A partir de hoy, sociedades inactivas podrán presentar declaraciones patrimoniales

Se encuentra disponible a partir de hoy en la plataforma de la Administración Tributaria Virtual (ATV) el nuevo formulario D-195 Declaración Informativa de Personas Jurídicas Inactivas.  (Al respecto puede ver nuestra nota en este mismo blog.) Para acceder al formulario,  los interesados deben ingresar a sus cuentas en ATV y en el margen superior derecho […]

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Colaboradora del sitio www.leylaboral.com Encargada de la administración y actualización de Master Lex Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

9 de 9 Comentarios

  1. Selenia Umaña Navarro • 06 mayo, 2023

    La Sociedades Civiles que son solo para tener los bienes, también debe hacer la declaración.

    Muchas gracias.

    • Silvia Pacheco • 07 mayo, 2023

      Así es, las sociedades civiles deben presentar también las declaraciones de patrimonio. De acuerdo con la Resolución MH-DGT-RES-0007-2023 del 29 de marzo de este año, (y anteriormente con la Resolución n DGT-R-075-2019) todas las personas jurídicas, mercantiles o civiles, inscritas en la Sección Mercantil o Sección de Personas del Registro Nacional, o en otros registros de otras dependencias o instituciones públicas competentes, con independencia de si realizan o no una actividad lucrativa en el país, deben presentar a más tardar al 30 de abril de cada año calendario, la declaración informativa resumida donde se reflejen sus bienes y obligaciones, correspondiente al periodo fiscal ordinario del impuesto sobre las utilidades del año anterior, que abarca del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año.

    • Silvia Pacheco • 07 mayo, 2023

      Por este año, el plazo para cumplir con las declaraciones patrimoniales vence el 31 del presente mes de mayo.

  2. ADRIANA • 05 mayo, 2023

    La sociedad inactiva tenía un vehîculo el cual ya se vendió hace varios meses. Ahora ya no va a quedar nada en la sociedad. Se debe de llenar otro formulario aparte por la venta o sólo el 195? Gracias!

    • Silvia Pacheco • 06 mayo, 2023

      Cada año deben las sociedades inactivas declarar su patrimonio. Al día de hoy, deberían cumplir con las declaraciones del 2020, 2021 y 2022. La de este 2023 será hasta el próximo año 2024 que pueda presentarse. No se tienen que llenar otros formularios distintos. Al momento de completar el D195 tendrá que omitir la indicación de ese vehículo que ya dejó de pertenecerle a la sociedad.

  3. enrique • 29 abril, 2023

    Hola, una consulta, entonces en el formulario D195 ya no es necesario especificar el valor del bien inmueble , como se tenia que hacer en el formulario D101 ?Y en el apartado F que dice monto, a que se refiere ese monto?
    Gracias por ayuda

    • enrique • 02 mayo, 2023

      espero respuesta por favor

  4. ALEJANDRA • 24 abril, 2023

    Buenos dias que pasa con los que ya habíamos realizado en el formulario D110