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Pago en Tribu-CR del impuesto a las personas jurídicas por parte de las sociedades inactivas

Se encuentra al cobro, durante el presente mes de enero, el impuesto a las personas jurídicas. Por quinto año consecutivo se mantienen las mismas tarifas debido a que permaneció invariable el salario base que sirve como parámetro a la fijación de este tributo.  (Ver al respecto nuestra nota en este blog.)

Como ya no es posible realizar el pago de tributos mediante el servicio de conectividad que Hacienda mantuvo por muchos años con varios bancos, los interesados deben hacerlo necesariamente desde su perfil en la plataforma Tribu-CR o bien acudiendo presencialmente a las sucursales del Banco de Costa Rica o del Bac San José para hacer el pago en efectivo con la indicación del número de cédula jurídica de la sociedad obligada.

Tratándose de sociedades inactivas que comúnmente no tienen cuentas bancarias a su nombre,  surge la inquietud sobre la posibilidad de realizar el pago directamente desde Tribu-CR para no tener ...

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Nueva versión de Eddi-7 ya se encuentra disponible en Tribu-CR

Como ya es conocido, los impuestos de traspaso de inmuebles y de vehículos podrán seguirse declarando y pagando directamente en la plataforma electrónica del Banco de Costa Rica (www.bancobcr.com) hasta el 31 de marzo del próximo 2026.

De igual manera, sigue siendo factible la utilización del programa Eddi-7 del Ministerio de Hacienda, para quienes prefieren completar los formularios de traspaso en dicho programa, para imprimirlos y presentarlos luego para su pago de manera presencial en las sucursales del Banco de Costa Rica,  Lafise, Davivienda, Cathay, Promerica, BAC San José, Scotiabank y Banco BCT.

Estimados suscriptores nos han estado consultando sobre los pasos a seguir para descargar la última versión de Eddi-7, toda vez que la anterior caducó el pasado 5 de octubre.   Por fin esta mañana, tuvimos noticia sobre la forma de ubicar el enlace para descargar el respectivo archivo.

PASOS A SEGUIR:1.-Ingres...

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Nueva resolución de Hacienda sobre sociedades inactivas

Por segunda vez fueron publicadas ayer, varias resoluciones de la Dirección General de Tributación, relacionadas con la entrada en operación de la plataforma Tribu-CR, establecida esta semana por el Ministerio de Hacienda para el próximo 6 de octubre.

De una comparación de textos entre los publicados ayer y los que se salieron por primera vez,  el viernes pasado,  la única diferencia que encontramos es la existencia de anexos en las resoluciones, que anteriormente no habían sido incorporados.

Nos permitimos referirnos a continuación a la Resolución MH-DGT-RES-0013-2025 denominada: Resolución referente a la presentación de la Declaración Informativa en materia de precios de transferencia.    Puede conocer su texto completo aquí.

1.-De la parte CONSIDERATIVA nos permitimos transcribir los siguientes tres:

III. Que, el artículo 33 del Código Civil, Ley N°30 del 19 de abril de ...

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En consulta pública: propuesta de Hacienda sobre sociedades inactivas

Se encuentra en Consulta Pública, una propuesta del Ministerio de Hacienda denominada: "Resolución que regula el Registro y Actualización de Datos de la Personas Jurídicas Inactivas y la declaración Informativa de Personas Jurídicas Inactivas”.

Puede descargar su texto completo aquí.Nos permitimos resumir a continuación:

DE LA PARTE CONSIDERATIVA

El artículo 33 del Código Civil establece que la existencia de las personas jurídicas dentro del ordenamiento jurídico proviene de la ley o del convenio conforme a la ley, y en virtud de la naturaleza jurídica de cada tipo de persona, así son los requisitos que deben cumplirse para su constitución, inscripción y funcionamiento. Sin perjuicio de lo anterior, el artículo 18 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, establece que todas las personas jurídicas, indistintamente de si ejercen o no una actividad económica, están sometidas al cumplimiento de las obligaciones materiales ...

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Sociedades no deben olvidar el Timbre de Educación y Cultura

Todas las sociedades mercantiles, activas e inactivas,  y las sucursales de sociedades extranjeras deben cumplir anualmente, durante los meses de febrero y marzo, con el pago del importe correspondiente al Timbre de Educación y Cultura regulado en el artículo 8 de la Ley de Creación del Timbre de Educación y Cultura, Ley No. 5923.

El no pago o el pago tardío de este tributo es causal de aplicación de las sanciones que al efecto establece el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

En la página web del Ministerio de Hacienda encontramos el siguiente aviso: Sociedades activas

El importe a pagar del timbre de Educación y Cultura se determina automáticamente partiendo de los  datos reportados en la declaración de la renta del año inmediato anterior. Por consiguiente para realizar el pago, los interesados deben ingresar a cualquiera de los bancos que tienen conectividad con el Ministerio de Haciend...

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Sociedades inactivas deben cumplir también con las declaraciones D-195

Adicionalmente a las declaraciones del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales  (ver nota),  es importante que las sociedades inactivas recuerden que tienen hasta el próximo 30 de abril, para cumplir con sus declaraciones de patrimonio en el sistema de Administración Tributaria Virtual (ATV).  Lo anterior a través del formulario D-195 Declaración Informativa de Personas Jurídicas Inactivas. 

Se define a este tipo de sociedades como:   aquellas personas jurídicas legalmente constituidas e inscritas en el Registro Nacional u otras dependencias estatales competentes, que no ejercen actividad económica y que ante la Administración Tributaria (Registro Único Tributario “RUT”) se encuentran registradas bajo el código de actividad «960113 -Persona jurídica legalmente constituida-»

La omisión de cumplir con estas Declaraciones del D-195 provoca que al iniciar el año,  no pueda producirse  el cobro del ...

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Registro de Transparencia a partir del próximo 1 de abril

Inicia a partir del próximo 1 de abril, el plazo de un mes para que las sociedades activas o inactivas, mercantiles o civiles, con bienes o sin ellos, así como las sociedades extranjeras con cédula jurídica nacional, los fideicomisos, las Asociaciones Civiles y las Asociaciones Solidaristas cumplan con sus Declaraciones Ordinarias del período 2025 en el Registro de Transparencia y de Beneficiarios Finales (RTBF).

Recordaremos que el año pasado se pospuso primero para julio y luego hasta octubre, el mes de cumplimiento del RTBF.    Lo anterior por motivo de la publicación  del Reglamento del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, Decreto Ejecutivo 44390-H el 8 de marzo que provocó la necesidad de una nueva Resolución Conjunta de Alcance General que se adaptara a esas nuevas regulaciones.   Además era necesario esperar que la plataforma Central Directo estuviera lista para admitir las declaraciones que por primera vez presentaron las asociac...

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Sociedades disueltas desinscritas del ATV aparecen nuevamente inscritas

Al acceder al sistema de Consulta Tributaria del Ministerio de Hacienda,  muchos se han sorprendido al constatar que sociedades DISUELTAS  ante el Registro de Personas Jurídicas (pero que aún no han sido liquidadas), y que fueron inclusive DESINSCRITAS como obligadas tributarias en el sistema ATV (Administración Tributaria Virtual),  aparecen con el estado tributario:  INSCRITAS DE OFICIO. 

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