A partir del 2 de enero exigirán firma digital para publicación de avisos en La Gaceta

De conformidad con lo establecido en la Directriz 003-2012  de la Junta Administrativa de la Imprenta Nacional, a partir del próximo 2 de enero de 2013, solamente quienes cuenten con firma digital podrán contratar la publicación de avisos en La Gaceta o el Boletín Judicial. Para mediados del año 2013, la Imprenta Nacional espera tener […]

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Encargada de la administración y actualización de Tirant Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

19 de 19 Comentarios

  1. Carla Vincenzi • 21 diciembre, 2012

    Es bueno que podamos accesar al servicio desde la web, es engorroso tener que buscar un tramitador que le ayude a uno a publicar un edicto (sólo en el Registro Uruca o Imprenta Nacional en la Uruca) cuando urge un trámite. Comparto que no debe ser obligatoria la firma digital sobre todo para aquellos que no se dedican a actividades que requieran estar publicando edictos, pero como dije antes, es una excelente opción para el que vive fuera de la meseta central.

  2. Carla Vincenzi • 21 diciembre, 2012

    Como y donde obtengo la firma digital?

  3. Ana González • 05 diciembre, 2012

    Este tipo de mecanismos debieron haberlo implementado desde hace mucho tiempo para facilidad de los usuarios, pero debería ser una opción para quien quiera utilizarla y NO una obligación, pues como han dicho, obtener una firma digital no es algo que esté al alcance de cualquier persona y menos de quien no se dedica a esto. Por otro lado, la imprenta está obligando a todo el mundo que tenga que hacer una publicación, que lo haga mediante firma digital, pero qué bonito! cuando se trata de los comprobantes de pago para el usuario, este tiene que gastar tiempo y dinero para ir a traerlo a las oficinas de ellos! Entonces cómo es la cosa? solo se preocupan por el beneficio propio!!!! No se vale!

  4. RODOLFO CORRALES • 16 noviembre, 2012

    NO ME PARECE, PERO BUENO, YA VEREMOS EL DESORDEN EL OTRO AÑO.

  5. michelle garcia • 16 noviembre, 2012

    Lejos de ser pesimista esto SERA UN COAS, me averigüe y efectivamente cuando se haga un pago o un edicto o cualquier publicación se debe de trasladar hasta la imprenta nacional a retirar el recibo o factura, les parece esto a ustedes normal? En que va a beneficiar esto, tiempo presas, gastos, cual es el beneficio, no lo entiendo. Ej. Para una naturalización, un extranjero que le den el edicto de naturalización para que lo publique y presente el comprobante, tendrá que tener una firma digital. porque los cambios van a ser entonces monstruosos, o sera que volviendo al ejemplo el usuario tendría que pagar en este caso a TSE, o como? Miren nada de esto han contemplado y esto conociendo lo ágil que es el gobierno, nos van a hacer gastos que después de todo nos van a decir, no sirvió, sigan como antes, y nos quedamos con una firma digital obsoleta. Porque una firma digital es efectiva, pero no en este país, las mentes que lo quieren hecha a andar no son brillantes. Oiga esto es atroz.

  6. Jorge Enrique • 15 noviembre, 2012

    Estoy completamente de acuerdo con don Jorge Rodríguez, me parece más bien complicado el sistema que quieren implementar y cómo van a hacer las personas que no cuentan con firma digital y que sería injusto que hagan el gasto en adquirirla sólo para publicar edictos. Me parece que debería paulatino el cambio y no tan radical como lo pretenden hacer

  7. Mario Rigioni A, • 14 noviembre, 2012

    El inicio de este procedimiento va a ser muy dificil y creo que va a causar grandes atrasos a los profesionales. Sugiero que por un tiempo prudencial coexistan el procedimiento actual con el nuevo hasta tanto no se esté seguro de que la herramienta o sistema tecnológico va a trabajar.

  8. Usuario • 14 noviembre, 2012

    Estoy de acuerdo con don Jorge Rodríguez. Estos cambios se pretenden hacer de un día para otro como si estuviéramos hablando de una empresa de alta eficiencia en un país desarrollado. Este tipo de cambios deben hacerse en forma gradual, y optativos para el usuario en primera instancia, lo que también contribuirá para que la administración vaya midiendo su capacidad de respuesta y haga ajustes.

  9. Jorge Rodríguez R. • 13 noviembre, 2012

    Esa directriz no resiste un recurso de amparo. Tratándose de un servicio público debe ser accesado por cualquier interesado y por ende no se requiere de la firma digital.
    jorge rodríguez r.

