A partir de enero deberán adjuntarse testimonios de sociedades en CrearEmpresa
El Registro Nacional está informando a los notarios del país que a partir del próximo 9 de enero de 2017 en todas las constituciones de sociedades anónimas y sociedades de responsabilidad limitada que se gestionen a través de la plataforma tecnológica www.crearempresa.go.cr deberán adjuntarse los testimonios de las escrituras públicas que sirven de base a dichos actos de constitución societaria.
El documento deberá ser en formato PDF y deberá contar con la firma digital del notario autorizante de la escritura.
Los formularios que se completen en Crearempresa y que a partir del 9 de enero no contengan el documento adjunto no serán tramitados.
«Con esta medida se busca brindar una mejor publicidad y seguridad registral a los actos tramitados por medio de formulario electrónico, al facilitar el acceso a toda la información contenida en el instrumento público mediante el respaldo de las imágenes del testimonio y manteniendo siempre la agilidad y seguridad en el trámite de inscripción por medio de formulario electrónico. « (Tomado del aviso del RN)
Preguntamos a los funcionarios de CrearEmpresa que nos aclaren si el contenido de estos testimonios que a partir de enero serán enviados conjuntamente con las plantillas de constitución de sociedades podrán ser consultados por todos los interesados en conocer el contenido de dichos estatutos de constitución. Nos indicaron que directamente en la plataforma www.crearempresa.go.cr no será posible realizar la consulta, pero aparentemente el Registro Nacional sí facilitará el acceso a esos textos en su sitio www.rnpdigital.com
Se solucionaría de esta forma la dificultad que en estos años han tenido los notarios y el público en general, para lograr conocer los pactos de constitución de las sociedades constituidas a través de CrearEmpresa, debiendo solictarlos a los notarios autorizantes de dichas escrituras o bien obteniendo copia de ellos en el Archivo Nacional.
Confiamos poderles brindar muy pronto la información oficial de cómo podría realizarse esta consulta, así como costos asociados que podrían existir para ello.
Jose Salas • 13 diciembre, 2016
LINEAMIENTOS PARA EL EJERCICIO
Y CONTROL DEL SERVICIO NOTARIAL
Artículo 11. Papel a utilizar. (…) El Consejo Superior Notarial podrá autorizar el uso de formularios o documentos electrónicos. Para compensar el costo del servicio que brinda la Dirección Nacional de Notariado por el no uso del papel notarial, el Consejo fijará el monto a pagar. (…), y cuando se utilicen medios mecánicos, los caracteres con los que se imprima el texto, serán como mínimo del tamaño diez y se sugiere utilizar tipo de letra Arial, Times New Roman o Calibri.