Notarios que administran fondos de sus clientes deben inscribirse ante la SUGEF
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Muchas gracias doña Mayra por sus comentarios. Efectivamente existe aún mucho desconocimiento sobre este tema. Esperemos que los bancos y entidades financieras, antes de cerrar cuentas, avisen a sus clientes para que puedan tomar las medidas del caso.
Estimada Lic. Pacheco. Quisiera traer a nuestra atención la exigencia de inscripción en SUFEG regulada en el inciso F) del 15 bis, por ser una actividad potencial de nuestra profesión (abogados o notarios). Si bien esta regulación no esta en la lista taxativa que se menciona como actividades causantes de inscripción para los abogados y/o notarios, pareciera que si el profesional, como persona física, presta “servicios fiduciarios, incluyendo quienes participen en la creación, el registro y la administración de fideicomiso” debe registrarse.
Muchas gracias don Jorge por su aporte. Sin duda lo establecido en ese inciso f) del art. 15 bis describe una actividad frecuente en el quehacer diario de notarios y abogados. Al igual que usted, opinamos que los colegas que se dediquen a esos servicios fiduciarios tendrían efectivamente la obligación de inscribirse ante la SUGEF.
Honestamente sigo confundido y agradezco si son tan amables de ayudarme a comprender estos articulos. Para ver si entendí:
1. Todo abogado no Notario debe inscribirse ante la SUGEF.
2. Los Notarios ya estamos regulados y supervisados por la DNN; por lo que, no debemos inscribirnos ante la SUGEF. (Además, bajo el principio de rogación solamente doy el servicio de elaborar las escrituras de traspasos).
3. Si como Notario o Abogado, yo manejo dineros de clientes y compro y vendo bienes muebles e inmuebles para ellos, sí debo inscribirme ante la SUGEF. (como algunos bufetes que se dedican Bienes Raices o proyectos inmobiliarios, algo así)
Estimado don Cristian, Nos permitimos responder así sus consultas: 1. Todo abogado no Notario debe inscribirse ante la SUGEF. No, únicamente tienen que inscribirse ante la SUGEF los abogados que realizan algunas de las tres actividades establecidas en el art. 15 bis de la Ley de Estupefacientes.
2. Los Notarios ya estamos regulados y supervisados por la DNN; por lo que, no debemos inscribirnos ante la SUGEF. (Además, bajo el principio de rogación solamente doy el servicio de elaborar las escrituras de traspasos). Efectivamente, cuando los notarios públicos otorgan traspasos de inmuebles o de personas jurídicas y otras estructuras como parte de ese servicio notarial que de acuerdo con su investidura están llamados a ejercer, son supervisados por la DNN, y por lo tanto no tienen que inscribirse ante la SUGEF. 3. Si como Notario o Abogado, yo manejo dineros de clientes y compro y vendo bienes muebles e inmuebles para ellos, sí debo inscribirme ante la SUGEF. (como algunos bufetes que se dedican Bienes Raices o proyectos inmobiliarios, algo así). Correcto. Cualquier abogado o notario que realice administración de fondos, valores, cuentas de sus clientes tiene la obligación de inscribirse ante la SUGEF para ser supervisado por ella en cuanto a dicha actividad.
MAYRA GONZALEZ LEON • 19 junio, 2019
Para unirme a los comentarios de mis estimados colegas. Tengo cuentas en el BCR y BN. En cuanto al BCR fueron muy prácticos, y enviaron el aviso de la nueva ley y si somos sujetos de inscripción ante la SUGEF o no, y para ello adjuntaron unas BOLETAS para llenarlas y reenviarlas, y listo. Ya me había leído bien la Ley, Reglamento y sus normas, y comprendí muy bien que solo ejerzo la función de Notaria. Ayer me llegó un aviso del BN, pero ellos solo enviaron el Reglamento e hicieron énfasis en los Artículos referentes a los abogados y Notarios. Llamé al BN y amablemente me dijeron que hiciera una carta simple donde dijera que no era sujeto a inscribirme ante la SUGEF. Hoy fui temprano a una Agencia, y al entregar mi nota, causé tal problema, porque ninguno de los funcionarios sabían que hacer con mi escrito. Leyeron el Reglamento y me refutaban mis argumentos……Nos espera sin lugar a dudas, una gran catástrofe económica, no fueron entrenados, las Asociaciones (las cuales soy Asesora de bastantes), no comprenden si deben o no inscribirse, y mejor lo dejamos hasta aquí. Saludos.