Ya casi Registro de Accionistas otra vez
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En realidad establecieron que ya no se tendrá que presentar la Declaración de este año 2020. Se replicará la información brindada en la Declaración 2019. Ahora habría que esperar a abril del próximo año 2021 para cumplir con la Declaración correspondiente al 2021. Puede leer más en nuestra nota: https://puntojuridico.com/declaracion-2020-del-registro-de-accionistas-ya-no-tendra-que-presentarse-en-setiembre/
Hola, estoy tratando de realizar el registro anual de accionistas que exige el gobierno para este mes de Abril. Tengo una SOCIEDAD CIVIL que registre en noviembre mas no comprendo donde debo agregar esta nueva actualizacion en el sistema. Ud indica en este espacio que con “reply” se vuelve a actualizar la info del 2019, pero no veo la opcion de replicar. Mi Sociedad Civil no ha tenido ningun cambio en absoluto. Que debo hacer? Por favor si me orienta. Gracias por este espacio tan vital para tanto caos gubernamental.
Hace unas semanas se emitió una resolución estableciendo que la Declaración del RTBF correspondiente a este año 2020 se posponía para el próximo mes de setiembre. Por ese motivo todavía no es posible presentarla. Puede leer más al respecto en nuestra nota: https://puntojuridico.com/declaracion-de-accionistas-periodo-2020-se-presentara-hasta-setiembre/
Mucha des información, no hay claridad realmente en los plazos periodo 2019 y 2020
Lo que si tienen claridad son las multas y sanciones. El terrorismo fiscal esta ahogando a este pais
Estimado don Alfredo, lo invitamos a leer dos últimos artículos sobre esta obligación. Se explica en ellos las últimas disposiciones del Ministerio de Hacienda . Verá que la Declaración 2019 debe presentarse a más tardar mañana 31 de marzo según el plazo de la moratoria que se había conferido, pero existirá una apercibimiento que le permitirá a las sociedades que no hayan cumplido hacerlo en el plazo máximo de 6 días. Por su parte, la Declaración correspondiente al presente año 2020 deberá presentarse hasta el mes de setiembre del año en curso. Los links para ver las noticias son los siguientes:
https://puntojuridico.com/comunican-procedimiento-para-sancionar-sociedades-que-incumplan-con-rtbf/
https://puntojuridico.com/declaracion-de-accionistas-periodo-2020-se-presentara-hasta-setiembre/
¡Hola!
¿Esto es terrible.
Podrían averiguar si el plazo para
El registro de sociedades se suspenderá ?
El nuevo plazo es el 31 de marzo, pero no hay citas disponibles para la firma digital!
Yo ya mandé un mail al respecto porque el teléfono de hacienda nunca contestan.
Estuve 6 horas esperando en línea, habiendo llamado a las 8:00:03 am, y quedé en 8 lugar… 6 horas después, me dijeron que no había nadie disponible.
Hay que mover a los diputados que conozcamos.
Son muchas las personas que han cancelado viajes a Costa Rica, para poner en orden su situación.
Gracias.
JCFH.
No hay ningún proyecto o iniciativa para suspender la presentación de esta de declaración de Abril 2020?
Si no lo hay, debería plantearse…
Con la prórroga al plazo que se hizo, esta declaración de Abril 2020 ha quedado totalmente sin sentido.
Aunado a la emergencia nacional en la que nos encontramos, pierde aún más su razón de ser ya que se le pide a las personas quedarse en sus casas y guardar distancia y muchas personas que no tienen el software de firma digital instalado o no saben utilizar la plataforma, requieren desplazarse a la casa u a la oficina de alguien más para poder presentar la declaración.
El desplazamiento físico de las personas es precisamente lo que se quiere evitar ya que no sólo pone en riesgo a la persona que se desplaza para cumplir con esta obligación sino también a los que lo reciben para ayudarlo a cumplir.
Deberían suspender la obligación de Abril 2020 y posponerla para cuando el país vuelva a la normalidad.
No tenemos conocimiento de algún proyecto tendiente a suspender la obligación de presentar la Declaración del RTBF 2020. Revisamos la página web del Ministerio de Hacienda, así como el listado de Proyectos de Ley en trámite y no encontramos algo específico sobre este tema. Definitivamente sería lo más aconsejable dadas las circunstancias tan difíciles que atraviesa el país. Vamos a estar atendos para informarles tan pronto tengamos alguna noticia.
Una grande mayoria de las sociedades son de estranjeros, lo que cuesta +-250,000 colones por no ser residente. Ademas del costo en su pais respectivo para cumplir con este pais de papel. Encima la plataforma del sistema electronico de Costa Rica esta muy lejo de ser cumpliendo con tramite facil de su propia ley, y se cae a cada rato. Tratamos de cumplir con todo, y ahora menos inversiones de estranjeros por lo complejo y costoso de cada tramites.ademas de ser el pais el mas caro de America Central.Sus propias exigencias aleja las inversiones y manda los inversionistas a otro pais mas abierto de mente.
Yo traté de registrar un traspaso de acciones y fue imposible. En teoría esa comunicación debe hacerse dentro de los Siguientes quince días de efectuado el traspaso, pero el sistema no lo permite, en el Banco Central no supieron ayudarme y con Hacienda es imposible lograr comunicarse.
Efectivamente de acuerdo con las normas que regulan este tema, en el momento de producirse una cesión de acciones, tendría la sociedad que cumplir con presentar una Declaración Extraordinaria notificando el cambio. Sin embargo, como usted bien lo señala, a la fecha, la plataforma Central Directo únicamente ha permitido la presentación de las DECLARACIONES ORDINARIAS del período 2019. En nuestra opinión y partiendo de lo dispuesto en el Principio Legal: “Nadie está obligado a lo imposible” , no podría Hacienda sancionar a esas sociedades que no lograron comunicar esas cesiones de acciones en los quince días siguientes al acto. Evidentemente en abril sí deberán comunicar la nueva propiedad de las acciones en la Declaración Ordinaria 2020. Confiemos que muy pronto se habilitará esa posibilidad de presentar Declaraciones Extraordinarias cuando se producen estos cambios en la propiedad las acciones, o bien que se modifiquen las normas para eliminar la obligación de hacerlo. Una de dos.
Las sociedades constituidas en enero, febrero y marzo de este año deben declararse en el Registro de Accionistas del 2020 (abril) o en el correspondiente al 2019 (que vence sin multa el 31 de marzo)
Correcto, según entendemos, las sociedades nuevas constituidas a partir del 1 de enero del presente año 2020 deberán presentar su primera Declaración Ordinaria el próximo mes de abril. En principio, de acuerdo con la norma que regula este tema, tenían que haberlo podido hacer en los veinte días hábiles siguientes a su inscripción registral. Sin embargo la plataforma Central Directo no lo ha permitido, por lo que según nos explicaron, será en abril, cuando se habilite la posibilidad de cumplir con la Declaración 2020, tanto para esas sociedades recien constituidas como para todo el resto de sociedades ya existentes. Nos parece que a partir de ese momento, las sociedades que se constituyan sí deberán cumplir con la presentación de sus declaraciones en ese plazo máximo de 20 días hábiles. Puede leer más sobre esa obligación en nuestra nota en este mismo blog: https://puntojuridico.com/constitucion-de-nuevas-sociedades-y-registro-de-accionistas/
Teresa Camacho • 18 agosto, 2020
Volvieron a cambiar la fecha para la presentación de la declaración 2020 del registro de accionistas ?