Nuevo Reglamento sobre requisitos para trámites ante el Registro Nacional

Con vigencia a partir de hoy, salió publicado el pasado viernes por la tarde,  en el Alcance 75 a  La Gaceta, el Decreto Ejecutivo 42835-JP, Reglamento de la Dirección de Servicios del Registro Nacional con el detalle pormenorizado de  las formalidades que deben cumplir los interesados en las diversas gestiones a cargo de dicha Dirección, […]

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Encargada de la administración y actualización de Tirant Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

6 de 6 Comentarios

  1. Tomás • 15 noviembre, 2021

    ¿En dónde se adquieren esas boletas de seguridad?

    • Silvia Pacheco • 19 noviembre, 2021

      Las boletas de seguridad deben ser retiradas por el propio Notario en el Departamento de Reconstrucción de Propiedades. Para más información puede llamar al número directo de ese Departamento: 2202-0936

  2. Jeannette Badilla Madrigal • 01 mayo, 2021

    Cual es el tramite para inactivar una Sociedad Anonima en el registro.

    • Silvia Pacheco • 02 mayo, 2021

      Los socios deben primero celebrar Asamblea acordando la disolución de la sociedad. Un Notario Público le ayuda a protocolizar dicha acta para presentarla al Registro de Personas Jurídicas. Es importante recordar además que una vez disuelta la sociedad debe gestionar su desinscripción de Hacienda.

  3. Marco Coll • 30 abril, 2021

    Saludos colegas, el artículo 38,literal b) del Reglamento, impide capturas fotográficas de imágenes de documentos, planos catastrados, así como información que se expide por medio de certificación o informe registral. Es decir nos obligan o a escribir todo o comprar los estudios. ¿Que opinan?

  4. PLENITUD NOTARIAL • 20 abril, 2021

    Llama la atención que frente a la proliferación del fraude inmobiliario no se adoptan medidas reales tangibles para detactar en ventanilla la falsedad del papel de seguridad y la autenticidad en la autoría documental personalísima por parte del notario. Durante mucho tiempo se entregaron boletas de seguridad a cualquier “autorizado” y no en forma personal al notario, a quién se le ocurrió semejante cosa? De qué sirve el papel de seguridad si no se verifica su autenticidad, legitimidad y autoría?