Aclaran números de fax para recepción de escritos en los despachos judiciales del I circuito judicial de San José

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Mediante Circular No. 71-2010 publicada en el Boletín Judicial el pasado 10 de agosto de 2010, la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial comunicó a todos los Jefes de los Despachos Judiciales del Primer Circuito Judicial del país que las contestación es que los abogados deseen presentar vía facsimile en las diversas causas que se siguen en dicho Circuito Judicial, podrán ser remitidas a los facsímiles 2257-5612 ubicado en la Oficina del Correo Interno del Departamento de Servicios Generales y al fax 2295-3627 de la Oficina Administrativa de Tribunales.

Importante recordar que de conformidad con la Circular No. 57-2010 publicada en el Boletín Judicial 110 del 8 de junio en curso, el Consejo Superior del Poder Judicial acordó eliminar la obligación de presentar los documentos originales de aquéllos remitidos por fax. El acuerdo se fundamentó enel principio de buena fe procesal, que entre otros, establece que todo documento se reputa válido hasta que no se declare su falsedad o nulidad.

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Colaboradora del sitio www.leylaboral.com Encargada de la administración y actualización de Master Lex Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

3 de 3 Comentarios

  1. Patricia Nuñez • 01 septiembre, 2010

    Pueden indicarme por favor, a que número de telefóno confirmo el recibo del fax presentando el escrito o sólamente con el reporte emitido por el fax con el OK de enviado es suficiente.

    Gracias

  2. JONATHAN GARCIA QUESADA • 31 agosto, 2010

    Buenos días. Considero muy acertada la Circular del Poder Judicial, sobre la posibilidad que tenemos los litigantes de presentar documentos vía fax, sin la necesidad de presentar el original dentro de los tres días posteriores, en aplicación del principio de buena fe procesal.

    Esta medida viene a dar agilidad a un sistema judicial que en los últimos diez años ha venido ideando formas de dar seguridad y eficiencia, a un muy deteriorado sistema judicial que venía en abandono por las autoridades correspondientes. Sin embargo, considero que se puede hacer aun más, y quisiera se hiciera la consulta sobre los alcances que tiene la Circular No. 57-2010, ya que desde mi punto de vista la presentación de los documentos podría ser dimensionado al envío por correo electrónico, ya que este ha sido un medio habilitado por la Ley de Notificaciones Judiciales, precisamente en busca de la eficiencia, celeridad, y agilidad del proceso judicial. Considero, que así como se tiene un documento enviado por fax, como válidamente presentado (si se dio en el plazo legal) también, y con más razón si se transmite por medio del correo electrónico a la dirección del Juzgado correspondiente, o aun casillero habilitado especialmente para recibir documentación, como funciona para los fax. Recordemos que el documento puede ser firmado por el interesado, escaneado y en formato PDF u otro trasmitirse al Juzgado que corresponda, y con base en el mismo principio de buena fe, tenerse como válidamente presentado. Es discriminatorio que los despachos judiciales sí puedan notificar por e-mail, pero las partes del proceso lo tengan vedado. Agradezco la consulta que sobre el particular se pueda hacer y mantener informada a la comunidad jurídica sobre los alcances de dicha circular. Muchas Gracias.

  3. Mario Solorzano Sandoval • 30 agosto, 2010

    Resulta muy conveniente que se le haya dado publicidad, a través de la circular emitida por la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial, a los números de faxes a través de los cuales se pueden remitir escritos a los diferentes despachos del I Circuito Judicial de San José, por razones de seguridad jurídica.-