A partir del lunes exigirán hoja de delincuencia en trámites de residencias
Por email está llegando una advertencia de la dirección: citasabogado@migracion.go.cr  para que a partir del próximo lunes 14 de junio, todos los interesados en trámites que impliquen confección de cédulas de residencia (solicitudes por primera vez, renovaciones, cambio de categorÃas, liberación de condición migratoria, etc) aporten, conjuntamente con los demás requisitos, la respectiva hoja de delincuencia que expide el Registro Judicial del Poder Judicial.
Hasta ahora, este requisito no ha sido necesario por cuanto Migración contaba con acceso directo a la base de datos de dicho Registro. Sin embargo, nos informan en la oficina de Prensa de la Dirección General de Migración, que por limitaciones del Poder Judicial, ya dicho acceso directo no será posible, correspondiéndole ahora al propio interesado, aportar la constancia respectiva.
Intentamos obtener del propio Poder Judicial algún tipo de acuerdo, directriz o circular que fundamente el tema o explique la razón de que ya Migración no pueda accesar el sistema del Registro Judicial, pero en la oficina de Archivo nos señalaron que ni el Consejo Superior, ni la Corte Plena han tomado recientemente ningún acuerdo sobre el particular.
La presentación de esta hoja de delincuencia no es requisito de admisibilidad de la gestión migratoria, de manera que igual pueden los interesados que ya cuentan con citas para el lunes, aprovecharla a fin de iniciar el trámite.  Sin embargo, serán prevenidos de la obligación de aportar dicho documento, y de no hacerlo, les será  denegada su solicitud.
Para su conocimiento, transcribimos a continuación el procedimiento que se describe en la página web del Registro Judicial,  para la obtención de hojas de delincuencia:
1 – Requisitos :
a. En caso de costarricenses, presentar la cedula de identidad al dÃa. Y en caso de extranjeros, la cedula de residencia o el pasaporte con la visa de ingreso a Costa Rica vigentes.
b. El trámite es personal o mediante autorización autenticada por abogado.
c. Unicamente mayores de edad.
2- Tipos de certificaciones:
a. Nacional: uso en el territorio nacional.
b. Internacional: para uso en el exterior, debe ser firmada en el Registro Judicial y autenticada en el Ministerio de Relaciones Exteriores.
c. Universidad de Costa Rica: Presentar solicitud extendida por la VicerrectorÃa Estudiantil.
3- Puede gestionarse en forma personal en la Unidad Administrativa de su localidad o bien por Internet, ingresando a la página www.poder-judicial.go.cr, en la sección denominada Hoja de Delincuencia. SolicÃtela aquÃ.
Horario de oficina: 7:30 a.m. a 4:30 p.m., jornada continua.
Horario para retiro de constancias solicitadas por Internet: 8 a.m. a 11:30 a.m. y de 1 p.m. a 4 p.m.
4- Deberán ser Retiradas: 5 dÃas hábiles a partir del dÃa de la solicitud, luego serán desechadas.
Esperamos que esta información le sea de interés.
Licda. Marta Quesada • 22 junio, 2010
VIOLACION A LA LEY 8220 EXCESO DE TRAMITES ESTA PARA UN RECURSO DE AMPARO,