  10. Deivis Granados • 13 noviembre, 2012

    En cuanto a la duda si los edictos también estarán sometidos a este procedimiento es en razón de que en La Gaceta, los avisos y los edictos son distintos tipos de publicación y el artículo en cuestión, sólo hace alusión a los avisos. Gracias por la atención, esperaremos la respuesta.

    • Silvia Pacheco • 13 noviembre, 2012

      Sobre los edictos y si estarán también sometidos al procedimiento digital, nos permitimos transcribir respuesta que acabamos de recibir de la Imprenta Nacional: “El nuevo procedimiento para publicar documentos en los diarios oficiales, con firma digital, aplica para todo tipo de documentos. La idea es digitalizar los procesos y contribuir con el medio ambiente en la eliminación del papel en la medida de lo posible.”

  11. kika • 13 noviembre, 2012

    A ver y la facturación? Qué tipo de comprobante de pago o factura nos van a dar para efectos tributarios?? Porque de eso nada dice.
    Lo otro, en el caso de edictos o publicaciones que se hacen en procesos judiciales, cómo puede la parte que los paga incorporar la firma digital?? Hasta dónde sé, solo en materia agraria y de cobro y no en todos los Juzgados existen documentos confirma digital del juez, y no me consta si esos documentos pdf son o no editables, pues uno solo los descarga del sistema de gestión en línea y su formato no depende de la parte sino del sistema del poder judicial.
    Ahora bien, qué pasa con los Edictos de Juzgados que no tienen sistema digital y por ende nos son entregados en papel??
    Muchas dudas surgen de esta pretensión de la Imprenta, antes de inventar hacer cambios obligatorios, deberían explicar exhaustivamente como proceder en todos los casos.

    • Silvia Pacheco • 15 noviembre, 2012

      A Kika nos permitimos indicarle que ya nos contestaron de la Imprenta Nacional que los interesados tendrán que retirar personalmente en sus oficinas, las facturas respectivas toda vez que no cuentan ellos con algún sistema de facturación electrónica que pudieran remitir por correo electrónico. En cuanto a los edictos y el hecho de ser los propios despachos judiciales los responsables de publicarlos, nos señalan que ya el Poder Judicial se encuentra gestionando firmas digitales para algunos de sus funcionarios pero que de otro modo, en tanto no cuenten con esa firma digital, la Imprenta seguirá aceptando la solicitud de publicación de los edictos con el uso de firmas holográficas.

  12. User • 13 noviembre, 2012

    Ja, lo que faltaba, la institución más ineficiente que he visto ahora poniéndose supuestamente al día! Será que funcionará el portal si no son capaces de atender ni los teléfonos?
    Luego, qué pasa con las personas que no tienen firma digital?

  13. michelle garcia • 13 noviembre, 2012

    Quisiera pensar que ya se tomaron todas las precauciones para que el sistema no colapse como sucedió con la disolución de las sociedades que fue un verdadero desorden. Ojala no apliquen como siempre sucede el refrán, echando a perder se aprende.

  14. Deivis Granados • 13 noviembre, 2012

    Por favor, tan solo aclárenme, el artículo reiterativamente se refiere a avisos, trasciende su contenido a los edictos?

    • Silvia Pacheco • 13 noviembre, 2012

      A don Deivis Granados, entendemos que efectivamente la publicación de edictos estaría también sometida a este nuevo procedimiento a partir del próximo año. Sin embargo, estamos elevando la consulta a la Imprenta Nacional para responderle de manera más fundamentada. Sobre la facturación del servicio, es una excelente duda la que se presenta. Lo que se señala en el Manual de la Imprenta Nacional es que quien debe utilizar la firma digital es la persona responsable de realizar la publicación del aviso o edicto. Pareciera entonces que sí sería requisito el que los Juzgados cuenten también con este nuevo medio tecnológico. Confiamos brindarles estas respuesta tan pronto nos sean atendidas por la Imprenta Nacional.

  15. LIcda. Sarita Castillo Saborío • 13 noviembre, 2012

    Qué pasa con la publicación de marcas, nombres comerciales, y marcas de ganado y otros que vienen con gráficos?

    • Silvia Pacheco • 13 noviembre, 2012

      La publicación de marcas de ganados, nombres comerciales, etc … que requieren gráficos también tendrá que contratarse a través de este nuevo procedimiento con el cuidado adicional de remitir en el correo electrónico junto con los demás documentos, el formato origen de esas imágenes y gráficos a fin de que puedan ser fácilmente manipulados por los funcionarios de la Imprenta Nacional.