aug 2010 22:33:47 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.puntojuridico.com/?p=555#comment-2837</guid>

					<description><![CDATA[Resulta muy conveniente que se le haya dado publicidad, a través de la circular emitida por la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, a los números de faxes a través de los cuales se pueden remitir escritos a los diferentes despachos del I Circuito Judicial de San José, por razones de seguridad jurídica.-]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Resulta muy conveniente que se le haya dado publicidad, a través de la circular emitida por la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, a los números de faxes a través de los cuales se pueden remitir escritos a los diferentes despachos del I Circuito Judicial de San José, por razones de seguridad jurídica.-</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
	</channel>
</rss>

<!--
Performance optimized by W3 Total Cache. Learn more: https://www.boldgrid.com/w3-total-cache/

Almacenamiento en caché de páginas con Disk: Enhanced 
Red de entrega de contenidos mediante www.puntojuridico.masterlex.cr
Minimizado usando Disk
Caché de base de datos 617/628 consultas en 0.125 segundos usando Disk

Served from: puntojuridico.com @ 2026-04-29 21:22:13 by W3 Total Cache
-->